El Tribunal Económico-Administrativo Central, resolviendo en Sala, en el presente recurso extraordinario de revisión, Mira Doñana, S.A., con domicilio social en C/ Ansolario Almonte (Huelva) y CIF B21309455, contra liquidación relativa al Impuesto sobre Sociedades ejercicio 2001, dictada por la Administración de Hacienda de La Palma del Condado (Huelva) por importe de 5.082,39 euros acuerda: Declararlo inadmisible.
Madrid, 10 de agosto de 2007.-El Secretario General, Juan Lozano Beltra.
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