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Documento BOE-B-2006-55069

Resolución de la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Defensa, de 23 de enero de 2006, por la que se acuerda el inicio de expediente sancionador por obras no autorizadas en la zona de seguridad del Destacamento de Las Huesas en el término municipal de Telde (Gran Canaria).

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 6 de marzo de 2006, páginas 2284 a 2284 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-B-2006-55069

TEXTO

Por el Excmo. Sr. Director General de Infraestructura del Ministerio de Defensa se ha acordado iniciar expediente sancionador a los propietarios proindivisos del trozo de terreno segregado con fecha 15 de julio de 2005 por el lindero norte de la finca registral n.º 21.548 del Registro de la Propiedad n.º 1 de Telde (Gran Canaria), localizada en el paraje de Montaña de Las Huesas (Referencia catastral 35-26-35026AO-0800060), en la que se han realizado obras sin autorización, consistentes en el acotamiento de varias parcelas de suelo rústico mediante el levantamiento de muros de hormigón-bloques y vallado, evidenciando obras de urbanización y delimitación de parcelas. Los hechos mencionados pueden ser constitutivos de infracción del artículo 12.1 del Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero de 1978, por el que se aprueba el Reglamento de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional que desarrolla la Ley 8/1975, de 12 de marzo de 1975, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, puesto que las obras citadas se realizan dentro de la zona de seguridad de la instalación militar denominada Destacamento de Las Huesas, señalada por Orden n.º 18/1983, de 28 de febrero, BOE n.º 63, de 15 de marzo de 1983. Entre los propietarios contra quienes se inicia el expediente se encuentran los siguientes:

Don José Juan Alvarado Rodríguez, don Francisco Pérez Moseguez, don Francisco Pérez García, doña María Auxiliadora Pérez García y don Luis Ferrera Navarro.

Se les hace saber a los indicados propietarios que de conformidad con lo previsto en el artículo 16.1 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, dispondrán de un plazo de quince días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretendan valerse, ante el Instructor del Expediente. Durante el indicado plazo podrán tomar audiencia en el procedimiento que podrán ser consultado al efecto ante el Instructor del Expediente en el Cuartel General del Mando Aéreo de Canarias del Ejército del Aire, calle Alejandro Hidalgo n.º 24, de Las Palmas de Gran Canaria. Igualmente se les hace saber, de conformidad con lo previsto en el artículo 13.2 del precitado Real Decreto 1398/1993, que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el indicado plazo de quince días, la iniciación podrán ser considerada propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento.

Las Palmas de Gran Canaria, 21 de febrero de 2006.-El Comandante Instructor del expediente, Pedro M. Díaz González.

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