Visto el informe de la Dirección General de Carreteras sobre el estudio de viabilidad y el anteproyecto de referencia y en uso de la competencia establecida en la Resolución de Delegación de Atribuciones de 30 de mayo de 1996, resuelvo:
1. Declarar que el expediente de información pública reseñado en el asunto cumple con lo preceptuado en los artículos 32, 33, 34 y 35 del vigente Reglamento de Carreteras (1812/1994, de 2 de septiembre) y en los artículos 227 y 228 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
2. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el estudio de viabilidad y el anteproyecto de «Adecuación, Reforma y Conservación del Corredor Norte. Autovía A-1, p.k. 101,0 a p.k. 247,0. Tramo: Santo Tomé del Puerto-Burgos» (Clave AO-E-188). Provincias de Segovia y Burgos. El anteproyecto comprende una longitud de 146,0 km y un Presupuesto para conocimiento de la Administración de 220.776.546,38 € de los cuales 10.680.094,84 € corresponden al importe estimado de las expropiaciones. 3. Declarar de utilidad pública el Anteproyecto aprobado a los efectos previstos en la legislación de expropiación forzosa. 4. Están incluidos en el Anteproyecto, y por tanto dentro del futuro Contrato de Concesión Administrativa, los elementos funcionales que se relacionan en el anexo 1 que se acompaña a la presente Resolución. 5. En los proyectos de construcción se tendrán en cuenta las prescripciones siguientes:
5.1 Deberán estudiarse las distintas fases de obra y recogerse las actuaciones necesarias para que se mantenga en todo momento el acceso a las propiedades existentes y las comunicaciones locales sin reducir la permeabilidad territorial.
5.2 Deberán preverse la reposición de todos los servicios (incluso caminos) afectados por las obras para lo que deberán mantenerse contactos con los titulares de dichos servicios. 5.3 Deberá preverse la limpieza y terminación de las obras, así como el acondicionamiento de los caminos y carreteras que puedan deteriorarse por la ejecución de las obras incluidas en el anteproyecto. 5.4 Deberán preverse en los tramos que, como consecuencia de una actuación incluida en el anteproyecto, queden fuera de uso, las actuaciones de recuperación ambiental necesarias para la integración de los mismos en su entorno. 5.5 Se resolverá el drenaje de los terrenos situados en la margen derecha de la autovía entre los pp.kk. 117,100 y 117,200. 5.6 Se proyectará una glorieta en la intersección entre la antigua N-I y la carretera provincial SG-P-9112 (p.k. 118+400, margen derecha de la autovía). 5.7 Se sustituirá el paso inferior bajo la autovía previsto en el p.k. 124,550 por dos pasos situados en el p.k. 123,000 (paso superior) y p.k. 125,000 (paso inferior). 5.8 Se pavimentará con un mínimo de 5 cm de mezclas bituminosas en caliente el camino existente en la margen derecha de la autovía entre los pp.kk. 124+000 y 124+500. 5.9 En la redacción del Proyecto de Construcción en el que se recoja la modificación del trazado prevista en la zona del enlace de Pardilla (VAR-TRAZ-1. Variante de Trazado. Enlace de Pardilla, p.k. 143+800) se tomará como base, en lugar del trazado previsto en el anteproyecto, la solución que se adjunta en el anexo 2, que está basada en la propuesta del Ayuntamiento de Pardilla en su escrito de 3-05-06. Asimismo se remodelará el enlace de Pardilla adaptándolo a la solución propuesta por el Ayuntamiento. 5.10 En la travesía de Oquillas se construirá un fondo de saco (glorieta de un único ramal de radio interior mínimo 15 m) en la antigua N-I a la altura del p.k. 177+500 por la margen derecha. 5.11 El cruce entre la vía de servicio prevista y el camino agrícola en la margen izquierda (p.k. 212,850) se proyectará a distinto nivel. 5.12 Se suprimirá el camino de servicio previsto en la margen derecha entre los pp.kk. 212,850 y 213,500. 5.13 Se sustituirá la vía de servicio prevista entre los pp.kk. 225,150 y 227,300 (margen izquierda), por un carril de trenzado de longitud mayor o igual de 1.000 m, entre la entrada a la autovía situada en el p.k. 227,400 (margen izquierda) y la salida del p.k. 225,100. 5.14 Se extenderá un mínimo de 20 cm de zahorra artificial y 6 cm de mezclas bituminosas en caliente en la vía de servicio de la margen izquierda entre los pp.kk. 229 y 232. 5.15 Se proyectará una glorieta en el entronque de la N-234 con la A-1 a la altura del p.k. 229+700 (margen derecha) que resuelva los accesos a los municipios de Sarracín y Saldaña de Burgos.
Se hace constar que la presente resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y, contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante la Sra. Ministra del Departamento, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos recursos es, respectivamente de uno (1) o dos (2) meses a partir del día siguiente al de la publicación de aquella en el «Boletín Oficial del Estado», sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
En el supuesto que la Resolución sea impugnada por una Administración Pública distinta a la General del Estado, se estará a lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Burgos, 24 de julio de 2007.-El Ingeniero Jefe de la Demarcación, Francisco Almendres López.
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