Está Vd. en

Documento BOE-B-2006-69131

Anuncio de la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Infraestructuras de Alta Tensión, S. A. (INALTA) la ampliación del parque de 220 kV de la subestación a 220/45/20 de «Talavera», en el término municipal de Pepino, en la provincia de Toledo.

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 22 de marzo de 2006, páginas 2891 a 2891 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2006-69131

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Toledo, a instancia de Infraestructuras de Alta Tensión, S. A. (INALTA), con domicilio en Madrid, avenida de Burgos, n.º 8, solicitando la autorización administrativa de la ampliación de la instalación arriba citada. Resultando que la subestación fue autorizada inicialmente a 45/15 kV por Resolución de la Dirección General de Industria del Ministerio de Industria de fecha 20 de septiembre de 1958, autorizándose su ampliación a 220 kV por Resolución de la Dirección General de la Energía del Ministerio de Industria y Energía de fecha 30 de junio de 1983. Resultando que la petición de INALTA ha sido sometida a información pública a los efectos establecidos en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, no presentándose alegación ni oposición alguna durante el plazo reglamentario. Resultando que la ampliación de la subestación se efectuará dentro de los terrenos propiedad de la empresa peticionaria. Resultando que se ha solicitado al Ayuntamiento de Pepino, en cuyo término municipal radica la subestación, la correspondiente licencia municipal de obras y actividades, con lo cual se entiende cumplido lo dispuesto en el artículo 127 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Toledo. Visto el informe de la Comisión Nacional de Energía aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 15 de diciembre de 2005. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto: Autorizar a Infraestructuras de Alta Tensión, S. A. (INALTA) la ampliación del parque de 220 kV de la subestación a 220/45/20 kV de «Talavera», en el término municipal de Pepino, en la provincia de Toledo, que consiste básicamente en:

Una posición de partición de Barras.

Dos nuevas posiciones de línea para la entrada y salida de la línea a 220 kV «Almaraz-Villaverde» propiedad de Red Eléctrica de España, S. A.

Después de la reforma-ampliación el parque de 220 kV, en configuración de barra partida, tipo intemperie, quedará con la siguiente disposición:

Cuatro posiciones de línea denominadas: Línea Majadahonda, Línea Azután y entrada y salida de la Línea Almaraz-Villaverde.

Una posición de partición de Barras. Dos posiciones de transformadores de potencia T-3 y T-4. La finalidad de la ampliación de la subestación de Talavera viene como consecuencia del constante incremento de la demanda de energía, lo que implica la puesta en servicio de nuevas instalaciones y mejora de las existentes.

La presente autorización se concede sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra, y de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación del proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en el plazo máximo de seis meses. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto se procederá por el peticionario de la autorización a cumplir lo que para concesión de prórroga se ordena en el Capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Toledo, 6 de marzo de 2006.-El Director General del Área de Industria y Energía. Subdelegación del Gobierno. Toledo, Jorge Sanz Oliva.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid