Ante la imposibilidad de notificar al interesado, se hace saber que: A don Miguel Lora Rodríguez, en nombre y representación de la empresa TA Arvid Servicios, Sociedad Limitada, en relación con la contratación para la explotación del servicio de restauración en el centro deportivo sociocultural «San Jorge», de Madrid, se le comunica:
Primero.-Que está confirmada la resolución de 31 de marzo de 2008 por la cual se procedía a incautar la garantía definitiva correspondiente al expediente número 2090720040894 relativo al servicio de restauración en el centro deportivo sociocultural «San Jorge» por incumplimiento de los puntos 1.26, 1.24 del pliego de prescripciones técnicas y punto 8.1 del contrato, de fecha 2 de diciembre de 2004.
Segundo.-Que, conforme establece el punto 7 del contrato correspondiente a este expediente, la fianza se deposita para garantizar el cumplimiento del contrato. Dicha fianza se constituyó en metálico.
Por todo lo anterior, se acuerda proceder a la incautación de la garantía definitiva depositada por TA Arvid Servicios, Sociedad Limitada, mediante aval depositado en la caja general de depósitos de Madrid, como consecuencia de la ejecución de la resolución de 31 de marzo de 2008.
Madrid, 21 de mayo de 2008.-Director de Asistencia al Personal, Avelino Fernández Fernández.
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