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Documento BOE-B-2006-284122

Anuncio de la Entidad Pública Empresarial, de 15 de noviembre de 2006, sobre notificación de incoación de expediente sancionador iniciado contra don Manuel Molina Delgado, titular del establecimiento receptor n.º 32.660, de Rincón de Bonanza-Orihuela (Alicante).

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 28 de noviembre de 2006, páginas 13206 a 13207 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2006-284122

TEXTO

No habiendo sido posible practicar en el domicilio de su destinatario la notificación del Acuerdo de iniciación de expediente sancionador del Director General de Loterías de fecha 28 de septiembre de 2006, por el que se acuerda la incoación del correspondiente procedimiento administrativo sancionador que a continuación se especifica, se procede a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. número 285, de 27 de noviembre de 1992), en la redacción dada por la ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. número 12, de 14 de enero), que modifica la anterior.

Titular del establecimiento receptor: D. Manuel Molina Delgado.

Último domicilio conocido a efectos de notificación: Calle Lepanto, 3, bajo 03300 Orihuela (Alicante). Expediente número: S. J.: 542/06/03-024 C.03. Normativa aplicación:

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el ejercicio de la Potestad Sancionadora de la Administración General del Estado. Régimen sancionador de los titulares de los puntos de venta de la Red Comercial de Loterías y Apuestas del Estado, establecido en el artículo 88 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

Tipificación de la infracción: Artículo 88, apartado cinco, número 4, letra b), y apartado cinco, número cuatro, letra e), de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, por el que se aprueba el régimen sancionador de los titulares de los puntos de venta de la Red Comercial de Loterías y Apuestas del Estado.

Acuerdo: 1.º Incoar el correspondiente procedimiento administrativo sancionador contra don Manuel Molina Delgado, titular del establecimiento receptor de tipo mixto n.º 32.660 de Rincón de Bonanza-Orihuela (Alicante).

2.º Adoptar la medida provisional de cierre cautelar de desconexión del terminal on-line instalado, su precintado y retirada del establecimiento receptor n.º 32.660, en tanto se mantengan las circunstancias que aconsejan la adopción de la misma. 3.º Nombrar Instructor y Secretario del presente expediente a los funcionarios don Carlos Sáez Calzado y don Andrés Ors Bañón, Jefe de Sección y Jefe de Negociado del Servicio Jurídico de Loterías y Apuestas del Estado, respectivamente, dándoles traslado de todas las actuaciones practicadas. 4.º Instar de la compañía aseguradora el reintegro íntegro al Tesoro Público del descubierto detectado en el establecimiento receptor cuya titularidad ostenta don Manuel Molina Delgado, de acuerdo con la póliza de afianzamiento colectivo suscrita al efecto. 5.º Notificar igualmente al interesado el presente acuerdo, para que dentro del plazo de quince (15) días hábiles realice alegaciones y en su caso proponga las pruebas de que pretenda valerse, con expresa referencia a su derecho a ser oído en el procedimiento y a la puesta de manifiesto del expediente. 6.º Informar al interesado de que puede reconocer voluntariamente su responsabilidad, y de que si decidiera no formular alegaciones a esta resolución en el plazo conferido de quince (15) días hábiles, dado que este acuerdo de iniciación contiene un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, podría ser considerado propuesta de resolución. 7.º De acuerdo con lo previsto en la Orden Ministerial de 14 de abril de 1999 (B.O.E. del día 23), el plazo máximo para resolver y notificar la resolución que en su caso recaíga en el presente procedimiento será de seis meses, a contar desde el día de la fecha. Asimismo, podrá solicitar cuanta información interese sobre el estado de tramitación de este expediente en la dirección que figura al pie de esta comunicación.

Igualmente, se informa que la Resolución del Director General con su texto íntegro se encuentra a su disposición en el Servicio Jurídico de Loterías y Apuestas del Estado, calle Capitán Haya, 53, Madrid 28020.

Madrid, 16 de noviembre de 2006.-El Jefe de Sección del Servicio Jurídico, Carlos Sáez Calzado.

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