De acuerdo con lo establecido en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, se somete a Información Pública la petición de autorización administrativa, aprobación de proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública, implicando esta última la urgente ocupación a los efectos de lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de la instalación eléctrica cuya relación de afectados se publica en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Fuente de Piedra, Humilladero y Mollina, BOE, BOJA, BOP y Diario Sur, y cuyas características principales son las siguientes:
Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U.
Domicilio: Maestranza, n.º 6, C.P: 29016, Málaga. Finalidad: Renovación de la línea eléctrica aérea de media tensión a 20 kV entre la Subestación Humilladero y Subestación Jauja, para distribución de energía eléctrica. Características:
Línea aérea de 20 kV con conductor de LA/D110 de 2.550 metros de longitud con 16 apoyos metálicos.
Línea subterránea de 20 kV con conductor de aluminio 18/30 kV de 240 mm2 de sección y longitudes de 427 metros en el tramo Subestación Humilladeroapoyo n.º 1 y 336 metros en el tramo entre los apoyos 19B y 20B. Términos municipales afectados: Fuente de Piedra, Humilladero y Mollina. Referencia expediente: AT-E-10638.
Lo que se hace público para que, previa cita en el teléfono 90211 30 00, pueda ser examinada la documentación presentada en esta Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa, sita en Calle Bodegueros, n.º 21, Edificio Luxfor, y formularse al mismo tiempo las alegaciones, por duplicado, que se estimen oportunas, en el plazo de veinte días contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio. Los planos parcelarios podrán ser igualmente consultados en los Ayuntamientos afectados.
Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, en el indicado plazo, los afectados podrán aportar los datos oportunos a los solos efectos de rectificar posibles errores en la relación indicada, así como formular las alegaciones procedentes.
Los afectados podrán recabar, a través de esta Delegación Provincial que el peticionario les facilite los datos que estimen precisos para la identificación de los bienes.
Málaga, 18 de septiembre de 2007.-La Delegada Provincial, María Gámez Gámez.
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