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Documento BOE-B-2006-32101

Anuncio de la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior sobre notificación del inicio de procedimiento de revocación de la declaración de utilidad pública de la Asociación Madrileña de Ayuda al Toxicómano (AMAT), la cual no ha podido ser notificada en su último domicilio conocido.

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 7 de febrero de 2006, páginas 1195 a 1195 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-B-2006-32101

TEXTO

El artículo 34 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación (BOE de 26 de marzo de 2002), establece que las asociaciones de utilidad pública deben rendir cuentas anuales del ejercicio anterior en el plazo de los seis meses siguientes a la finalización del citado ejercicio y presentar una memoria descriptiva de las actividades realizadas durante el mismo ante el organismo encargado de verificar su constitución y de efectuar su inscripción en el Registro correspondiente. Las cuentas anuales deben de expresar la imagen fiel del patrimonio, de los resultados y de la situación financiera de la entidad, y deben formularse conforme a lo que determinan las Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad a las Entidades sin fines lucrativos, aprobadas mediante Real Decreto 776/1998, de 30 de abril (BOE de 14 de mayo de 1998, corrección de errores en BOE de 23 de julio de 1998). El artículo 35 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, dispone que la declaración de utilidad pública será revocada, previa audiencia de la asociación afectada e informe de las Administraciones Públicas competentes, por orden del Ministro que se determine reglamentariamente (actualmente el Ministro del Interior), cuando los responsables de la gestión de la asociación incumplan la obligación de rendición de cuentas antes mencionada.

Dado que la Asociación Madrileña de Ayuda al Toxicómano (AMAT) no ha rendido cuentas del ejercicio 2004, se acuerda iniciar el procedimiento de revocación de la declaración de utilidad pública de dicha entidad, concediéndole un plazo de 15 días para que pueda aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime pertinentes o proponer la práctica de las pruebas que considere necesarias.

Madrid, 18 de enero de 2006.-La Secretaria General Técnica, María Victoria San José Villacé

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