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Documento BOE-B-2006-99076

Resolución de 29 de marzo de 2006, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Planificación, por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el estudio informativo «Eje Atlántico de alta velocidad. Tramo Vigo-Pontevedra».

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 26 de abril de 2006, páginas 4314 a 4314 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2006-99076

TEXTO

1. Antecedentes: Con fecha 24 de julio de 2002, la Secretaría de Estado de Infraestructuras aprobó técnicamente el estudio informativo «Eje Atlántico de alta velocidad. Tramo Vigo-Pontevedra, ordenando que se incoase el correspondiente expediente de información oficial y pública, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) y en el Real Decreto 1302/86 de Evaluación de Impacto Ambiental. La información pública se anunció en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha 4 de octubre de 2002. Las alternativas que se estudiaron tenían características de vía doble, electrificada (en una 2.ª fase) y apta para alta velocidad, teniendo un origen y final comunes en las actuales estaciones de Vigo y Pontevedra. Durante este período de información se han recibido 10 alegaciones correspondientes a organismos oficiales: Xunta de Galicia (6), Gestor de Infraestructuras Ferroviarias, Dirección de Proyectos y Coordinación de Inversiones de Renfe, Dirección General de Carreteras y Autopistas del Atlántico, cuatro escritos correspondientes a los Ayuntamientos de Pontevedra, Vigo, Redondela y Vilaboa y 82 alegaciones correspondientes a particulares. El trazado de la primera parte del tramo, situado entre la estación de Vigo Urzaiz y el cruce de la autopista AP-9 (entre los puntos kilométricos 0/000 y 2/400 del estudio informativo), se encuentra en estudio, con el objeto de permitir una mayor integración urbana de la red ferroviaria en la ciudad de Vigo, quedando excluido expresamente dicho tramo del actual expediente. Este tramo formará parte de un nuevo estudio informativo que contemplará asimismo la remodelación de la actual estación de Vigo Urzaiz. En el resto del tramo, las alegaciones presentadas no han modificado la «Alternativa 2» seleccionada por la Administración, refiriéndose a temas a resolver durante la redacción de los proyectos constructivos.

2. Informe del Servicio Jurídico: El Abogado del Estado-Jefe mediante escrito de fecha 26 de marzo de 2003 informa favorablemente la tramitación seguida en la información pública del estudio informativo por ajustarse a Derecho, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y demás disposiciones que resulten de aplicación.

3. Declaración de Impacto Ambiental: Con fecha 3 de marzo de 2003 se envió el expediente al Ministerio de Medio Ambiente, obteniéndose la Declaración de Impacto Ambiental, que se incluye como anejo a esta aprobación, con fecha 24 de junio de 2005 («BOE» de 14 de julio de 2005). En esta Declaración se considera que el trazado sometido a información oficial y pública, es correcto. Para ello deberán cumplirse, tanto en la fase de proyecto como en la de construcción, las condiciones que se establecen en el estudio de impacto ambiental y en la Declaración de Impacto Ambiental.

4. Informe de la Subdirección General de Planes y Proyectos: La Subdirección General de Planes y Proyectos, elevó con fecha 27 de marzo de 2006 la propuesta de aprobación del expediente de información pública y aprobación definitiva del estudio informativo «Eje Atlántico de alta velocidad. Tramo Vigo-Pontevedra».

5. Resolución: A la vista de todo lo expuesto anteriormente, esta Secretaría de Estado resuelve lo siguiente:

1.º Hacer constar que el expediente reseñado cumple con lo preceptuado en el título I, capítulo 2.º, del vigente Reglamento de la Ley del Sector Ferroviario (Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre).

2.º Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el estudio informativo con la alternativa seleccionada por la Administración, quedando excluido el tramo comprendido entre la estación de Vigo Urzaiz y el cruce de la autopista AP-9 (puntos kilométricos 0/000-2/400 del estudio informativo). 3.º En los proyectos constructivos que desarrollen las actuaciones seleccionadas se tendrán en cuenta las prescripciones establecidas en el condicionado de la Declaración de Impacto Ambiental, cuya copia se incluye como anejo a esta aprobación.

Durante la redacción de los mismos, se llevarán a cabo los contactos pertinentes con los organismos, instituciones y personas interesadas, a fin de considerar en cada caso las soluciones adoptadas.

Madrid, 29 de marzo de 2006.-El Secretario de Es-tado de Infraestructuras y Planificación, Víctor Morlán Gracia.

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