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Documento BOE-B-2008-109052

Resolución de la Dirección General de MUFACE sobre requerimiento de pago indebido por prestaciones de asistencia sanitaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 109, de 5 de mayo de 2008, páginas 5989 a 5989 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-B-2008-109052

TEXTO

Por Resolución de la Dirección General de MUFACE de fecha 3 de marzo de 20078 se acordó, en virtud de lo dispuesto en el artículo 55 del Reglamento General del Mutualismo Administrativo, declarar la existencia de un pago indebido por importe de 1.050,72 € percibido por D. Frederic Barber Castella y con domicilio en Palmera (Valencia), calle de la Sequia, n.º 28 como consecuencia de las prestaciones de asistencia sanitaria correspondientes a las primas satisfechas por Muface a la Entidad Médica ADESLAS desde el mes de diciembre de 2004 a octubre 2006, concediéndole un plazo de 15 días, a partir del siguiente al de la notificación de la citada Resolución para alegar y presentar, ante esta Dirección General, la documentación y justificación que estime conveniente en defensa de su derecho, al amparo de lo dispuesto en los artículos 55.5 del Reglamento General del Mutualismo Administrativo y 84 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Intentada la notificación no ha podido practicarse la misma, al devolver el Servicio de Correos las comunicaciones dirigidas al citado mutualista en el domicilio indicado que figura en la base de datos de MUFACE. A la vista de estas circunstancias:

Resuelvo: Que, de acuerdo con el dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y al no haberse podido practicar notificación, se inserte en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio la notificación de existencia de un pago indebido por importe de 1.050,72 percibido por D. Frederic Barber Castella, advirtiéndose que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento General del Mutualismo Administrativo, se le concede un plazo de 15 días para proceder al abono de la cantidad adeudada, mediante ingreso en la cuenta corriente 9000-0001-20-020006987 Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado abierta en el Banco España, y acredite dicho ingreso ante el Departamento de Gestión Económica y Financiera (Área Económica de Prestaciones) de MUFACE, Paseo de Juan XXIII, n.º 26, 28007 Madrid, mediante aportación de la copia del resguardo de ingreso o de la orden de transferencia correspondiente, en el plazo de los 10 días siguientes al mismo.

Transcurrido el plazo indicado sin que el interesado haya realizado el ingreso, manifieste alegación alguna o las alegaciones y/o documentos presentados por el interesado no acrediten que la prestación ha sido debidamente percibida, se dictará resolución motivada para proceder al reintegro de la prestación indebidamente percibida.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Ministerio de Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.

Madrid, 21 de abril de 2008.-La Directora General, María Ángeles Fernández Simón.-Propuesto, la Directora del Departamento de Gestión Económica y Financiera, P.S., la Directora del Departamento de Prestaciones Sanitarias, Cristina Fernández Ordás.

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