Al amparo de lo establecido en el artículo 90 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, las empresas «Líneas Extremeñas de Autobuses, Sociedad Anónima (Leda)», y «Los Amarillos, Sociedad Limitada», han solicitado autorización para que un mismo vehículo pueda servir conjuntamente determinados tráficos de las concesiones VAC-144 (Sevilla-Mérida con hijuelas) y VJA-089 (Chipiona-Sevilla-Ronda-Málaga con hijuelas) de su respectiva titularidad.
Los interesados en este expediente podrán personarse en el procedimiento, y previo examen de la documentación pertinente, en la Subdirección General de Gestión y Análisis de los Transportes por Carretera de esta Dirección General (Ministerio de Fomento, paseo de la Castellana, 67, planta cuarta, despacho A-453, en horas de 9 a 14), en la Dirección General de Transportes de la Junta de Andalucía y en la Dirección General de Transportes y Comunicaciones de la Junta de Extremadura, efectuar las observaciones que estimen oportunas en el plazo de veinte días contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 4 de septiembre de 2006.-El Subdirector general, Miguel Ángel de Frías Aragón.
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