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Documento BOE-B-2008-1048

Resolución de la Autoridad Portuaria de Pasajes por la que se hace pública la modificación sustancial de la concesión otorgada por Resolución del Consejo de Administración de 21 de octubre de 2004 a favor de Repsol Comercial de Productos Petrolíferos, Sociedad Anónima, para la construcción y explotación de instalaciones de suministro de combustible a buques en el Puerto de Pasajes.

Publicado en:
«BOE» núm. 1, de 1 de enero de 2008, páginas 19 a 19 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2008-1048

TEXTO

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Pasajes, en ejercicio de la competencia otorgada por el artículo 113 de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los puertos de Interés General, ha acordado, con fecha 31 de octubre de 2007, la modificación sustancial de la concesión otorgada por Resolución del Consejo de Administración de 21 de octubre de 2004 a favor de Repsol Comercial de Productos Petrolíferos, Sociedad Anónima, cuyas características son las siguientes:

Condiciones: En virtud del otorgamiento de la presente modificación sustancial no se alteran las condiciones en las que se otorgó la concesión inicial de fecha 21 de octubre de 2004, permaneciendo en vigor tanto el Pliego de Bases, el Pliego de Condiciones del Concurso, la Resolución de dicho Concurso y las Cláusulas del contrato suscrito entre las partes con fecha 25 de enero de 2005 con la salvedad de las actualizaciones que en materia de tasas, tarifas y fechas corresponda aplicar.

Nueva ubicación: Muelle de Donibane en el extremo sur de Navalaldea. Plazo de la concesión: El plazo de la concesión será de veinte (20) años, contados desde el día siguiente al de la fecha de notificación al concesionario de la resolución por la que se otorga la modificación sustancial solicitada de la concesión. Se podrán otorgar tres prórrogas más de cinco (5) años cada una, si la Autoridad Portuaria lo considera procedente y el concesionario ha cumplido satisfactoriamente sus obligaciones.

Plazo de las obras: El concesionario dará comienzo a las obras dentro del plazo de veinte (20) días, contados desde el día siguiente de la notificación de la resolución de modificación sustancial de la concesión, debiendo quedar totalmente terminadas en el plazo de cuarenta y cinco (45) días.

Pasaia, 10 de diciembre de 2007.-El Presidente, Joxe Joan González de Txabarri Miranda.

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