Está Vd. en

Documento BOE-B-2006-72030

Resolución de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental relativa al expediente de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por las obras de ejecución del proyecto clave: 12-GR-3330.M1. Autovía Bailén-Motril. Carretera N-323 de Bailén a Motril. Tramo: Ízbor-Vélez de Benaudalla. Modificación número 1. Término municipal Lanjarón y el Pinar.

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 25 de marzo de 2006, páginas 3020 a 3021 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2006-72030

TEXTO

Con fecha 7 de noviembre de 2005, la Dirección General de Carreteras aprobó el proyecto reseñado y ordenó a esta Demarcación la incoación del expediente de expropiación forzosa de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras correspondientes conforme lo establecido en el artículo 8 de la vigente Ley de Carreteras de 29 de julio de 1988; tal aprobación lleva implícitas las declaraciones de utilidad pública y necesidad de ocupación, a los fines de expropiación, ocupación temporal o imposición o modificación de servidumbres. Mediante Ley de 27 de diciembre de 2001, de acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado, que en su artículo 77 modifica el artículo 8 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las mencionadas obras. A tenor de ello, la tramitación del correspondiente expediente expropiatorio se ha de ajustar a lo previsto en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y concordantes de su Reglamento, de 26 de abril de 1957. En consecuencia, haciendo uso de las facultades que le otorga el art. 98 de la citada Ley de Expropiación Forzosa y atendiendo a lo señalado en las reglas 2 y 3 de su art. 52, así como a lo previsto en el art. 56.2 de su Reglamento, esta Demarcación ha resuelto:

Primero: Incoar el Expediente de Expropiación Forzosa en los términos y a los efectos previstos en el art. 21.1 y 36.2 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Segundo: Publicar la relación de interesados, bienes y derechos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Lanjarón, de El Pinar y en el de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental. Además de en los medios antes citados, del señalamiento se dará cuenta a los interesados mediante citación individual y a través de la inserción del presente Anuncio en el diario «Ideal» de Granada, así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada y en el Boletín Oficial del Estado. La publicación en los Boletines Ofíciales, a tenor de lo previsto en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquellos de los que se ignore su paradero. Tercero: Convocar a los propietarios que figuran en dicha relación para que asistan al levantamiento de las Actas Previas a la ocupación que tendrá lugar en las dependencias del mencionado Ayuntamiento durante los días y horas que se especifican en aquella y al final de esta Resolución, sin perjuicio de trasladarse al terreno afectado, si se estima necesario. A dicho acto deberán comparecer los titulares de los bienes y derechos que se expropian por sí o representados por persona provista de Poder debidamente autorizado, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse acompañar -a su costa- de Peritos y de Notario, si así lo estiman oportuno. Conforme establece el art. 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, publicada dicha Resolución y hasta el momento en que se proceda al Levantamiento de las citadas Actas Previas a la ocupación, los interesados, así como todas aquellas personas cuyos derechos o intereses legítimos hayan podido omitirse al elaborar la relación de bienes y titulares afectados, podrán formular por escrito ante esta Demarcación (Avenida de Madrid, n.º 7. Primera Planta. Granada) cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan podido producir al confeccionar la relación de bienes y derechos afectados. Para su mejor información, y durante el periodo señalado, los interesados tendrán a su disposición los Planos parcelarios de expropiaciones y relación de interesados, bienes y derechos afectados en el Ayuntamiento de Lanjarón, El Pinar y en las dependencias de esta Demarcación de Carreteras.

Ayuntamiento de Lanjarón, día 3 de abril de 2006, a partir de las 10:30 horas:

Finca n.º 116. Superf.: 3.885 m2. Titular: Manuel Expósito Rodríguez. Citación: a las diez treinta horas.

Finca n.º 121-A. Superf.: 2.385 m2. Titular: Francisco Expósito Rodríguez. Citación: a las diez treinta horas. Finca n.º 128. Superf.: 2.525 m2. Titular: Desconocido. Citación: a las once horas. Finca n.º 129. Superf.: 17.112 m2. Titular: Antonio López Álvarez. Citación: a las once horas.

Ayuntamiento de El Pinar, día 3 de abril de 2006, a partir de las 12:30 horas:

Finca n,º 118. Superf.: 752 m2. Titular: Francisco Expósito. Citación: a las trece horas.

Finca n.º 119. Superf.: 5.710 m2. Titular: Desconocido. Citación: a las trece horas Finca n.º 121-B. Superf.: 2.795 m2. Titular: Emilia Rodríguez. Citación: a las doce treinta horas. Finca n.º 130. Superf.: 11.803 m2. Titular: Desconocido. Citación: a las trece horas.

Finca n.º 131. Superf.: 6.265 m2. Titular: Antonio López Álvarez. Citación: a las doce treinta horas.

Granada, 2 de marzo de 2006.-Jefe de la Demarcación, Juan Francisco Martín Enciso.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid