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Documento BOE-B-2008-131101

Anuncio del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas sobre notificación de liquidación de deudas en período voluntario previa a su exacción por vía de apremio a D. Luis Ramírez de la Guardia.

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 30 de mayo de 2008, páginas 6990 a 6990 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-B-2008-131101

TEXTO

En cumplimiento de la obligación legal contenida en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por desconocerse su domicilio actual, se notifica a D. Luis Ramírez de la Guardia, con DNI n.º 45028466D, que con fecha 9 de mayo de 2008 se emitieron sendas notificaciones de liquidación de deudas en período voluntario previas a su exacción por vía de apremio, por impago de cánones de uso y servicios repercutibles de la vivienda de titularidad del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, sita en la calle Andrés Torrejón núm. 20-1, 7.º A, de Madrid, que ocupó hasta el 18 de enero de 2008. La deuda reclamada asciende a la cantidad de 13.056,20 €, y corresponde a canon del período comprendido entre noviembre de 2004 y enero de 2008, por importe de 12.120,80 €, agua de octubre de 2005 y enero y marzo de 2007, por importe de 68,13 €, calefacción de julio de 2004 a junio de 2007, por importe de 633,06 € y limpieza de julio de 2004 a junio de 2007, por importe de 234,21 €. Plazos para efectuar el ingreso (Art. 62 de la Ley General Tributaria):

a) Si la publicación de la presente liquidación se realiza entre los días 1 y 15 del mes, desde dicha fecha hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la publicación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último del mes, desde esa fecha hasta el día 5 del segundo mes posterior, o el inmediato hábil siguiente. Pago: Mediante transferencia o ingreso en la cuenta 0182 2370 41 0200016883 del BBVA.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin que haya satisfecho la deuda, determinará la exigibilidad del recargo de apremio establecido reglamentariamente y el devengo de los intereses de demora hasta la fecha de ingreso en el Tesoro de la deuda tributaria, en aplicación de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Madrid, 20 de mayo de 2008.-La Subdirectora General de Gestión, doña Isabel Truyol Wintrich (P.D. del Director General Gerente, Res. 4C0/38236/2004, de 2 de noviembre, BOE n.º 277).

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