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Documento BOE-B-2007-244195

Anuncio de la Subdirección General de Recursos sobre notificación de la resolución recaída en el recurso administrativo 7382/06.

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 11 de octubre de 2007, páginas 12018 a 12019 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2007-244195

TEXTO

Al no haberse podido practicar la notificación personal al interesado conforme dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en aplicación a lo dispuesto en el mismo artículo, debe publicarse, a efectos de notificación, la resolución del recurso de fecha 26 de junio de 2007, adoptada por la Secretaría General de Transportes del Departamento, en el expediente número 7382/06. «Examinado el recurso de alzada formulado por Don Francisco Oliva, en nombre y representación de la entidad mercantil Oliva Trans, S.L., contra resolución de la Dirección General de Transportes por Carretera, de fecha 11 de mayo de 2006, que le sanciona con multa de 1.001,00 euros por la comisión de una infracción grave, al no haber concordancia entre los kilómetros iniciales y finales del disco diagrama del día 6/09/2004, correspondiente al vehículo 4359-BCH, infracción tipificada en el artículo 141.11 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificada por la Ley 29/2003, de 8 de octubre (Expte. IC/586/2005).

Antecedentes de hecho.

Primero.-Por los Servicios de Inspección de los Transportes por Carretera dependientes de este Ministerio, se levantó Acta de Inspección al ahora recurrente, en la que se hizo constar los datos que figuran en la indicada resolución.

Segundo.-Dicha Acta dio lugar a la tramitación del preceptivo expediente sancionador, comunicándose al interesado mediante notificación, en la fecha que consta en el aviso postal de recibo y consecuencia del cual se dictó la resolución ahora recurrida. Tercero.-Contra la expresada resolución se interpone por el interesado recurso de alzada y presenta la documentación que acredita la inexistencia de infracción. El recurso ha sido informado por el órgano sancionador en sentido estimatorio.

Fundamentos de derecho.

Único.-El recurrente, junto con su escrito de recurso, presenta documentación acreditativa de no haber cometido infracción alguna habida cuenta que el vehículo denunciado no es propiedad de la parte recurrente, por lo que, de acuerdo con el informe emitido por el órgano sancionador, procede estimar el recurso y dejar sin efecto la resolución recurrida.

En su virtud,

Esta Secretaría General de Transportes, de conformidad con la propuesta formulada por la Subdirección General de Recursos ha resuelto estimar el recurso de alzada formulado por D. Francisco Oliva, en nombre y representación de la entidad mercantil Oliva Trans, S.L., contra resolución de la Dirección General de Transportes por Carretera, de fecha 11 de mayo de 2006, que le sanciona con multa de 1.001,00 euros por la comisión de una infracción grave, al no haber concordancia entre los kilómetros iniciales y finales del disco diagrama del día 6/09/2004, correspondiente al vehículo 4359-BCH, infracción tipificada en el artículo 141.11 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificada por la Ley 29/2003, de 8 de octubre (Expte. IC/586/2005), resolución que se declara nula y sin efecto.

Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo con sede en Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.»

Madrid, 12 de septiembre de 2007.-Subdirector General de Recursos, Isidoro Ruiz Girón.

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