El Tribunal Económico-Administrativo Central, en Sala, en recurso de alzada, promovido por la entidad Wescot, S. A., con NIUF A08969768, y en su nombre y representación por don Fernando Bustamente Amunategui, contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo regional de Cataluña de fecha 4 de marzo de 2004, en el expediente 08/08884/2000, relativo al Impuesto sobre Sociedades, ejercicios 1992 a 1995 y sanción acuerda: 1. Estimar en parte la reclamación 2. Anular la resolución impugnada. 3. Confirmar el acuerdo de liquidación 4. Anular el Acuerdo Sancionador. 5. Ordenar que se dicte un nuevo acuerdo sancionador en los términos expuestos en el Fundamento de Derecho Séptimo de la presente Resolución.
Madrid, 7 de mayo de 2007.-El Secretario General, Juan Lozano Beltra.
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