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Documento BOE-B-2006-71075

CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 24 de marzo de 2006, páginas 2999 a 2999 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2006-71075

TEXTO

Anuncio del proceso electoral de renovación de Consejeros Generales del sector de Impositores y del sector de Empleados

El Consejo de Administración, en sesión celebrada el día 21 de marzo de 2006, acordó iniciar el proceso electoral para la renovación de los Consejeros Generales por el sector de Impositores y por el sector de Empleados, cuyo mandato, conforme a los Estatutos Sociales, finaliza en el presente año 2006 y que cesarán al constituirse la Asamblea General en la que tomen posesión los Consejeros Generales que resulten nombrados en el presente proceso por los citados sectores. Sin perjuicio de lo dispuesto en los Estatutos y Reglamento Electoral de la Entidad, se destacan las siguientes indicaciones para el desarrollo del presente proceso electoral:

I. Consejeros Generales por el sector de Impositores. Primero.-La elección de los 112 Consejeros Generales del sector de Impositores, quienes habrán de reunir en el momento de su elección los mismos requisitos que se enumeran a continuación, se efectuará a través de compromisarios, que serán designados mediante sorteo público ante Notario, entre los impositores de la Entidad que reúnan las condiciones de elegibilidad exigidas en el art. 22 de los Estatutos sociales, y no se hallen incursos en causa alguna de incompatibilidad legal ni de las establecidas en el artículo 23 de los Estatutos de la Entidad. Los requisitos para acceder al cargo son: Ser persona física con residencia habitual en la región o zona de actividad de la Caja.

Ser mayor de edad y no estar incapacitado. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que hubiera contraído con la Caja por sí mismo o en representación de otras personas o entidades. Tener la condición de impositor con al menos dos años de antigüedad el día 31 de diciembre de 2005. Haber mantenido en el segundo semestre del año 2005 un saldo medio no inferior a 195 euros o un movimiento de, al menos, diez anotaciones en cualquiera de las cuentas de las que sea titular.

Segundo.-Los impositores podrán comprobar si están incluidos en la lista inicial de impositores sorteables; en dicha lista constará únicamente el número del D.N.I., o su equivalente para los no españoles, y el número de cuenta. La comprobación podrá efectuarse en la Sucursal donde esté abierta la cuenta, en la que se podrá consultar la lista correspondiente a sus propios impositores, o en la sede central de la Entidad-Oficina Electoral, sita en Madrid, plaza de Celenque, 2, donde se dispondrá de la lista completa de todos los impositores de la Caja que, según los datos obrantes en ésta, cumplan los requisitos exigidos.

Tercero.-Las reclamaciones a la lista inicial se presentarán por escrito ante la Comisión Electoral en la propia sucursal o en el Registro General de la Entidad, plaza de Celenque, núm. 2, de Madrid, en horario de oficina y en el plazo de diez días contados a partir de la fecha inicial de exposición de esta lista y serán resueltas por la Comisión Electoral, quedando desestimadas las presentadas fuera de plazo. Cuarto.-En la lista de impositores sorteables, éstos no podrán figurar relacionados más de una vez, con independencia del número de cuentas de que pudieran ser titulares. En los supuestos de cuentas de titularidad múltiple o dividida de los depósitos, se considerará como único impositor, a los efectos de su designación como compromisario, al titular que figure en primer lugar, a menos que todos los titulares designen entre sí a otro de ellos, dentro del plazo y en la forma establecidos en el párrafo anterior. Quinto.-Efectuadas las rectificaciones que procedan, la Comisión Electoral aprobará la lista definitiva de impositores sorteables para designar compromisarios, que podrá consultarse hasta el día del sorteo en la sede central de la Caja y en cada una de las sucursales, en este caso respecto a sus impositores. Esta exhibición tiene el carácter de notificación a los interesados a todos los efectos. En la lista definitiva se asignará a cada impositor un número de orden que se utilizará para la celebración del sorteo. Sexto.-El día 18 de abril de 2006, a las 10 horas, en el salón de actos de la Casa del Monte, sito en Madrid, plaza de San Martín núm. 1 con entrada por calle Hileras s/n., ante Notario y en acto público, la Comisión Electoral celebrará el sorteo para la designación de 1.120 compromisarios titulares y de 11.200 compromisarios suplentes. Las restantes fases del proceso de elección de Consejeros Generales del sector de Impositores se desarrollarán de acuerdo con lo establecido en los Estatutos y Reglamento Electoral de la Entidad.

II. Consejeros Generales por el sector de Empleados.

Primero.-La elección de los 36 Consejeros Generales del sector de Empleados se efectuará mediante elección, en votación directa y secreta, mediante sistema proporcional, por los representantes legales de los empleados, conforme a lo establecido en los Estatutos y Reglamento Electoral de la Entidad.

Segundo.-Los Consejeros Generales por el sector de Empleados habrán de reunir igualmente, en el momento de la elección, los siguientes requisitos: -Ser persona física con residencia habitual en la región o zona de actividad de la Caja.

Ser mayor de edad y no estar incapacitado.

Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que hubiera contraído con la Caja por sí mismo o en representación de otras personas o entidades. Tener, como mínimo, en la fecha de la elección, una antigüedad de dos años en la plantilla de la Caja y hallarse en situación de activo. No entrarán dentro del concepto de empleados de la Caja los que lo fueren de cualesquiera empresas o entidades participadas o dependientes de aquélla, incluso las que pudieran gestionar la obra social. Las restantes condiciones y requisitos para la elección de Consejeros Generales por el sector de Empleados se desarrollarán de acuerdo con lo establecido en los Estatutos y Reglamento Electoral de la Entidad.

III. En los presentes procesos electorales no está permitido a las candidaturas, ni a sus promotores o componentes, el uso de los logotipos o anagramas de la Entidad. Igualmente, el día en que tenga lugar la votación para la elección de Consejeros Generales por el sector de Impositores no podrá desarrollarse actividad alguna para difundir propaganda electoral ni realizarse acto alguno de campaña electoral por los candidatos, promotores de candidaturas o simpatizantes, tendente a la captación de votos.

El proceso electoral de renovación de Consejeros Generales por el sector de Impositores y por el sector de Empleados se desarrollará bajo la vigilancia e impulso de la Comisión Electoral, conforme a lo establecido en los Estatutos y Reglamento Electoral de Caja Madrid, normativa que podrá ser consultada en la Oficina Electoral, sita en Madrid, plaza de Celenque, núm. 2, o en la Secretaría General de la Entidad, Paseo de la Castellana núm. 189, planta 21, de Madrid, en horario de oficina.

Madrid, 22 de marzo de 2006.-El Secretario de la Comisión Electoral, Miguel Ángel Araujo Serrano.-14.135.

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