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Documento BOE-B-2006-288037

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», la ampliación de la subestación a 220 kV de Picón, en el término municipal de Alcolea de Calatrava, en la provincia de Ciudad Real, y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 2 de diciembre de 2006, páginas 13434 a 13435 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2006-288037

TEXTO

Visto el expediente incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real, a instancia de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» con domicilio en La Moraleja, Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los Gaitanes, número 177, solicitando la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la ampliación de la instalación eléctrica arriba citada. Resultando que la petición de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», ha sido sometida a información pública a los efectos previstos en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, no presentándose oposición ni alegación alguna durante el plazo reglamentario. Resultando que la información pública de la ampliación de la subestación fue expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Alcolea de Calatrava durante el plazo reglamentario, no habiéndose presentado alegaciones según consta en la certificación emitida por el mismo. Resultando que de conformidad con lo establecido en los artículos 127, 131 y 146 se envió un ejemplar del proyecto al Ayuntamiento de Alcolea de Calatrava solicitando informe y establecimiento de condicionados técnicos si proceden, e informe favorable o desfavorable sobre la adaptación de la instalación proyectada al planeamiento urbanístico que resulte de aplicación, de acuerdo con lo previsto en la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas. Resultando que por el Ayuntamiento de Alcolea de Calatrava se emite certificación con fecha 21 de abril de 2006 ratificando el convenio de colaboración entre el Ayuntamiento y «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima». Resultando que enviado un ejemplar del proyecto por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real solicitando informe favorable o desfavorable de acuerdo con la Ley 13/2003, de 23 de mayo, sobre la adaptación de la instalación al planteamiento urbanístico, a la Delegación Provincial de la Consejería de Vivienda y Urbanismo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; no se produce pronunciamiento, por lo que de conformidad con la citada Ley 13/2003 ha de entenderse emitido en sentido favorable. Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real. Visto el Informe de la Comisión Nacional de Energía aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 8 de noviembre de 2006. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la Ley 13/2003, de 23 de mayo. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha Resuelto:

1. Autorizar a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» la ampliación de la subestación a 220 kV de «Picón», en el término municipal de Alcolea de Calatrava, en la provincia de ciudad Real, que consiste básicamente en: Construcción de una posición de línea denominada Magallón, en la calle 5, con toda su aparamenta asociada, instalando los equipos de control y protección en la caseta de relés CR-3 (actualmente construida pero sin aparamenta).

Sustitución de la protección diferencial de barras. Sustitución de los rack convertidores por multiconvertidores digitales de medida. Aparellaje: Se instalará un transformador de intensidad, un interruptor en SF6, dos seccionadores pantógrafos, un seccionador rotativos de tres columnas con cuchillas de puesta a tierra, un transformador de tensión capacitivo, dos bobinas de bloqueo y cuatro aisladores de apoyo. Obra civil: Construcción de cimentaciones, canales de cables, realización de zanjas para la localización de la red de tierras inferior existente, armarios de centralización, drenajes, e instalaciones de alumbrado y fuerza. Instalación de sistemas de protección, medida, telecontrol y comunicaciones.

La posición de línea que se autoriza queda excluida de los efectos retributivos del Real Decreto 2819/1998, de 23 de diciembre, excepto de los costes de operación y mantenimiento, que serán asumidos por el sistema.

La finalidad de la ampliación de la subestación es la de posibilitar la incorporación a la Red de Transporte de la energía de origen eólico generada en la zona por los parques de Unión Fenosa Generación a través de la subestación de Magallón I. 2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos previstos en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Señor Secretario General de Energía, Desarrollo Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 21 de noviembre de 2006.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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