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No habiendo resultado posible la notificación a la entidad Ran Internet, Sociedad Limitada, como interesado en el expediente número 2007/707, por causas no imputables a esta Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, se procede, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a notificar por este medio que, con fecha 18 de julio de 2007, el Secretario de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones ha resuelto:
Primero.-Cancelar la inscripción efectuada en el Registro de Operadores de redes y servicios de comunicaciones electrónicas de la entidad Ran Internet, Sociedad Limitada, como persona autorizada para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas de transmisión de datos disponibles al público.
Segundo.-En el plazo de seis meses, computados desde el día siguiente a la fecha de esta Resolución, la entidad Ran Internet, Sociedad Limitada, deberá presentar la declaración de los ingresos brutos de explotación obtenidos en el presente ejercicio económico, aún en el caso de que no se haya realizado ninguna actividad. Tercero.-La presente Resolución será notificada a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, dependiente del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a los efectos oportunos. Asimismo, se pone de manifiesto que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante esta Comisión en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.17 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, la Disposición adicional cuarta, apartado 5, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y el artículo 116 del la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de lo previsto en el número 2 del artículo 58 de la misma Ley.
El texto íntegro de la Resolución puede ser consultado en la sede de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, sita en la calle Marina número 16-18, 08005 Barcelona.
Barcelona, 18 de julio de 2007.-Por Delegación del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (Resolución de 18 de diciembre de 1997; «Boletín Oficial del Estado» de 29 de enero de 1998), el Secretario del Consejo y de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, Jaime Almenar Belenguer.
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