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Documento BOE-B-2006-45074

Resolución del Comisionado para el Mercado de Tabacos de fecha 14 de noviembre de 2005, por la que se cancela la licencia de importación de labores de tabaco a la Compañía International Cigars Trading LTD.

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 22 de febrero de 2006, páginas 1839 a 1839 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2006-45074

TEXTO

No habiéndose podido notificar a la Compañía International Cigars Trading LTD con domicilio en 4th Floor Development House St.Anne Street Floriana VLT 01 Malta y representación en c) Cabestany, 29, 1.º-2.ª 08014 Barcelona, la Resolución de referencia, se procede a transcribir íntegramente el texto del acto:

«Resolución del Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos por la que se cancela la licencia de importación de labores de tabaco otorgada a la Compañía International Cigars Trading LTD».

Por Resolución del Presidente del Comisionado de fecha 26 de julio de 1999, se concedió a la Compañía International Cigars Trading LTD, con domicilio en 4th Floor Development House St. Anne Street Floriana VLT 01 MALTA, licencia administrativa N.º PA 990090 para la importación de labores de tabaco en el territorio peninsular, Islas Baleares, Ceuta y Melilla, por un plazo de tres años desde la notificación de la Resolución. Con escrito de 2 de abril de 2003, a solicitud de la referida compañía, se prorroga dicha licencia otorgada a Compañía International Cigars Trading LTD por un periodo de tres años (hasta el 4 de agosto de 2005).

Dado el transcurso del tiempo establecido sin que la citada entidad haya procedido a solicitar nueva prorroga de la referida licencia, conforme al articulo 6. Dos del Real Decreto 1199/1999, este Comisionado para el Mercado de Tabacos,. Acuerda: La cancelación de la licencia de importación N.º PA 990090 otorgada a la empresa Compañía International Cigars Trading LTD, por Resolución del Presidente del Comisionado de fecha 26 de julio de 1999, para la importación de labores de tabaco.

Contra esta Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Ministro de Economía y Hacienda, a tenor de lo dispuesto en el artículo 82. Uno. 3.d) de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre y conforme al artículo 19.10 del Real Decreto 1552/2004, de 25 de junio (B.O.E de 26 de junio de 2004) por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda y de los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E del día 14 de enero). Madrid, 14 de noviembre de 2005. El presidente del Comisionado, Felipe Sivit Gañán.

Madrid, 10 de febrero de 2006.-Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Felipe Sivit Gañán.

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