Al no haber sido posible practicar la notificación por carecer de domicilio conocido, y dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica: «Acuerdo de ejecución del fallo de la sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, de 8 de septiembre de 2005, y en consecuencia, admitir a trámite la solicitud de asilo formulada por K.C.B.H., N.I.E. X-3322274-Q, número expediente 001809210002 y se le cita en la Oficina de Asilo y Refugio, calle Pradillo, 40, de Madrid, el día 12 de abril del año en curso, para entrevista con el Instructor del expediente, por resultar un trámite indispensable para la Instrucción y Resolución en su solicitud de asilo.
Se le comunica que transcurridos tres meses desde la fecha de la entrevista, sin que se haya puesto en contacto con la autoridad competente de asilo, se producirá la caducidad de su expediente (art. 92 Ley 30/1992, L.R.J.-P.A.C.).
Madrid, 23 de febrero de 2006.-Subdirector General de Asilo, Julián Prieto Hergueta.
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