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Documento BOE-B-2006-39106

Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife por la que se acordó otorgar concesión administrativa a la entidad «Cemex España, S. A.», para la explotación de dos silos de cemento de 3.000 Tm, así como de las tuberías de transporte desde muelle en el dique del este del puerto de Santa Cruz de Tenerife.

Publicado en:
«BOE» núm. 39, de 15 de febrero de 2006, páginas 1503 a 1503 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2006-39106

TEXTO

En la sesión celebrada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, en fecha 12 de diciembre de 2005, se acordó otorgar concesión administrativa a la entidad «Cemex España, S. A.», para la explotación de dos silos de cemento de 3.000 Tm, así como de las tuberías de transporte desde muelle en el dique del este del puerto de Santa Cruz de Tenerife para la carga, descarga y almacenamiento de cemento, sobre una superficie total de 1.649,09 m2, bajo, entre otras, las siguientes condiciones y con estricta sujeción al resto de condiciones que se establecen en el pliego:

Plazo de otorgamiento: Hasta el 26 de noviembre de 2022.

Tasa por Ocupación Privativa del dominio público portuario, que para el presente año 2005 asciende a la cantidad de setenta y ocho mil seiscientos treinta y nueve euros con cincuenta y siete céntimos (78.639,57 euros). Tasa por Servicios Generales en la parte correspondiente a la Tasa por Ocupación privativa del dominio público portuario, que para el presente año 2005 asciende a la cantidad de quince mil setecientos veintisiete euros con noventa y un céntimos (15.727,91 euros) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 y en la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General. Tasa por Aprovechamiento Especial del dominio público portuario en el desarrollo de actividades comerciales, industriales y de servicios, que se determinará por unidad de producto transportado, medido en toneladas, aplicándole un importe de 0,10 euros por tonelada realmente transportada y posteriormente almacenada en los silos , y que para el presente año 2005 asciende a la cantidad de dieciséis mil euros (16.000,00 euros), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 48/2003, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés general. Tasa por Servicios Generales en la parte correspondiente a Tasa por Aprovechamiento Especial del dominio público portuario en el desarrollo de actividades comerciales, industriales y de servicios que se determinará aplicando un porcentaje del 20% sobre la cuota líquida a ingresar de la misma, y que para el presente año 2005 asciende a la cantidad de tres mil doscientos euros (3.200,00 euros), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 y Disposición Transitoria Sexta de la Ley 48/2003 de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General.

Lo que se publica para general conocimiento.

Santa Cruz de Tenerife, 13 de enero de 2006.-El Presidente, Luis Suárez Trenor.

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