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Documento BOE-B-2008-100211

Anuncio del Ministerio de Medio Ambiente de notificación de la Orden Ministerial de 4 de abril de 2008, por la que se aprueba el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos tres mil setecientos siete (3.707) metros de longitud, comprendido entre el Barranco de Pecenescal y El Barranco de los Canarios, término municipal de Pájara, isla de Fuerteventura (Las Palmas). Ref. DES01/06/35/0004-LP.

Publicado en:
«BOE» núm. 100, de 25 de abril de 2008, páginas 5261 a 5261 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2008-100211

TEXTO

Para los interesados que sean desconocidos o de los que se ignore el lugar de notificación, o bien intentada la notificación no se hubiese podido practicar, se procede a notificar la parte dispositiva de la Orden Ministerial especificada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Por Orden del Ministerio de Medio Ambiente, de fecha 4 de abril de 2008, se ha resuelto:

«I) Aprobar el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos tres mil setecientos siete (3.707) metros de longitud, comprendido entre el Barranco de Pecenescal y El Barranco de los Canarios, término municipal de Pájara, isla de Fuerteventura (Las Palmas) según se define en los planos que se integran en el proyecto nos 1 a 6, fechados en junio de 2006, y firmados por el Jefe de la Demarcación de Costas en Canarias.

II) Ordenar a la Demarcación de Costas en Canarias que inicie las actuaciones conducentes a rectificar las situaciones jurídicas registrales contradictorias con el deslinde aprobado. III) Otorgar el plazo de un (1) año para solicitar la correspondiente concesión a aquellos titulares de terrenos que pudieran acreditar su inclusión en alguno de los supuestos contemplados en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 22/1988, de Costas.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa los interesados en el expediente que no sean Administraciones Publicas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un (1) mes ante la Excma. Sra. Ministra de Medio Ambiente o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.».

Madrid, 8 de abril de 2008.-El Subdirector General de Gestión Integrada del Dominio Público Marítimo-Terrestre, Ángel Muñoz Cubillo.

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