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Documento BOE-B-2007-298095

Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Planificación por la que se aprueba el expediente de información pública y el estudio informativo «Corredor ferroviario noreste de alta velocidad. Tramo: Zaragoza-Castejón. Subtramo Plasencia de Jalón-Tudela».

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 13 de diciembre de 2007, páginas 14821 a 14822 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2007-298095

TEXTO

Antecedentes

Con fecha 8 de abril de 2003 la entonces Subdirección General de Planes y Proyectos de Infraestructuras Ferroviarias aprobó técnicamente el Estudio Informativo «Corredor ferroviario noreste de alta velocidad. Tramo: Zaragoza-Castejón», iniciándose mediante anuncio en el «Boletín Oficial del Estado» de 28 de abril de 2003 el trámite de información pública.

El Estudio Informativo analiza con suficiente grado de definición y precisión los posibles trazados ferroviarios entre la salida del cambiador de ancho de la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona-frontera francesa de Plasencia de Jalón y la estación de Castejón, así como el enlace del nuevo trazado con la citada línea, con características de alta velocidad según Real Decreto 1191/2000 de 23 de junio sobre interoperabilidad del sistema ferroviario de alta velocidad. En la segunda fase del estudio informativo, a escala 1:5000, se estudiaron dos alternativas de trazado entre Plasencia de Jalón y la estación de Castejón, denominadas alternativas B y D respectivamente. Ambas alternativas contemplan la construcción de una plataforma dimensionada para albergar doble vía de ancho internacional, paralela al trazado actual en ancho ibérico, aprovechando al máximo el corredor ferroviario existente entre Plasencia de Jalón-Grisén-Cabañas de Ebro-Castejón, rectificando algunos tramos que actualmente presentan limitaciones significativas de velocidad o en los que se producirían importantes afecciones a las estaciones de la línea actual existentes en dicho tramo. Las diferencia entre ambas alternativas radica en la solución adoptada para el paso por el municipio de Tudela: mientras la alternativa B lo hace mediante la implantación en la doble vía actual de tercer carril en una longitud de 9,7 km, la alternativa D contempla la construcción de una variante exterior por el Sur del casco urbano de Tudela con una nueva estación para las circulaciones en ancho internacional. En el denominado triángulo ferroviario de Grisén, conformado por las estaciones de Grisén, Cabañas de Ebro y Casetas, las dos alternativas desarrolladas contemplan la utilización de la plataforma actual entre Grisén y Cabañas para la implantación futura en dos fases de la doble vía de ancho internacional, desviándose las mercancías mediante un ramal de conexión en vía única de ancho ibérico entre las líneas Madrid-Zaragoza y Zaragoza-Castejón en las proximidades de la estación de Casetas en el término municipal de Sobradiel. Finalmente se proyecta un ramal de conexión con la línea de alta velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa a la altura de Plasencia de Jalón, que permitirá la conexión Norte-Noreste con el Levante español. De la comparación de ambas alternativas se seleccionó como más adecuada la denominada alternativa B por sus ventajas ambientales, económicas y constructivas. No obstante, la denominada «Variante de Tudela» con la adopción de las oportunas medidas de permeabilidad transversal y de protección medioambiental, puede ser perfectamente viable desde el punto de vista técnico y ambiental presentando ventajas desde el punto de vista de la explotación y capacidad ferroviaria. Dado que la adopción de este trazado depende de la posibilidad de cofinanciación entre las distintas Administraciones y de que dicho trazado debería ir acompañado de un traslado paralelo de la actual línea de ancho ibérico fuera del casco urbano de Tudela, se ha optado por aprobar el trazado de la línea de alta velocidad hasta las inmediaciones de dicho municipio, cuyo paso será objeto de un análisis más detallado que determine la necesidad de desarrollar un nuevo estudio informativo que contemple además el enlace con los tramos contiguos de Castejón-Logroño y Castejón-Comarca de Pamplona. El Estudio Informativo fue sometido a Información Publica mediante publicación de la correspondiente nota-anuncio en el «Boletín Oficial del Estado» de 28 de abril de 2003 y en los Boletín Oficial de Zaragoza (9 de mayo de 2003) y Navarra (16 de mayo de 2003). Durante el periodo de información pública se han presentado un total de 355 alegaciones, de las que 10 corresponden a Ayuntamientos afectados, 6 a organismos oficiales, 3 asociaciones y/o empresas y 336 a particulares.

Informe del Servicio Jurídico

El Abogado del Estado informó favorablemente mediante escrito de 11 de noviembre de 2003 la tramitación del expediente de información pública del estudio informativo «Corredor ferroviario noreste de alta velocidad. Tramo: Zaragoza-Castejón».

Declaración de impacto ambiental

Por Resolución de fecha 10 de mayo de 2007 («BOE» de 4 de junio de 2007), la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, de conformidad con lo establecido en el articulo 12 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, ha formulado declaración de impacto ambiental sobre el estudio informativo «Corredor ferroviario noreste de alta velocidad. Tramo: Zaragoza-Castejón».

Informe de la Subdirección General de Planes y Proyectos. La Subdirección General de Planes y Proyectos, con fecha 21 de noviembre de 2007, eleva la propuesta de aprobación del estudio informativo «Corredor ferroviario noreste de alta velocidad. Tramo: Zaragoza-Castejón. Subtramo Plasencia de Jalón-Tudela».

Resolución

A la vista de lo anteriormente expuesto y en virtud de lo establecido en el Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario, esta Secretaría de Estado resuelve: 1. Hacer constar que el expediente reseñado cumple con lo preceptuado en los artículos 9 y 10 del Reglamento del Sector Ferroviario (Real Decreto 2387/2003, de 30 de diciembre).

2. Aprobar el expediente de información pública y el estudio informativo «Corredor ferroviario noreste de alta velocidad. Tramo: Zaragoza-Castejón» entre el origen situado en el actual cambiador de ancho de Plasencia de Jalón de la línea de alta velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa y aproximadamente el punto kilométrico 53,800, punto de inicio de la denominada «Variante de Tudela», manteniendo el trazado propuesto y seleccionado en el mismo con el siguiente ajuste de trazado:

a) Con el fin de minimizar la afección a la vegetación de ribera asociada al río Jalón, se desplazará el ramal de conexión con la línea de alta velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa unos 400 m hacia el este, de manera que el río Jalón solo se cruce en un único punto y mediante viaducto.

3. Serán de obligado cumplimiento las condiciones, modificaciones, prescripciones y limitaciones establecidas en la declaración de impacto ambiental.

4. El proyecto constructivo deberá analizar en detalle la nueva distribución de tráficos, como consecuencia de las actuaciones previstas en la red arterial ferroviaria de Zaragoza, al objeto de determinar las características de la conexión de las líneas de alta velocidad Zaragoza-Castejón y Madrid-Barcelona-frontera francesa, así como la necesidad del ramal de mercancías en Sobradiel y la sección tipo a implantar entre Grisén y Cabañas. 5. Durante la redacción de los proyectos constructivos se mantendrán los oportunos contactos con los organismos con competencia en materia de carreteras así como la Confederación Hidrográfica del Ebro a fin de considerar los aspectos técnicos necesarios para el diseño de viales y obras de drenaje. 6. La reposición de viales y servidumbres en el estudio informativo se considerará de nuevo en los proyectos constructivos para analizar posibles modificaciones así como la ejecución de nuevos pasos o caminos. Durante la redacción de dichos proyectos se mantendrán contactos con los Ayuntamientos, Asociaciones y otros interesados, para concretar con exactitud los caminos y pasos que haya que reponer o construir, así como prever la reposición de redes de riegos, acequias y demás servicios afectados. 7. En las zonas en las que se prevea puedan existir yacimientos arqueológicos se realizará, antes de iniciarse las obras, una campaña de reconocimiento a fin de preservar el patrimonio artístico y cultural. 8. Los proyectos constructivos incluirán un estudio específico de los ruidos y vibraciones introducidos por la línea, en especial en todas aquellas zonas de posible afección a zonas urbanas, como corresponde al paso por los cascos urbanos de Grisén, Luceni, Gallur, Cortes, Ribaforada, y Tudela. 9. En lo relativo a la reposición de vías pecuarias se estará a lo dispuesto en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, «BOE» 243/1995, sobre Vías Pecuarias, garantizando la continuidad de las existentes. 10. La presente Resolución pone fin a la vía administrativa. En consecuencia, y sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso, tal como señala el artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la mencionada aprobación podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación o notificación de la Resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

11. De acuerdo con el artículo 10.10 del Reglamento del Sector Ferroviario (Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre), y dado el elevado número de alegaciones de idéntico contenido presentadas por gran parte de los alegantes (vecinos de Sobradiel), la publicación de la Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» («BOE») se considera trámite suficiente a efectos de notificación a dichos alegantes.

Madrid, 28 de noviembre de 2007.-El Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación, Víctor Morlán Gracia.

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