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Documento BOE-B-2006-71056

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Infraestructuras de Alta Tensión, Sociedad Anónima (INALTA) la modificación de las líneas eléctricas aéreas a 220 kV, simple circuito, «Morata de Tajuña-Vicálvaro» y «Villaverde-San Sebastián de los Reyes» entre los apoyos 34 y 44, en la provincia de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 24 de marzo de 2006, páginas 2968 a 2968 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2006-71056

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, a instancia de Infraestructuras de Alta Tensión, Sociedad Anónima (INALTA), con domicilio en Madrid, camino de la Zarzuela, número 1, solicitando la autorización administrativa de la modificación de las instalaciones que se citan. Resultando que la petición de INALTA ha sido sometida a información pública, a los efectos previstos en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, no presentándose alegación ni oposición alguna durante el plazo reglamentario. Resultando que el anuncio de la información pública de la autorización solicitada ha sido expuesto en los tablones de edictos de los Ayuntamientos de Rivas Vaciamadrid y Madrid, recibiéndose certificaciones acreditativas de su exposición, en las que no consta que se haya presentado alegación alguna. Resultando que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 127 y 131 del citado Real Decreto 1955/2000, se enviaron separatas del proyecto con la afección de la instalación proyectada sobre bienes o derechos a su cargo, a fin de emisión de informe y establecimiento de condicionados técnicos, si proceden, a la Demarcación de Carreteras del Estado del Ministerio de Fomento, a la Confederación Hidrográfica del Tajo, a la Compañía Logística de Hidrocarburos, a Telefónica, a la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, a Unión Fenosa Distribución, a ENAGAS, al Ayuntamiento de Madrid, al Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid y a Red Eléctrica de España. Resultando que por el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid se emite informe favorable con fecha 29 de junio de 2005, y por el Ayuntamiento de Madrid se emite informe en el que no se opone al proyecto, pero hace unas observaciones que son trasladadas a INALTA, quien toma razón de las mismas con fecha 25 de febrero de 2005, dándose traslado al Ayuntamiento de Madrid, de la contestación de INALTA con fecha 10 de marzo de 2005. Resultando que por Red Eléctrica de España se solicita información complementaria que es proporcionada por INALTA y remitida con fecha 10 de marzo de 2005. Resultando que por la Demarcación de Carreteras del Estado del Ministerio de Fomento y por la Confederación Hidrográfica del Tajo se emiten informes favorables estableciendo condicionados que son trasladados a INALTA, quien toma razón de los mismos, trasladándose a ambos organismos la contestación de la empresa peticionaria. Resultando que por Telefónica se informa favorablemente el proyecto, por la Compañía Logística de Hidrocarburos igualmente se informa favorablemente con condicionados, dándose traslado a INALTA, quien toma razón de los mismos, por la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid se informa favorablemente el proyecto, por Unión Fenosa Distribución se informa favorablemente y por ENAGAS se emite informe con condicionados que son aceptados por INALTA. Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Esta dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Autorizar a Infraestructuras de Alta Tensión, Sociedad Anónima (INALTA), la modificación de las líneas eléctricas aéreas a 220 kV, simple circuito, «Morata de Tajuña-Vicálvaro» y «Villaverde-San Sebastián de los Reyes», entre los apoyos números 34 y 44, en la provincia de Madrid, cuyas características principales son: Origen de la modificación: Apoyo existente número 34.

Final de la modificación: Apoyo existente número 44. Descripción de la modificación: Entre el apoyos números 34 y 44 se montan ocho nuevos apoyos. El apoyo número 38 no se desmonta, permaneciendo en la situación actual. No hay cambio en la configuración de los circuitos, desde el apoyo 34 al 42 discurren compartiendo apoyos los dos circuitos «Morata-Vicálvaro» y «Villaverde-San Sebastián de los Reyes», y desde el apoyo 42 al 44 continúa sólo el de «Villaverde-San Sebastián de los Reyes». Apoyos: Metálicos, constituidos por perfiles de acero galvanizado en caliente, organizados en estructura de celosía. Cimentaciones: De hormigón en masa, independientes para cada pata del apoyo. Conductores: De aluminio-acero, tipo GULL, de 381 milímetros cuadrados de sección total. Cables de tierra: Dos, con fibra óptica en el núcleo, tipo OPGW-15. Conductores por fase: Dos. Aislamiento: Cadenas de aisladores de vidrio, tipo U120BS. Puestas a tierra: En todos los apoyos mediante un sistema mixto de picas y anillos, de forma que la resistencia de difusión no supere los valores que se establecen en el Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión. Longitud de la modificación: 3.385,82 metros. Desde el apoyo 35 al 43 se desmontarán los conductores y apoyos, excepto el apoyo número 38. El desmontaje afecta a los cruzamientos con las carreteras M-45, M-823, M-203 y R-3.

La finalidad de la modificación de estas líneas eléctricas viene como consecuencia de la construcción de la autovía M-50.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el señor Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 1 de marzo de 2006.-El Director General. Jorge Sanz Oliva.

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