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Documento BOE-B-2008-134058

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Tajo sobre notificación de la Resolución del expediente de apeo y deslinde del Dominio Público Hidráulico de un tramo del río Tajuña en el T.M. de Ambiente (Madrid), desde 150 metros aguas arriba del Molino del Batán hasta el límite del T.M. de Orusco (Madrid). Expte.: 116.354/05. IP8/32.

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 3 de junio de 2008, páginas 7129 a 7131 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2008-134058

TEXTO

La Confederación Hidrográfica del Tajo, en virtud del artículo 241 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, y modificado por Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo, incoó de oficio mediante acuerdo de fecha 30 de noviembre de 2005, el procedimiento administrativo de apeo y deslinde del dominio público hidráulico, de un tramo del río Tajuña en el t.m. de Ambite (Madrid) desde 150 metros aguas arriba del Molino del Batán hasta el límite del t.m. de Orusco (Madrid); referencia expediente: 116.354/05. En la tramitación del expediente se ha seguido lo establecido en el Reglamento del Dominio Público citado, dictándose con fecha 3 de marzo de 2008 por la Presidencia del Organismo la siguiente Resolución:

«1. Antecedentes. La Confederación Hidrográfica del Tajo incoó, de oficio, en noviembre de 2005, el expediente 116.354/05 de deslinde del dominio público hidráulico (ambas márgenes) de un tramo de cauce del río Tajuña de 5,20 km en el término municipal de Ambite, en Madrid, con inicio 150 metros aguas arriba del molino del Batán y finalización en el límite del término municipal de Orusco.

En la tramitación hasta la fecha del expediente de deslinde se han seguido los pasos previstos en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico en su redacción dada por el Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo. Con fecha 30 de noviembre de 2005 se acordó la incoación del expediente (artículo 241) y se sometió dicho acuerdo a información pública (artículo 242.2) remitiéndose a los interesados en la fecha indicada el citado Acuerdo con los planos correspondientes, así como al Ayuntamiento de Ambite para su exposición en el tablón de anuncios, publicándose con fecha 16 de diciembre de 2005 en el periódico El País y, el 22 del mismo mes en el número 304 del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. El Ayuntamiento de Ambite devolvió el edicto diligenciado el 27 de enero de 2006. Posteriormente, en febrero de 2006, se solicitaron datos de las parcelas colindantes al Ayuntamiento de Ambite y a la Gerencia Territorial del Catastro de Madrid (artículo 242.3), sin que en ambos casos se cumplimentara la solicitud formulada. A continuación, el 7 de septiembre de 2006, de acuerdo con el mismo apartado del artículo citado, se solicitó al Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares 4 la remisión de datos registrales de las parcelas afectadas, lo que cumplimentó con fecha 27 de octubre de 2006. En diciembre de 2006 se redactó la Documentación Previa del expediente, cuyo contenido se ajustaba a lo prescrito en el artículo 242.3 del reglamento del Dominio Público Hidráulico. En concreto, dicha documentación se organizaba en los siguientes puntos:

A. Memoria: En la que se definía el objeto de deslinde, las características del tramo a deslindar, la distribución de la propiedad de las parcelas colindantes de acuerdo con los datos disponibles, y se resumían los estudios realizados en la zona.

B. Solicitudes a organismos oficiales: En este apartado se incluían los escritos dirigidos al Ayuntamiento de Ambite y a la Gerencia Territorial del Catastro de Madrid, solicitando los planos y relación de titulares de las fincas colindantes con sus domicilios respectivos, así como el escrito remitido al Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares 4. C. Levantamiento topográfico. En este punto se exponían los trabajos realizados para la elaboración de la cartografía a escala 1:1.000 del tramo de cauce objeto de deslinde. D. Estudio hidrológico: en el que se determinó el caudal en régimen natural de la máxima crecida ordinaria, resultando ser de 32,70 m3/s en la última sección del tramo. Este Estudio comprende un Análisis pluviométrico de la cuenca vertiente al río Tajuña, un Estudio foronómico de las series de caudales existentes en las estaciones de aforos, y un Estudio hidrometeorológico, en el que se analizó el proceso de transformación precipitación - escorrentía mediante el modelo HEC-HMS. E. Estudio hidráulico: en el que se calcularon los niveles alcanzados en el cauce asociados a la máxima crecida ordinaria, con la finalidad de obtener la delimitación del cauce del tramo del río Tajuña objeto de deslinde. El cálculo se realizó con el modelo HEC-RAS en la hipótesis de régimen permanente y gradualmente variado. F. Propuesta de deslinde: a partir de los resultados obtenidos en el estudio hidráulico, y tras contrastar dichos resultados con las características topográficas y geomorfológicas del terreno, se representó la superficie inundada por la máxima crecida ordinaria en la cartografía 1:1.000.

Con fecha 22 de diciembre de 2006 se abrió el período de información pública previsto en el artículo 242.4, con el otorgamiento de un mes de plazo para el examen de la documentación aprobada y la formulación, en su caso, de las alegaciones que se estimasen convenientes.

Dicha información pública se realizó mediante anuncio en el número 24 del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el periódico El País, publicados respectivamente con fechas 29 y 19 de enero de 2007, así como notificación individual a los propietarios colindantes y titulares de derechos afectados por el deslinde. Igualmente se remitió Edicto para su exposición en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Ambite, que lo devolvió diligenciado con fecha 21 de febrero de 2007. Simultáneamente a la apertura del trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 242.5 se solicitó informe a la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid en relación con las cuestiones propias de sus competencias, lo que cumplimentó con fecha 26 de febrero de 2007. Asimismo, de acuerdo con el citado artículo, se solicitó informe similar al Ayuntamiento de Ambite, requiriendo la suspensión cautelar del otorgamiento de licencias de obras en el ámbito afectado por el deslinde, no recibiéndose contestación. Con fecha 11 de mayo de 2007 se remitió citación a los interesados para el acto de reconocimiento sobre el terreno, replanteo de las líneas de dominio público hidráulico de la Propuesta de deslinde y levantamiento del acta correspondiente. Igualmente, con fecha 11 de mayo de 2007 se remitieron sendos Edictos al Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y al Ayuntamiento de Ambite para su publicación y su exposición al público en el tablón de anuncios respectivamente. El Boletín publicó el anuncio en el número 127, con fecha 30 de mayo de 2007 y el Ayuntamiento lo devolvió diligenciado el 31 de mayo. El acto de replanteo sobre el terreno de las líneas de dominio público hidráulico tuvo lugar durante los días 12, 13 y 14 de junio 2007, recogiéndose las manifestaciones de los interesados en las actas que obran en el expediente. Con los titulares de parcelas interesadas en el expediente que no pudieron ser identificados ni notificados se siguieron las actuaciones previstas en el artículo 59.5 de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común para este supuesto. Los titulares indicados fueron convocados para un nuevo acto de reconocimiento sobre el terreno el día 15 de noviembre de 2007. La convocatoria se realizó mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (n.º 257) de 26 de octubre de 2007 y mediante edictos remitidos a los Ayuntamientos del último domicilio conocido para su exposición en sus respectivos tablones de anuncios. El Ayuntamiento de Arganda del Rey lo devolvió diligenciado el 12 de noviembre de 2007, el día 13 del mismo mes lo hizo el Ayuntamiento de Madrid y el día 15 el Ayuntamiento de Ambite. En dicho acto se levantó el acta correspondiente. A la vista de las operaciones practicadas, de las manifestaciones formuladas y recogidas en las Actas de reconocimiento sobre el terreno y replanteo de la línea de deslinde, y analizadas las alegaciones contenidas en ellas, en diciembre de 2007 se formuló el Proyecto de Deslinde, de acuerdo con el artículo 242.bis 3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico. El citado Proyecto contenía una Memoria descriptiva de los trabajos efectuados, el análisis razonado de cuantas alegaciones se habían formulado hasta la fecha y el criterio del servicio, así como plano a escala 1:1.000 en el que se representaba el trazado de la línea de deslinde propuesta. Con fecha 4 de diciembre de 2007 se inició el trámite de información pública del Proyecto de Deslinde, de acuerdo con el artículo 242.bis.4 del citado Reglamento del Dominio Público Hidráulico, mediante la remisión de Edicto al Ayuntamiento de Ambite. Con la misma fecha se remitieron las notificaciones correspondientes a los interesados, otorgándose al efecto plazo de quince días para formular las alegaciones que estimasen convenientes. Igualmente se remitió Edicto al Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid para su publicación, lo que tuvo lugar el 27 de diciembre de 2007 en el boletín número 308. El Ayuntamiento de Ambite devolvió el Edicto diligenciado con fecha 9 de enero de 2008. No se formularon alegaciones al Proyecto de Deslinde de diciembre de 2007 durante el período de información pública. Con fecha 31 de enero de 2008 se remitió el expediente al Servicio Jurídico del Estado para los efectos prevenidos en el artículo 242.bis.5 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico. Con fecha 22 de febrero de 2008 el Servicio Jurídico del Estado emitió informe favorable.

2. Fundamentos de derecho.

La Ley de Aguas, según el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001 de 20 de julio, relaciona en su artículo 2.b) a los cauces de corrientes naturales continuas o discontinuas como integrantes del dominio público hidráulico del Estado. Por su parte, el artículo 4 de la citada Ley define el álveo o cauce natural de una corriente continua o discontinua como el terreno cubierto por las aguas en sus máximas crecidas ordinarias.

El artículo 4 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico de 11 de abril de 1986 considera caudal de la máxima crecida ordinaria a la media de los máximos caudales anuales, producidos en su régimen natural durante un período de diez años consecutivos, que sean representativos del comportamiento hidráulico de la corriente. El artículo 95 del Texto Refundido de la Ley de Aguas encomienda a los Organismos de cuenca el apeo y deslinde de los cauces de dominio público. Según lo establecido en el citado artículo, el deslinde declara la posesión y titularidad dominical a favor del Estado, y la Resolución de aprobación será título suficiente para rectificar inscripciones contradictorias, siempre que haya intervenido en el expediente el titular registral, como así acontece en el presente caso. Si los bienes deslindados son de dominio público (inalienables, inembargables e imprescriptibles), habrá que otorgar por tanto a la resolución aprobatoria del deslinde el carácter de declarativa de dominio, y no sólo de estados posesorios. El Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo, que modifica parcialmente el Reglamento del Dominio Público Hidráulico de 1986, regula el procedimiento a seguir en la tramitación de los expedientes de apeo y deslinde de los cauces públicos en los artículos 240 a 242.ter., a cuyas prescripciones se ha ajustado la tramitación del presente expediente. Dado que no se han presentado alegaciones al Proyecto de Deslinde, se considera que procede mantener en todos sus puntos el criterio que sirvió de base para su elaboración. En consecuencia, de acuerdo con los antecedentes expuestos y fundamentos de derecho citados, Esta Confederación Hidrográfica del Tajo, en virtud de la competencia otorgada por el artículo 22.2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, artículo 33 del Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica aprobado por el Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, Real Decreto 984/1989, de 28 de julio, de acuerdo con la Propuesta de la Comisaría de Aguas y visto el informe del Servicio Jurídico del Estado, ha resuelto:

1. Aprobar el expediente de apeo y deslinde del dominio público hidráulico de un tramo del río Tajuña en el t.m. de Ambite (Madrid), desde 150 metros aguas arriba del Molino del Batán hasta el límite del t.m. de Orusco (Madrid), (Ref: 116.354/05), resultando una superficie de dominio público hidráulico de 88.215 m2.

2. Aprobar la línea de dominio público hidráulico representada en el plano 1:1000 que se acompaña. La ubicación de las estacas que la señalan sobre el terreno, igualmente representadas en el citado plano, es la definida por las coordenadas U.T.M. que se reflejan en el siguiente cuadro:

Relación de coordenadas de las estacas Margen derecha

Estaca

UTM-X

UTM-Y

E-2

485,632.01

4,465,019.69

E-4

485,562.05

4,464,900.06

E-6

485,461.03

4,464,844.19

E-8

485,352.84

4,464,692.82

E-10

485,236.18

4,464,532.26

E-12

485,047.30

4,464,438.48

E-14

484,862.24

4,464,229.25

E-16

484,797.51

4,464,143.63

E-18

484,612.25

4,463,879.70

E-20

484,528.58

4,463,776.29

E-22

484,286.88

4,463,574.23

E-24

484,115.93

4,463,508.10

E-26

483,980.91

4,463,468.01

E-28

483,882.70

4,463,404.31

E-30

483,781.72

4,463,295.66

E-32

483,696.52

4,463,193.92

E-34

483,704.10

4,462,956.52

E-36

483,747.38

4,462,725.65

E-38

483,657.45

4,462,583.46

E-40

483,641.58

4,462,494.12

E-42

483,671.56

4,462,278.03

E-44

483,599.30

4,462,117.97

E-46

483,634.13

4,461,931.69

E-48

483,597.11

4,461,818.00

Margen izquierda

Estaca

UTM-X

UTM-Y

E-1

485,645.25

4,465,012.08

E-3

485,587.30

4,464,884.45

E-5

485,371.55

4,464,806.65

E-7

485,303.50

4,464,553.00

E-9

485,165.19

4,464,422.29

E-11

484,971.22

4,464,374.49

E-13

484,940.44

4,464,277.21

E-15

484,843.43

4,464,197.16

E-17

484,785.65

4,464,057.40

E-19

484,721.02

4,463,925.21

E-21

484,590.73

4,463,813.40

E-23

484,431.60

4,463,692.08

E-25

484,241.48

4,463,524.26

E-27

484,137.39

4,463,413.11

E-29

484,144.74

4,463,379.08

E-31

484,019.23

4,463,431.98

E-33

483,987.60

4,463,447.32

E-35

483,844.38

4,463,402.47

E-37

483,753.83

4,463,261.77

E-39

483,743.26

4,463,080.76

E-41

483,703.61

4,462,824.32

E-43

483,697.26

4,462,681.29

E-45

483,690.42

4,462,523.47

E-47

483,712.09

4,462,348.20

E-49

483,677.12

4,462,192.25

E-51

483,637.00

4,462,040.54

E-53

483,609.77

4,461,874.49

E-55

483,621.91

4,461,815.78

Se significa que esta Resolución es firme en vía administrativa, pudiendo presentarse Recurso potestativo de Reposición en el plazo de un mes. Con carácter alternativo puede interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de la misma jurisdicción o la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de su notificación.» No habiéndose podido practicar la notificación de la anterior Resolución a los propietarios de las parcelas colindantes con el cauce que se relacionan a continuación, por resultar desconocidos o por ignorarse el lugar o el medio que permitiera tener constancia de la recepción por el interesado o su representante, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, sobre notificaciones, se hace público el presente Anuncio.

PARCELA

TITULAR

MUNICIPIO

PROVINCIA

POL

PARC

TITULAR

DOMICILIO

C.P.

MUNICIPIO

PROVINCIA

AMBITE.

MADRID.

4

68

RAMIRO ROMERO SA Y HJ.

-

28580

AMBITE.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

4

69

RAMIRO ROMERO SA Y HJ.

-

28580

AMBITE.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

4

70

RAMIRO ROMERO SA Y HJ.

-

28580

AMBITE.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

4

71

RAMIRO ROMERO SA Y HJ.

-

28580

AMBITE.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

4

72

RAMIRO ROMERO SA Y HJ.

-

28580

AMBITE.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

4

75

MARTINEZ GOMEZ FLORENTINO.

-

28580

AMBITE.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

4

85

BACHILLER JIMENEZ EPIFANIO.

CL RESIDENCIA ANCIANOS.

28500

ARGANDA DEL REY.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

4

94

MORAL CORREDOR DAMIAN DEL.

-

28580

AMBITE.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

4

99

MORAL PEREZ JESUS Y HM Y HM.

-

28580

AMBITE.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

4

100

GARCIA MATILLA MOISES.

CL POZAS 11.

28004

MADRID.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

4

107

FERNANDEZ GOMEZ MERCEDES.

-

28580

AMBITE.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

4

181

PARADA DIAZ PAZ.

PZ LA CONSTITUCION 1.

19113

FUENTENOVILLA.

GUADALAJARA.

AMBITE.

MADRID.

4

208

RAMIRO ROMERO SA Y HJ.

-

28580

AMBITE.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

4

209

BACHILLER CORREGIDOR MARIANO.

AV LOS ALMENDROS 132.

28529

RIVAS-VACIAMADRID.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

18

MARTINEZ CORREGIDOR TOMAS.

CR VILLAVERDE A VALLECAS 318 Pl:03 Pt:D.

28031

MADRID.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

87

PERAL OSMA JULIANA.

CL CAMINO VINATEROS, 99 Pl: 7.

28030

MADRID.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

115

MACHON PEREZ MARIA GUADALUPE.

CL RIO ZANCARA 6.

28935

MOSTOLES.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

115

TORRES PEREZ MEDEL FEDERICO.

PZ DEL CAUDILLO 4.

28580

AMBITE.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

123

CARMONA ACEBRON GUADALUPE.

CL HERMANO GARATE 5 Pl: 7 Pt: D.

28020

MADRID.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

124

ACEBRON MACHON ANGELITA.

-

28580

AMBITE.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

129

LOPEZ GONZALEZ PEDRO JUAN.

CL BUENAVISTA 13 Pl:4 Pt:IZ.

28012

MADRID.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

150

SEGOVIA RUFINO.

-

28580

AMBITE.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

160

LOPEZ CORDOBES PETRA.

CM ARCA 295.

28580

AMBITE.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

165

CORREGIDOR GOMEZ HILARIO.

CL SAN JAIME 52 Pl:3 Pt:D.

28031

MADRID.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

174

LOPEZ GONZALEZ PEDRO JUAN.

CL BUENAVISTA 13 Pl:4 Pt: IZ.

28012

MADRID.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

176

ALCOBENDAS MARTINEZ ARTURO.

CL MAQUEDA 5 Pl:2 Pt:B.

28024

MADRID.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

202

LOPEZ MORAL ADRIAN.

-

28580

AMBITE.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

203

ALFARO GOMEZ MARIA.

-

28580

AMBITE.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

222

MEGIA DEL MORAL VICENTE.

CL LAS VIÑAS 50.

28580

AMBITE.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

223

LOPEZ CARMONA CLEMENTE.

-

28580

AMBITE.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

231

RODRIGUEZ VIERA MARCELINA.

-

28580

AMBITE.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

240

BACHILLER JIMENEZ EPIFANIO.

CL RESIDENCIA ANCIANOS.

28500

ARGANDA DEL REY.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

240

BACHILLER JIMENEZ MARIA.

CL CARLOS RUIZ 10.

28038

MADRID.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

249

ALCOBENDAS MARTINEZ VICENTE.

CL GUADALHORCE 8.

28250

TORRELODONES.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

256

CUESTA CORREGIDOR BERNARDO.

CL TTE CORONEL MADARIAGA 12.

28580

AMBITE.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

261

OCAÑA GONZALEZ FELIX.

AV LOS ALMENDROS 132.

28529

RIVAS-VACIAMADRID.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

277

TORRES RAMOS JUAN ANGEL Y HR Y HR.

-

28580

AMBITE.

MADRID.

AMBITE.

MADRID.

7

312

MAESO BARCALA MARIANO.

CL ALMAGRO 7.

28010

MADRID.

MADRID.

Madrid, 21 de mayo de 2008.-El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo, P.D. (Resolución de 13 de julio de 2005, «BOE» 185, de 4 de agosto de 2005), el Comisario de Aguas, José Antonio Díaz Lázaro-Carrasco.

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