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Documento BOE-B-2007-95154

Resolución de la Dirección General de Inclusión Social, de fecha 29 de marzo de 2007, relativa al aviso de notificación de 8 de marzo de 2007 a la Entidad Asociación Juvenil de Animación, calle Doctor Espina, n.º 38 bajo, Madrid (28019).

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 20 de abril de 2007, páginas 4537 a 4537 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-B-2007-95154

TEXTO

Por medio del presente anuncio, una vez agotados previamente los medios de notificación previstos en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, se pone en conocimiento de la Entidad Asociación Juvenil de Animación, que tuvo su último domicilio conocido en la calle Doctor Espina, n.º 38, bajo, Madrid (28019): Que con fecha 8 de marzo de 2007 se ha dictado por la Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, resolución declarativa de incumplimiento total de la justificación de la aplicación de la subvención percibida con cargo a la convocatoria del IRPF 2004 y la obligación de proceder al reintegro de 21.791,78 euros correspondientes a la falta de justificación de la subvención percibida, según detalle que figura en el anexo que la acompaña y que se encuentra a su disposición en la Dirección General de Inclusión Social. De la presente Resolución, de conformidad con lo previsto en el artículo 3 de la Orden Ministerial de Economía y Hacienda de 23 de julio de 1996, se dará traslado en el plazo de 10 días a la Delegación Provincial del Ministerio de Economía y Hacienda correspondiente a su domicilio, a fin de que inicie el procedimiento de recaudación de reintegro.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos, significándose que la presente Resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma Recurso potestativo de reposición ante la Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, en el plazo de un mes, contando a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, o bien impugnarse directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados en la forma indicada, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 29 de marzo de 2007.-Director general de Inclusión Social, Manuel Porras Muñoz.

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