El Real Decreto-Ley 9/1998, de 28 de agosto, aprueba y declara de interés general la obra, llevando implícito la de utilidad pública a los efectos previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa y la de urgencia, a los efectos de la ocupación de los bienes afectados a que se refiere el artículo 52 de la citada Ley.
Con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 17 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, se somete a Información Pública la relación de bienes y derechos, objeto de la expropiación, la cual se publica en el «Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz» y en los demás medios que establece el artículo 18 de la Ley, para que en el plazo de quince días cualquier persona interesada pueda formular alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores en la misma.
Badajoz, 8 de marzo de 2007.-El Secretario General, Manuel Piedehierro Sánchez.
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