En cumplimiento de lo previsto en la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva, se hace público:
Que con fecha 6 de noviembre de 2007, el Consejo de Administración de Caixamanresa Inversió, Sociedad Anónima S.G.I.I.C., como Sociedad Gestora de los Fondos de Inversión Fons Manresa Garantit 1, F.I. (fondo absorbente) y Fons Manresa Garantit 2, F.I. (fondo absorbido), aprobó por unanimidad el acuerdo de fusión por absorción de los mencionados fondos.
Que con fecha 8 de noviembre de 2007, la Comisión Ejecutiva del Consejo de Administración de Caixa d'Estalvis de Manresa, como Entidad Depositaria de los mencionados Fondos, aprobó por unanimidad el acuerdo de fusión por absorción de los citados Fondos. Que con fecha 22 de noviembre de 2007 la Comisión Nacional del Mercado de Valores autorizó el Proyecto de Fusión de los citados Fondos presentado por dichas Entidades, en el que se recoge la fusión por absorción de Fons Manresa Garantit 1, F.I. (fondo absorbente) y Fons Manresa Garantit 2, F.I. (fondo absorbido) con disolución sin liquidación del fondo absorbido y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos al fondo absorbente, sucediendo a título universal en todos sus derechos y obligaciones al fondo absorbido. Que como consecuencia de lo anterior, y a los efectos de lo establecido en la legislación vigente en materia de Instituciones de Inversión Colectiva, se comunica a los partícipes de los Fondos afectados que hasta el momento de la fusión, que se ejecutará una vez transcurrido un mes desde la presente publicación, dado que los Fondos no aplican comisiones de suscripción ni de reembolso, pueden solicitar el reembolso de sus participaciones, o el traspaso de las mismas, sin deducción de comisión o descuento de reembolso ni gasto alguno, al valor liquidativo del día en que lo soliciten.
Que, asimismo, los acreedores de los Fondos participantes en la fusión podrán oponerse a la misma en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar que los partícipes y acreedores tienen el derecho de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Proyecto de Fusión.
Manresa, 3 de diciembre de 2007.-El Secretario del Consejo de Administración, Pere Ribera Sellarès.-74.150.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid