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Documento BOE-B-2007-220102

Resolución de la Consejería de Innovación Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía en Málaga por la que se concede a Meridional del Gas, S.A.U autorización administrativa y aprobación del proyecto de instalaciones del expediente «Proyecto singular de canalización de gas natural previstas construir para suministro a la urbanización Arenal Ronda» (Ref. GNL-64) y se reconoce su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 13 de septiembre de 2007, páginas 10797 a 10797 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2007-220102

TEXTO

Primero.-Con fecha 24 de octubre de 2005 la mercantil Meridional de Gas, S.A.U. ha presentado solicitud de Autorización Administrativa, Autorización de Proyecto y Reconocimiento de Utilidad Pública para el proyecto de instalaciones, presentando el proyecto titulado «Proyecto singular de canalización de gas natural previstas construir para suministro a la urbanización Arenal Ronda». Segundo.-El trámite de información pública de este expediente se realizó mediante exposición en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Ronda y anuncios en las siguientes publicaciones:

«Boletín Oficial del Estado» núm. 250 de fecha 19 de octubre de 2006.

«Boletín Oficial de la Provincia de Málaga» núm. 207, de fecha 30 de octubre de 2006. «Diario Sur» de fecha 5 de octubre de 2006. Diario «La Opinión» de 5 de octubre de 2006.

Tercero.-Con fecha 27/03/2007, se ha emitido Declaración de Impacto Ambiental favorable condicionada por parte de la Delegación Provincial de Medio Ambiente.

Cuarto.-Durante el período de información pública no se han presentado alegaciones.

Fundamentos de Derecho

Esta Delegación Provincial es competente para conocer y resolver el presente expediente, conforme a lo establecido en los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril y 4164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y Decreto 201/2004, de 11 de mayo, que regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Vistas la Ley 34/1998 de 7 de octubre del Sector de Hidrocarburos; Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; Reglamento General del servicio público de gases combustibles aprobado por Decreto 2913/1973, de 26 de octubre; Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos aprobado por Orden del Ministerio de Industria y Energía de 18 de noviembre de 1974, modificado por Órdenes 26 de octubre de 1983, 6 de julio de 1984 y 9 de marzo de 1994; Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental; Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental; Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954; Reglamento de la Ley de Expropiación forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957 y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Delegación Provincial, Resuelve: Conceder Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto de Instalaciones y reconocer la utilidad pública solicitada por Meridional de Gas, S.A.U. para el expediente «Proyecto singular de canalización de gas natural previstas construir para suministro a la urbanización Arenal Ronda», y el proyecto del mismo nombre visado por el Iltr. Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Andalucía Oriental correspondiente con el número 3780 y cuyo descripción básica es:

Longitud de la instalación: 2.620 metros.

Tuberías de Polietileno PE 100 SDR 17,6, diámetro DN 160.

La presente autorización está sujeta a las condiciones siguientes:

1. Queda la presente resolución sujeta a los condicionantes que aparecen en la Declaración de Impacto Ambiental de fecha 27/03/2007.

2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y reglamentos de aplicación, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen. 3. Las instalaciones que se autorizan por la presente resolución habrán de realizarse de acuerdo con el proyecto denominado «Proyecto singular de canalización de gas natural previstas construir para suministro a la urbanización Arenal Ronda» y demás documentación técnica presentada, quedando especificado en los siguientes datos básicos:

Longitud de la instalación: 2.620 metros.

Tuberías de Polietileno PE 100 SDR 17,6, diámetro DN 160.

4. El plazo de puesta en marcha será de 12 meses, contados a partir de la fecha de la de ocupación real de las fincas que han de ser afectadas por la canalización.

5. Meridional de Gas, S.A.U. dará cuenta de la terminación de las instalaciones a esta Delegación Provincial para su reconocimiento definitivo y levantamiento del acta de puesta en marcha, sin cuyo requisito no podrán entrar en funcionamiento. Para ello se aportará a esta Delegación Provincial un certificado final de obra firmado por Técnico Superior competente, visado por el Colegio Oficial correspondiente, en el que conste que la construcción y montaje se ha efectuado de acuerdo con la normativa técnica vigente que le sea de aplicación, acompañado de la documentación correspondiente a las pruebas y ensayos realizados, certificados por Organismo de Control Autorizado. 6. Esta Delegación Provincial se reserva el derecho a dejar sin efecto esta autorización en el momento que se demuestre el incumplimiento de las condiciones impuestas, por la declaración inexacta de los datos suministrados, u otra causa excepcional que lo justifique legalmente. 7. En el plazo de 15 días desde la recepción de la presente, tendrán que presentar en esta Delegación Provincial justificante de la constitución de la fianza o garantía del 2 % del presupuesto de las instalaciones afectadas, a disposición de esta Delegación Provincial, a efectos de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de esta autorización. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector Hidrocarburos, la presente autorización y la declaración concreta de utilidad pública de las instalaciones, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados y dará lugar a la urgente ocupación de los mismos, de conformidad con lo establecido en el art. 103 y siguiente del citado cuerpo legal, así como la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y su Reglamento, de fecha 26 de abril del 1957. Los referidos bienes y derechos son los incluidos en la relación que se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 26 de agosto de 2000, en el Boletín Oficial de la Provincia de 30 de agosto de 2000 y Diario Sur de 6 de julio de 2000. La presente autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otras necesarias para la ejecución de las obras de las instalaciones.

Contra la presente resolución podrá interponerse Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación, conforme determina el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Málaga, 20 de julio de 2007.-El Director General de Industria, Energía y Minas. P. D., la Delegada Provincial (Resolución 28 de enero de 2004), María Gámez Gámez.

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