Contido non dispoñible en galego
Al no haberse podido practicar la notificación personal a: Don Fabio Henrique Cler Mendoca, con NIF 36582621V; doña Nicole Durán Goya, con NIF 53335012J; doña Melania Cobos Fernández, con NIF 30513421; don Pol Cobos Fernández, con NIF 30513421B; don Francisco Javier Ortiz Sánchez de la Fuente, con NIF 25090591Y; doña Silvia González Valles, con NIF 2703935D; don Fernando Javier Palacio Ramos, con NIF 52572572T; don Manuel Jesús Úbeda Arroyo, con NIF 75340081Q; doña Almudena Barranco Barranco, con NIF 25313993D; don Ernesto Castelló Moral, con NIF 44881952M; don Miguel Sánchez Soldán, con NIF 28859799C; don Antonio Sánchez Soldán, con NIF 28836814N; don Antonio José Rubio Barranco, con NIF 31603842W; doña Rocío Rubio Barranco, con NIF 31603842W; doña Laura Luna Reina, con NIF 77587260A; don Jaime Iovino Gacio, con NIF 28593376Y; doña Leticia Cabrera Correa, con NIF 49092224N; doña Karen Alexandra Westermeyer Bocaño, 30520008C; doña Meryem Nacouri, con NIF X6289316N; doña Eva María Blanco Crespo, con NIF 30264912V; don Miguel Gutiérrez Pantoja, con NIF 15412120G. Conforme dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, a efectos de notificación al interesado, y en aplicación de lo dispuesto en el mismo artículo y en el segundo párrafo del artículo 60.2 de la Ley 30/1992, debe publicarse como encabezamiento y parte dispositiva de las resoluciones el siguiente extracto: «La Dirección General de Coperación Territorial y Alta Inspección ha resuelto la desestimación del recurso de reposición interpuesto por los alumnos mencionados. Los expedientes se encuentran a disposición de los interesados en la Subdirección General de Becas y Promoción Educativa (Servicio de Reclamaciones, Verificación y Control, teléfono 913778300, calle Torrelaguna, 58, 28007 Madrid)».
Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial en al redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 21 de febrero de 2007.-La Directora General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, María Antonia Ozcariz Rubio.
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