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Documento BOE-B-2007-69093

Resolución de 19 de febrero de 2007, del Servicio Provincial de Industria, Comerio y Turismo de Teruel, por la que declara la necesidad de ocupación de los terrenos necesarios para continuar con los trabajos de explotación en la concesión de arcilla a cielo abierto «Consolación» n.º 5212, del término municipal de Los Olmos (Teruel).

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 2007, páginas 3276 a 3277 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Aragón
Referencia:
BOE-B-2007-69093

TEXTO

Antecedentes

Con fecha 03/03/06 la Empresa Minera Sabater, Sociedad Limitada, titular de la explotación a cielo abierto de arcilla denominada «Consolación» n.º 5.212, sita en el término municipal de Los Olmos, provincia de Teruel, solicita el inicio del expediente de Expropiación Forzosa de los terrenos necesarios para la explotación minera de referencia, justificando dicha solicitud por la imposibilidad de llegar a un acuerdo con los propietarios de las fincas.

La relación detallada de las fincas a expropiar, en cumplimiento con el artículo 17.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26/04/1957, fue publicada en el Boletín Oficial de Aragón, n.º 91 de 9/08/2006, en el Boletín Oficial del Estado n.º 196 de 17/08/2006, en el Diario de Teruel de 31/07/2006, así como expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Los Olmos durante el plazo de 15 días y notificada a los propietarios afectados mediante escrito certificado y con acuse de recibo. Con fecha 20/11/2006 se publica en el Boletín Oficial de Aragón, n.º 134, la relación de los propietarios afectados de los que resultaron desconocidos sus domicilios. Durante el plazo de información pública no ha habido ninguna alegación ni aportación de datos de rectificación de posibles errores cometidos en la relación publicada. Con fecha 20/09/2006 la Empresa interesada remite escrito vía fax ante este Servicio Provincial solicitando la exclusión de una parcela con cuyo dueño se había llegado a un acuerdo. Con fecha 06/07/2006 fue aprobado, previa confrontación sobre el terreno y mediante resolución de este Servicio provincial, el Plan de Labores correspondiente al ejercicio 2006. En esta resolución se fundamenta la necesidad de ocupación para el correcto y racional avance de la explotación, y dar así continuidad a los trabajos de mineros en dicha concesión. Con fecha 08/01/2007, en cumplimiento con lo especificado en el artículo 19.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, de 26/04/1957, y con carácter previo a esta Resolución, se solicita el correspondiente informe de Abogacía del Estado sobre la necesidad de ocupación de las parcelas objeto de expropiación. Con fecha 17/01/2007 se recibe informe favorable sobre la necesidad de ocupación de los mencionados terrenos por parte de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Aragón.

Fundamentos

Es competente para Resolver sobre la necesidad de ocupación de los terrenos el Director del Servicio Provincial de Industria, Comercio, según establece el artículo 20 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16/12/1954.

El artículo 131.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25/08/1978 establece que el otorgamiento de una Concesión lleva implícita la declaración de utilidad pública. Se considera que no procede la ocupación temporal de los terrenos, pues la finalidad de la ocupación no está comprendida en los supuestos contemplados en el artículo 108 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16/12/1954. Se justifica la necesidad de ocupación de los terrenos en la seguridad y continuidad para el correcto y racional avance de la explotación. El artículo 131.3 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978 expone que la aprobación de los planes inicial y anuales de labores lleva implícita la declaración de la necesidad de los terrenos si se cumplen las condiciones establecidas en el artículo 17.2 de la mencionada Ley de Expropiación Forzosa. Considerando el informe favorable sobre la necesidad de ocupación de las parcelas objeto de expropiación, emitido el 17/01/2007 por los Servicios Jurídicos del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales en Teruel. Vistos los Reales Decretos 2596/1982, de 24 julio, 539/1984, de 8 de febrero, y 570/1995, de 7 de abril, sobre transferencias de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de industria, energía y minas, la Ley 22/1973, de Minas, y Real Decreto 2857/1978, Reglamento General para el Régimen de la Minería, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y su Reglamento, aprobado por decreto de 26 de abril de 1957, y demás normativa general o particular aplicación, resuelvo:

Declarar la necesidad de ocupación de los terrenos necesarios para continuar con los trabajos de explotación en la Concesión de Arcilla a cielo abierto « Consolación» n.º 5212, del término municipal de Los Olmos, provincia de Teruel, y cuya relación detallada es la siguiente: 1. Propietario: Don César Ciércoles Soler. Parcela: 133. Polígono: 15. Paraje: Talaya. Clase de cultivo: C- Labor o labradío secano. Superficie: 0,5973 Hectáreas.

2. Propietario: Don César Ciércoles Soler. Parcela: 134. Polígono: 15. Paraje: Talaya. Clase de cultivo: a C- Labor o labradío secano. Superficie: 0,1244 Hectáreas. b C- Labor o labradío secano. Superficie: 0,1991 Hectáreas. Superficie total: 0,3235 Hectáreas. 3. Propietario: Don Sandino Sesé Ariño. Parcela: 135. Polígono: 15. Paraje: Talaya. Clase de cultivo: O- Olivos secano. Superficie: 0,4225 Hectáreas. 4. Propietario: Doña Esther Troncho Ariño. Catastro Dñ.ª. Gloria Soler Ariño. Parcela: 136. Polígono: 15. Paraje: Talaya. Clase de cultivo:a C- Labor o labradío secano. Superficie: 0,2240 Hectáreas. b C- Labor o labradío secano. Superficie: 0,1244 Hectáreas. Superficie total: 0,3484 Hectáreas. 5. Propietario: Don Vicente Puig Puig. Parcela: 137. Polígono: 15. Paraje:Talaya. Clase de cultivo: AM- Almendro secano. Superficie: 0,3235 Hectáreas. 6. Propietaria: Doña Esther Troncho Ariño. Catastro doña Gloria Soler Ariño. Parcela: 139. Polígono: 15. Paraje: Talaya. Clase de cultivo: a O- Olivos secano. Superficie: 0,4380 Hectáreas. b C- Labor o labradío secano. Superficie: 0,6570 Hectáreas. Superficie total: 1,0950 Hectáreas. 7. Propietaria: Doña Adoración Ciércoles Peralta. Parcela: 140. Polígono: 15. Paraje: Talaya. Clase de cultivo: C- Labor o labradío secano. Superficie: 0,1991 Hectáreas. 8. Propietario: Don Mariano Orta Orta. Parcela: 141. Polígono: 15. Paraje: Talaya. Clase de cultivo: C- Labor o labradío secano. Superficie: 0,1493 Hectáreas. 9. Propietario: Doña Pilar Abad Ariño. Parcela: 194. Polígono: 15. Paraje: Talaya. Clase de cultivo: O- Olivos secano. Superficie: 0,1250 Hectáreas.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la recepción de la presente, según establecen el artículo 58.1 del Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, así como los artículos 107 y 114 y concordantes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro recurso que estime procedente.

Teruel, 19 de febrero de 2007.-El Director del Servicio Provincial, Carlos Hernández López.

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