El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Ceuta, en su sesión de 17 de abril de 2008, en uso de las facultades que le confiere el artículo 40.5.ñ) de la Ley 27/1992 de 24 de noviembre, modificada por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, y la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, acordó otorgar prórroga del plazo de la concesión administrativa a la compañía Petrolífera Ducar, S.L., en base a lo dispuesto en el artículo 107.2.b) de la Ley 48/03 de 26 de noviembre, en las siguientes condiciones:
Objeto: Almacenamiento y suministro de combustibles líquidos a buques.
Plazo: Prórroga de diez (10) años, teniendo su finalización el 05 de enero de 2.020. Superficie: Parcela de 8.966 m2 y 431,78 ml de trazado de tuberías. Tasas: a) Tasa por ocupación privativa del dominio público portuario: 58.551,39 euros anuales. b) Tasa por aprovechamiento especial del dominio público portuario en el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de servicios: 0,05 euros toneladas descargadas, no pudiendo ser inferior al 20% de la tasa de ocupación privativa.
Lo que se publica para general conocimiento.
Ceuta, 23 de abril de 2008.-José Francisco Torrado López. Presidente.
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