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Documento BOE-B-2006-90026

Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Sevilla por la que se autoriza, se aprueba y reconoce la utilidad pública del proyecto de instalaciones «Ramal APA POS. F-07.1-Utrera-Los Palacios y Villafranca, entre los vértices V 0 y V 37+60 m, (Sevilla)». (Expte. 237.147 R.G.C. 11.077).

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 15 de abril de 2006, páginas 3884 a 3885 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2006-90026

TEXTO

Gas Natural Distribución SDG, S.A., mediante escrito de 22 de noviembre de 2004, solicitó autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y reconocimiento de la utilidad pública de las instalaciones correspondientes al proyecto «Ramal APA POS. F-07.1-Utrera-Los Palacios y Villafranca (Sevilla)», en los términos municipales de Alcalá de Guadaira, Utrera y Los Palacios y Villafranca (Sevilla), dando cumplimiento a lo previsto en el R.D. 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural y en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocar-buros. Por Resolución de 28 de enero de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, se delegan competencias en materia de instalaciones de gas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería. El proyecto de instalaciones, junto con la relación de bienes y derechos afectados y los planos parcelarios de expropiaciones, fue sometido a información pública en el B.O.E. de 9 de febrero de 2005; B.O.P. de 21 de febrero de 2005; en los diarios El Correo de Andalucía y Diario de Sevilla de 17 de enero de 2005 y en el tablón de edictos de los Ayuntamientos de Alcalá de Guadaira, Utrera y Los Palacios y Villafranca. Durante el periodo de información pública se han recibido las siguientes alegaciones:

Don Rafael Caro Navarro, estima que al ser su finca urbana debería paralizarse el proyecto hasta que exista el correspondiente instrumento de ordenación urbanística; igualmente solicita que el trazado discurra paralelo a la carretera o que se desplace hacia el oeste unos 50 m.

Doña M.ª Jesús Rivas Florido, señala que las obras obligarán al levantamiento de un cerramiento de malla metálica y de una cancela de acceso a la finca; que el Ayuntamiento de Utrera le ha negado copia del plano parcelario; que en el plano hay un error en las instalaciones denominadas como Eucomsa. Don Sebastián Florido García, reivindica la titularidad de la finca SE-UT-18, que es de olivar y manifiesta que se afecta a una tubería de riego y a una línea eléctrica, lo que deberá tenerse en cuenta en el justiprecio. Don Diego Mengotti Alba, manifiesta: Que el camino SE-UT-1/1 es de propiedad privada; que deberá utilizarse la entrada principal de la finca; que deberá habilitarse el paso para tractores y maquinaria agrícola; que deberán reponerse las tuberías de riego; que existe una limitación de plantar árboles a 5 metros que afectará a sus olivos; que se le deben indemnizar los daños con anterioridad a las obras; que le Ayuntamiento no le ha permitido fotocopiar los planos. Don Miguel Pérez Vázquez, plantea dos trazados alternativos.

Trasladadas dichas alegaciones a Gas Natural Distribución SDG, S.A., ésta ha emitido, en plazo hábil, la preceptiva contestación, dando cumplida respuesta a las cuestiones suscitadas, en el sentido que a continuación se indica:

Respecto a las alegaciones de don Rafael Caro Navarro, que no se impide que se vuelva a edificar en la finca; la primera variante debe desestimarse, al afectar a terceros, la segunda, se acepta en la finca SE-UT-12, ajustándose al lindero oeste; en el resto de las fincas, no es posible la modificación por cuanto que la debe solicitar su propietario.

Respecto a las alegaciones de doña M.ª Jesús Rivas Florido, que el cerramiento y la cancela de acceso, en caso de afectarse, serán restituidos al finalizar las obras; que los planos obran igualmente en la Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa, para su consulta por cualquier interesado; que las instalaciones aludidas (Eucomsa) no se ven afectadas por el proyecto. Respecto a las alegaciones de don Sebastián Florido García, que se rectifica la titularidad, sin perjuicio de que deberá aportar el título de propiedad; que se arbitrarán las medidas necesarias para no interrumpir el riego y las instalaciones afectadas serán devueltas a su estado original a la finalización de las obras; que se abonarán todos los bienes y derechos afectados. Respecto a las alegaciones de don Diego Mengotti Alba, que se modifica la titularidad del camino, sin perjuicio de que deberá aportar el título de propiedad; que solo se podrá ocupar la zona marcada en los planos parcelarios como ocupación temporal; que se instalarán pasos provisionales para que no se interrumpa el paso; que se arbitrarán las medidas para que no se interrumpa el riego y las tuberías que en su caso se vean afectadas se restituirán a su estado inicial; que la prohibición de plantar árboles es a 2 metros; que ofrecerá su valoración en el momento procedimental oportuno; que los planos obran para su consulta por cualquier interesado en esta Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa. Respecto a las alegaciones de don Miguel Pérez Vázquez, que es posible aceptar la modificación del trazado ajustándolo al lindero oeste, sin afectar a terceros. Igualmente, se ha solicitado informe de los Ayuntamientos afectados, de la Delegación Provincial de Medio Ambiente, de la Demarcación de Carreteras de Andalucía Occidental del Ministerio de Fomento, de Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, de la Comunidad de Regantes del Bajo Guadalquivir, de RENFE, de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transporte y de Aguas del Huesnar, únicos organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados por la construcción del gasoducto. Mediante escritos de 8 de agosto de 2005 y 11 de enero de 2006 Gas Natural Distribución SDG, S.A. informa a esta Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa que la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes de Sevilla ha denegado la autorización del paralelismo del gasoducto proyectado con las carreteras A-376 (Sevilla a Utrera) y A-362 (Utrera-Los Palacios y Villafranca), por lo que se hace preciso modificar el trazado original desde el vértice V-37+60 metros hasta el final del trazado, solicitando por tanto que se conceda autorización administrativa y aprobación parcial del proyecto «Ramal APA POS. F-07.1-Utrera-Los Palacios y Villafranca (Sevilla)» entre los vértices V-0 y V-37+60 metros, en los términos municipales de Alcalá de Guadaira y Utrera, así como reconocimiento, en concreto, de su utilidad pública. Con fecha 12 de enero de 2006, la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla ha emitido la preceptiva Declaración de Impacto Ambiental por la que se manifiesta la viabilidad, a los solos efectos ambientales, del proyecto «Ramal APA POS. F-07.1-Utrera-Los Palacios Y Villafranca (Sevilla)». De acuerdo con lo dispuesto en el Título V de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, la declaración de utilidad pública lleva implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954. Vistos la Ley 34/1998, de 7 de octubre, citada; el R.D. 1434/2002, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; el Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos, aprobado por Orden Ministerial de Industria y Energía de 18 de noviembre de 1974, modificado por Ordenes de 26 de octubre de 1983 y de 6 de julio de 1984. Esta Delegación Provincial, a la vista del proyecto de instalaciones «Ramal APA POS. F-07.1-Utrera-Los Palacios y Villafranca (Sevilla)», ha resuelto conceder autorización administrativa, aprobar el proyecto de instalaciones y reconocer la utilidad pública del citado proyecto presentado por Gas Natural Distribución SDG, S.A., entre los vértices V-0 y V-37+60 metros, en los términos municipales de Alcalá de Guadaira y Utrera, debiendo someterse a las condiciones siguientes:

Primera: En todo momento se deberá cumplir cuanto establece la Ley 34/1998, el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de gas natural, el Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos, Reglamento General del Servicio Publico de Gases Combustibles, así como la Declaración de Impacto Ambiental, de fecha 12 de enero de 2006, de la Delegación Provincial de Medio Ambiente.

Segunda: La construcción de las instalaciones que se autorizan por la presente Resolución habrá de realizarse de acuerdo con el proyecto técnico denominado «Ramal APA POS. F-07.1-Utrera-Los Palacios y Villafranca (Sevilla)», firmado por don Julián Diez Gómez, Ingeniero de Caminos, colegiado n.º 7730, visado por el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos el día 18 de octubre de 2004 con el número 127986. De acuerdo con dicho proyecto, los principales detalles de la instalación son los siguientes: Origen: en la salida de la Pos. F-07.1 (propiedad de ENAGAS), en el término municipal de Alcalá de Guadaira. Recorrido: Desde el vértice V-0 en el término de Alcalá de Guadaira hastael vértice V-37+60 m de Utrera, y longitud: 8.410 m. Presión de diseño: 16 bar. Caudal máximo: 3.500 m3 (n)/h. Tubería: de acero al carbono API 5L, en calidad GrB o equivalente. Presupuesto: 1.147.739 € (instalación desde vértice V0 a V37+60 m). Tercera: Previamente a la ejecución de las conexiones Gas Natural Distribución SDG, S.A. entregará los procedimientos de interconexión con la tubería existente. Cuarta: Los cruces especiales y otras afecciones a bienes de dominio público se realizarán de conformidad con los condicionados impuestos por Administraciones, Organismos y empresas de servicio público y interés general que hayan informado del expediente y se le haya dado traslado a Gas Natural Distribución SDG, S.A. Quinta: El plazo máximo para la realización de las instalaciones que se autorizan será de 2 años a partir de la fecha de ocupación real de las fincas que han de ser afectadas por aquellas. Sexta: La empresa constituirán en el plazo de 3 meses una fianza en la caja General de Depósitos de la Delegación Provincial de Hacienda de la Junta de Andalucía en Sevilla por un importe correspondiente al 2 % del presupuesto de las instalaciones, como queda establecida en el art. 82 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre. Séptima: Esta autorización se concede sin perjuicio de terceros y de las concesiones, autorizaciones administrativas y licencias necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables. Octava: Gas Natural Distribución SDG, S.A. dará cuenta de la terminación de la instalación objeto del proyecto a la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Sevilla para su conocimiento definitivo y Levantamiento de Acta de Puesta en Servicio de las Instalaciones, sin cuyo requisito no podrán entrar en funcionamiento. A la solicitud de puesta en servicio de las instalaciones el peticionario deberá acompañar, por duplicado, la siguiente documentación:

a) Certificado final de obra, firmado por técnico titulado competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente, en el que conste que la construcción y montaje de las instalaciones se ha efectuado de acuerdo con lo previsto en el proyecto presentado por Gas Natural Distribución SDG, S.A. y en los reglamentos, normas y especificaciones aplicados en el mismo. b) Certificado final de las entidades o empresas encargadas de la supervisión y control del montaje de las instalaciones, en el que se haga constar el resultado satisfactorio de las inspecciones definitivas, así como los ensayos y pruebas realizadas según lo previsto en las normas y códigos aplicados en el proyecto.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el art. 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.

Sevilla, 9 de marzo de 2006.-El Delegado Provincial, Francisco Álvaro Julio.

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