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Documento BOE-B-2006-310129

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» la ampliación de la subestación a 400 kV de Escatrón, en el término municipal de Escatrón, en la provincia de Zaragoza, y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 28 de diciembre de 2006, páginas 14479 a 14480 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2006-310129

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza, a instancia de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes número 177, solicitando la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la ampliación de la instalación arriba citada. Resultando que sometida la petición de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» a información pública a los efectos previstos en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, no se presenta oposición ni alegación alguna al proyecto durante el plazo reglamentario. Resultando que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 127 y 131 del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se remite un ejemplar del proyecto a la Confederación Hidrográfica del Ebro solicitando informe y establecimiento de condicionados técnicos si proceden, no presentando oposición en su escrito de contestación y estableciendo unos condicionados que son aceptados por «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima». Resultando que enviado un ejemplar del proyecto a la Diputación General de Aragón, además de a los efectos del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, a los establecidos en la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, se emite informe de conformidad a la ejecución del Proyecto, así como de la adaptación de la ampliación de la subestación al planeamiento urbanístico aplicable en dicho municipio. Resultando que igualmente se envía un ejemplar del proyecto al Ayuntamiento de Escatrón solicitando informe y condicionados de acuerdo con los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en el informe favorable o desfavorable previsto en la Ley 13/2003, de 23 de mayo, presentando alegaciones al Ayuntamiento que son trasladadas a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima». Resultando que por «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» son contestadas las alegaciones del Ayuntamiento y enviadas al mismo, sin recibirse nuevas alegaciones o reparos; ha de entenderse su conformidad. Resultando que la ampliación de la subestación se efectuará en terrenos propiedad de Endesa Distribución con la que «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» ha alcanzado un acuerdo. Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno Zaragoza. Visto el informe de la Comisión Nacional de Energía, aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 17 de noviembre de 2006. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la Ley 13/2003, de 23 de mayo. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1. Autorizar a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» la ampliación de la subestación a 400 kV de «Escatrón», en el término municipal del mismo nombre, en la provincia de Zaragoza, que consiste básicamente en: Construcción y equipamiento de una posición de acoplamiento de barras con sus correspondientes sistemas de protecciones, control de telecomunicaciones y servicios auxiliares los cuales se instalarán en la caseta de relés CR-2.

Aparamenta: Se instalarán tres transformadores de intensidad monofásicos, un interruptor trifásico y dos seccionadores pantógrafos, tres transformadores capacitivos en barras 1 y uno en barras 2.

La finalidad de la ampliación de la subestación mediante la construcción de la posición de acoplamiento de barras se debe a la necesidad de adecuar la subestación a la configuración requerida por los procedimientos de operación vigentes, los cuales indican que las subestaciones de 400 kV deben tener una configuración de interruptor y medio o doble barra con acoplamiento.

2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos previstos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y en la Ley 13/2003 de 23 de mayo.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Señor Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 14 de diciembre de 2006.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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