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Documento BOE-B-2007-127072

Resolución 700/2007, de 7 de marzo, de la Dirección General de Industria y Comercio, por la que se califica como recurso la Sección B) de la escombrera de la cantera de mármol inactiva denominada Alberto.

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 28 de mayo de 2007, páginas 5952 a 5952 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Referencia:
BOE-B-2007-127072

TEXTO

Con fecha 3.06.05 el Concejo de Aldatz solicitó en este Departamento la declaración de la escombrera de la cantera inactiva de mármol denominada Alberto en el término municipal del Valle de Larraun en la parcela de su propiedad número 124 D del polígono 17, paraje Ipurburuke como recurso de la Sección B). Se inició el período de información pública y se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 87, de 22.07.05. No se recibieron alegaciones al mismo en el plazo de treinta días desde la citada publicación. Con fecha 16.11.05 tuvo lugar el pago de las tasas correspondientes a gastos de tramitación del expediente. De acuerdo con los artículos 32 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas y 46 del Reglamento General para el Régimen de la Minería aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, «Quienes pretendan el aprovechamiento de residuos que pueden constituir un yacimiento de origen natural deberán obtener la previa declaración de que ese yacimiento ha sido calificado como recurso de la Sección B)». El expediente se ha tramitado conforme a la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas y el Reglamento General para el Régimen de la Minería aprobado por R.D. 2857/1978, de 25 de agosto. De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, resuelvo:

1. Calificar como recurso de la Sección B) la escombrera de la cantera de mármol inactiva denominada Alberto solicitado por el Concejo de Aldatz.

2. Trasladar esta Resolución a la Sección de Impuestos Especiales sobre Primas de Seguros y Tasas del Departamento de Economía y Hacienda, a los efectos oportunos. 3. Notificar esta Resolución al Concejo de Aldatz y la Subdirección de Minas, Paseo de la Castellana, 160 Madrid, advirtiendo que contra la misma, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa ante el Gobierno de Navarra.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 7 de marzo de 2007.-El Director General de Industria y Comercio, Enrique Díaz Moreno.

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