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Documento BOE-B-2008-139051

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Tajo sobre notificación de la Resolución del expediente de apeo y deslinde del Dominio Público Hidráulico de un tramo del río Tajuña desde el T.M. de Pezuela de las Torres hasta 150 metros aguas arriba del Molino del Batán en el T.M. de Ambite, varios TT.MM. de Guadalajara y Madrid. Expte.: 116.353/05. IP8/34.

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 9 de junio de 2008, páginas 7302 a 7305 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2008-139051

TEXTO

La Confederación Hidrográfica del Tajo, en virtud del artículo 241 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, y modificado por Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo, incoó de oficio mediante acuerdo de fecha 6 de febrero de 2006, el procedimiento administrativo de apeo y deslinde del dominio público hidráulico, de un tramo del río Tajuña desde el T.M. de Pezuela de las Torres hasta 150 metros aguas arriba del Molino del Batán en el T.M. de Ambite, varios TT.MM. de Guadalajara y Madrid; referencia expediente: 116.353/05. En la tramitación del expediente se ha seguido lo establecido en el Reglamento del Dominio Público citado, dictándose con fecha 9 de abril de 2008 por la Presidencia del Organismo la siguiente Resolución:

«1. Antecedentes

La Confederación Hidrográfica del Tajo incoó, de oficio, en febrero de 2006, el expediente 116.353/05 de deslinde del dominio público hidráulico (ambas márgenes) de un tramo de cauce del río Tajuña de 13,83 km desde el término municipal de Pezuela de las Torres hasta 150 metros aguas arriba del Molino del Batán en el término municipal de Ambite, varios términos municipales de Guadalajara (Mondéjar y Fuentenovilla) y Madrid (Pezuela de las Torres y Ambite).

En la tramitación hasta la fecha del expediente de deslinde se han seguido los pasos previstos en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico en su redacción dada por el Real Decreto 606/2003 de 23 de mayo. Con fecha 6 de febrero de 2006 se acordó la incoación del expediente (artículo 241) y se sometió dicho acuerdo a información pública (artículo 242.2) remitiéndose a los interesados en la fecha indicada el citado Acuerdo con los planos correspondientes, así como a los Ayuntamientos de Ambite, Pezuela de las Torres, Fuentenovilla y Mondéjar para su exposición en el tablón de anuncios, publicándose con fecha 14 de febrero de 2006 en el diario La Nueva Alcarria, el 16 de febrero de 2006 en el periódico El País, el 23 de febrero de 2006 en el número 46 del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, y el 27 del mismo mes en el número 254 del Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara. El Ayuntamiento de Ambite devolvió el edicto diligenciado el 23 de marzo de 2006, el 4 de abril y 4 de mayo lo hicieron los Ayuntamientos de Pezuela de las Torres y Mondéjar respectivamente. Posteriormente, en abril de 2006, se solicitaron datos de las parcelas colindantes a los Ayuntamientos de Ambite, Pezuela de las Torres, Fuentenovilla y Mondéjar y a las Gerencias Territoriales del Catastro de Madrid y de Guadalajara (artículo 242.3), lo que cumplimentó el Ayuntamiento de Ambite con fecha 10 de mayo de 2006, el 11 de mayo de 2006 la Gerencia del Catastro de Guadalajara, el 24 de mayo de 2006 la Gerencia del Catastro de Madrid, y el 20 de julio de 2006 el Ayuntamiento de Mondéjar, sin que los dos Ayuntamientos restantes cumplimentaran la solicitud formulada. A continuación, el 7 de septiembre de 2006, de acuerdo con el mismo apartado del artículo citado, se solicitó a los Registros de la Propiedad de Pastrana y de Alcalá de Henares 4 la remisión de datos registrales de las parcelas afectadas, lo que cumplimentaron con fechas 26 de septiembre de 2006 y 27 de octubre de 2006 respectivamente. En enero de 2007 se redactó la Documentación Previa del expediente, cuyo contenido se ajustaba a lo prescrito en el artículo 242.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico. En concreto, dicha documentación se organizaba en los siguientes puntos:

A) Memoria: en la que se definía el objeto de deslinde, las características del tramo a deslindar, la distribución de la propiedad de las parcelas colindantes de acuerdo con los datos disponibles y se resumían los estudios realizados en la zona.

B) Solicitudes a organismos oficiales: en este apartado se incluían los escritos dirigidos a los Ayuntamientos de Ambite, Pezuela de las Torres, Fuentenovilla y Mondéjar y a las Gerencias Territoriales del Catastro de Madrid y Guadalajara, solicitando los planos y relación de titulares de las fincas colindantes con sus domicilios respectivos, así como los escritos remitidos a los Registros de la Propiedad de Pastrana y de Alcalá de Henares 4. C) Levantamiento topográfico. En este punto se exponían los trabajos realizados para la elaboración de la cartografía a escala 1:1.000 del tramo de cauce objeto de deslinde. D) Estudio hidrológico: en el que se determinó el caudal en régimen natural de la máxima crecida ordinaria, resultando ser de 25,49 m3/s en todo el tramo. Este Estudio comprende un Análisis pluviométrico de la cuenca vertiente al río Tajuña, un Estudio foronómico de las series de caudales existentes en las estaciones de aforos, y un Estudio hidrometeorológico, en el que se analizó el proceso de transformación precipitación-escorrentía mediante el modelo HEC-HMS. E) Estudio hidráulico: en el que se calcularon los niveles alcanzados en el cauce asociados a la máxima crecida ordinaria, con la finalidad de obtener la delimitación del cauce del tramo del río Tajuña objeto de deslinde. El cálculo se realizó con el modelo HEC-RAS en la hipótesis de régimen permanente y gradualmente variado. F) Propuesta de deslinde: a partir de los resultados obtenidos en el estudio hidráulico, y tras contrastar dichos resultados con las características topográficas y geomorfológicas del terreno, se representó la superficie inundada por la máxima crecida ordinaria en la cartografía 1:1.000.

Con fecha 30 de enero de 2007 se abrió el período de información pública previsto en el artículo 242.4, con el otorgamiento de un mes de plazo para el examen de la documentación aprobada y la formulación, en su caso, de las alegaciones que se estimasen convenientes.

Dicha información pública se realizó mediante anuncios en el número 25 del Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, y en el número 54 del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, publicados respectivamente con fechas 26 de febrero y 5 de marzo de 2007, mediante sendos anuncios en los periódicos diarios La Nueva Alcarria y El País, con fecha 22 y 23 de febrero de 2007 respectivamente, así como notificación individual a los propietarios colindantes y titulares de derechos afectados por el deslinde. Igualmente se remitieron Edictos para su exposición en el Tablón de Anuncios a los Ayuntamientos de Ambite, Pezuela de las Torres, Fuentenovilla y Mondéjar. Todos ellos lo devolvieron diligenciado con fechas 22, 22, 26 y 21 de marzo de 2007 respectivamente. Simultáneamente a la apertura del trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 242.5 se solicitaron informes a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid y a la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha en relación con las cuestiones propias de sus competencias, lo que cumplimentaron con fechas 4 de junio de 2007 y 13 de agosto de 2007 respectivamente. Asimismo, de acuerdo con el citado artículo, se solicitó informe similar a los Ayuntamientos de Ambite, Pezuela de las Torres, Fuentenovilla y Mondéjar, requiriendo la suspensión cautelar del otorgamiento de licencias de obras en el ámbito afectado por el deslinde, no recibiéndose contestación. Con fecha 24 de mayo de 2007 se remitió citación a los interesados para el acto de reconocimiento sobre el terreno, replanteo de las líneas de dominio público hidráulico de la Propuesta de deslinde y levantamiento del acta correspondiente. Además, como organismos afectados, se convocó a los Ayuntamientos de Ambite, Pezuela de las Torres, Fuentenovilla y Mondéjar, a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid y a la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha. La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, en escrito de fecha 4 de junio de 2007, informó de que el río Tajuña y sus riberas tienen la consideración de Lugar de Importancia Comunitaria, integrado en la Red Natura 2000 de Espacios Naturales Protegidos. Igualmente, con fecha 24 de mayo de 2007 se remitieron sendos edictos al Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y al Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, que fueron publicados el 6 y el 18 de junio de 2007, en los números 68 y 143 respectivamente. En la misma fecha, se remitieron los edictos a los Ayuntamientos de Ambite, Pezuela de las Torres, Fuentenovilla y Mondéjar para su publicación y su exposición al público en el tablón de anuncios. El Ayuntamiento de Ambite lo devolvió diligenciado el 14 de junio de 2007, al igual que el Ayuntamiento de Fuentenovilla. Con fechas 18 y 25 de junio de 2007 lo cumplimentaron los Ayuntamientos de Mondéjar y Pezuela de las Torres respectivamente. El acto de replanteo sobre el terreno de las líneas de dominio público hidráulico tuvo lugar durante los días 18, 19, 20, 21, 25 y 26 de junio 2007, recogiéndose las manifestaciones de los interesados en las actas que obran en el expediente. Con los titulares de parcelas interesadas en el expediente que no pudieron ser identificados ni notificados se siguieron las actuaciones previstas en el artículo 59.5 de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común para este supuesto. Los titulares indicados fueron convocados para un nuevo acto de reconocimiento sobre el terreno el día 15 de noviembre de 2007. La convocatoria se realizó mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (nº 257) de 26 de octubre de 2007 y mediante edictos remitidos a los Ayuntamientos del último domicilio conocido para su exposición en sus respectivos tablones de anuncios. Con fechas 8, 10, 13, 14, 15, 15, 16 y 26 de noviembre de 2007 los devolvieron diligenciados los Ayuntamientos de Fuentenovilla, Guadalajara, Madrid, Alcalá de Henares, Santorcaz, Ambite, Pezuela de las Torres y Mondéjar respectivamente. En dicho acto se levantó el acta correspondiente. A la vista de las operaciones practicadas, de las manifestaciones formuladas y recogidas en las Actas de reconocimiento sobre el terreno y replanteo de la línea de deslinde, y analizadas las alegaciones contenidas en ellas, en diciembre de 2007 se formuló el Proyecto de Deslinde, de acuerdo con el artículo 242.bis 3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico. El citado Proyecto contenía una Memoria descriptiva de los trabajos efectuados, el análisis razonado de cuantas alegaciones se habían formulado hasta la fecha y el criterio del servicio, así como plano a escala 1:1.000 en el que se representaba el trazado de la línea de deslinde propuesta. Con fecha 4 de diciembre de 2007 se inició el trámite de información pública del Proyecto de Deslinde, de acuerdo con el artículo 242.bis. 4 del citado Reglamento del Dominio Público Hidráulico, mediante la remisión de Edictos a los Ayuntamientos de Ambite, Pezuela de las Torres, Fuentenovilla y Mondéjar. Con la misma fecha se remitieron las notificaciones correspondientes a los interesados, otorgándose al efecto plazo de quince días para formular las alegaciones que estimasen convenientes. Igualmente se remitieron sendos Edictos para su publicación al Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, lo que tuvo lugar el 27 de diciembre de 2007 en el boletín número 308, y al Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, que fue publicado el 19 de diciembre de 2007 en su número 152. El Ayuntamiento de Fuentenovilla devolvió el Edicto diligenciado con fecha 3 de enero de 2008, el día 9 del mismo mes lo cursó el Ayuntamiento de Ambite, el 15 lo hizo el Ayuntamiento de Mondéjar, y el 21 lo expidió el Ayuntamiento de Pezuela de las Torres. No se formularon alegaciones al Proyecto de Deslinde de diciembre de 2007 durante el período de información pública. Con fecha 31 de enero de 2008 se remitió el expediente al Servicio Jurídico del Estado para los efectos prevenidos en el artículo 242.bis.5 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico. Con fecha 8 de abril de 2008 el Servicio Jurídico del Estado emitió informe favorable.

2. Fundamentos de Derecho

La Ley de Aguas, según el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001 de 20 de julio, relaciona en su artículo 2.b) a los cauces de corrientes naturales continuas o discontinuas como integrantes del dominio público hidráulico del Estado. Por su parte, el artículo 4 de la citada Ley define el álveo o cauce natural de una corriente continua o discontinua como el terreno cubierto por las aguas en sus máximas crecidas ordinarias. El artículo 4 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico de 11 de abril de 1986 considera caudal de la máxima crecida ordinaria a la media de los máximos caudales anuales, producidos en su régimen natural durante un período de diez años consecutivos, que sean representativos del comportamiento hidráulico de la corriente.

El artículo 4 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico de 11 de abril de 1986 considera caudal de la máxima crecida ordinaria a la media de los máximos caudales anuales, producidos en su régimen natural durante un período de diez años consecutivos, que sean representativos del comportamiento hidráulico de la corriente. El artículo 95 del Texto Refundido de la Ley de Aguas encomienda a los Organismos de cuenca el apeo y deslinde de los cauces de dominio público. Según lo establecido en el citado artículo, el deslinde declara la posesión y titularidad dominical a favor del Estado, y la Resolución de aprobación será título suficiente para rectificar inscripciones contradictorias, siempre que haya intervenido en el expediente el titular registral, como así acontece en el presente caso. Si los bienes deslindados son de dominio público (inalienables, inembargables e imprescriptibles), habrá que otorgar por tanto a la resolución aprobatoria del deslinde el carácter de declarativa de dominio, y no sólo de estados posesorios. El Real Decreto 606/2003 de 23 de Mayo, que modifica parcialmente el Reglamento del Dominio Público Hidráulico de 1986, regula el procedimiento a seguir en la tramitación de los expedientes de apeo y deslinde de los cauces públicos en los artículos 240 a 242.ter., a cuyas prescripciones se ha ajustado la tramitación del presente expediente. Dado que no se han presentado alegaciones al Proyecto de Deslinde, se considera que procede mantener en todos sus puntos el criterio que sirvió de base para su elaboración. En consecuencia, de acuerdo con los antecedentes expuestos y fundamentos de derecho citados, Esta Confederación Hidrográfica del Tajo, en virtud de la competencia otorgada por el artículo 22.2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, artículo 33 del Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica aprobado por el Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, Real Decreto 984/1989, de 28 de julio, de acuerdo con la Propuesta de la Comisaría de Aguas y visto el informe del Servicio Jurídico del Estado, ha resuelto:

1. Aprobar el expediente de apeo y deslinde del dominio público hidráulico de un tramo del río Tajuña desde el T.M. de Pezuela de las Torres hasta 150 metros aguas arriba del Molino del Batán en el T.M. de Ambite, varios TT.MM. de Guadalajara y Madrid, (Ref: 116.353/05), resultando una superficie de dominio público hidráulico de 155.661 m2.

2. Aprobar la línea de dominio público hidráulico representada en el plano 1:1000 que se acompaña. La ubicación de las estacas que la señalan sobre el terreno, igualmente representadas en el citado plano, es la definida por las coordenadas U.T.M. que se reflejan en el siguiente cuadro:

Relación de coordenadas de las estacas

Margen derecha

Estaca

UTM-X

UTM-Y

E-2

488,248.90

4,473,465.69

E-4

488,176.46

4,473,453.80

E-6

488,099.19

4,473,468.41

E-8

488,007.26

4,473,333.36

E-10

487,991.50

4,473,165.95

E-12

488,032.42

4,472,987.30

E-14

487,976.71

4,472,865.14

E-16

487,886.40

4,472,736.40

E-18

487,964.42

4,472,662.66

E-20

488,058.62

4,472,583.00

E-22

487,977.54

4,472,455.33

E-24

487,967.12

4,472,199.09

E-26

487,874.84

4,472,019.50

E-28

487,894.34

4,471,895.70

E-30

487,931.22

4,471,718.86

E-32

487,859.06

4,471,454.72

E-34

487,885.06

4,471,203.60

E-36

487,857.46

4,471,097.82

E-38

487,835.07

4,470,987.49

E-40

487,940.58

4,470,905.29

E-42

487,965.48

4,470,702.51

E-44

488,023.21

4,470,535.37

E-46

488,092.96

4,470,384.46

E-48

488,189.88

4,470,145.23

E-50

488,162.35

4,469,970.05

E-52

488,238.12

4,469,797.64

E-54

488,408.88

4,469,598.31

E-56

488,435.56

4,469,419.86

E-58

488,508.75

4,469,261.19

E-60

488,552.77

4,469,058.55

E-62

488,519.92

4,468,899.62

E-64

488,497.98

4,468,705.24

E-66

488,560.65

4,468,552.23

E-68

488,473.51

4,468,469.91

E-70

488,455.70

4,468,316.76

E-72

488,434.24

4,468,238.42

E-74

488,399.56

4,468,129.70

E-76

488,309.32

4,468,061.56

E-78

488,093.72

4,467,990.42

E-80

488,110.04

4,467,921.62

E-82

488,007.69

4,467,797.84

E-84

487,904.76

4,467,640.87

E-86

487,969.14

4,467,483.43

E-88

487,927.96

4,467,403.91

E-90

487,887.30

4,467,158.43

E-92

488,126.48

4,467,106.70

E-94

488,120.34

4,466,935.97

E-96

487,929.67

4,466,833.43

E-98

487,737.18

4,466,843.12

E-100

487,629.10

4,466,741.30

E-102

487,605.76

4,466,513.99

E-104

487,419.32

4,466,467.22

E-106

487,490.89

4,466,406.22

E-108

487,390.38

4,466,360.53

E-110

487,312.90

4,466,352.74

E-112

487,203.36

4,466,239.22

E-114

487,122.52

4,466,079.59

E-116

486,899.97

4,466,008.88

E-118

486,714.26

4,465,899.88

E-120

486,578.97

4,465,769.19

E-122

486,469.05

4,465,716.91

E-124

486,387.58

4,465,631.74

E-126

486,371.14

4,465,546.76

E-128

486,296.55

4,465,349.84

E-130

486,160.28

4,465,259.33

E-132

486,069.43

4,465,149.76

E-134

485,991.59

4,465,063.78

E-136

485,795.07

4,465,038.78

E-138

485,647.35

4,465,073.35

Margen izquierda

Estaca

UTM-X

UTM-Y

E-1

488,268.46

4,473,441.77

E-3

488,141.74

4,473,443.68

E-5

488,067.73

4,473,422.34

E-7

487,959.26

4,473,281.48

E-9

487,998.13

4,473,118.52

E-11

487,973.87

4,472,920.11

E-13

487,883.73

4,472,791.95

E-15

488,022.34

4,472,670.30

E-17

488,042.54

4,472,704.27

E-19

488,096.98

4,472,719.08

E-21

488,003.84

4,472,491.59

E-23

487,969.18

4,472,310.66

E-25

487,922.85

4,472,086.82

E-27

487,960.22

4,471,971.92

E-29

487,906.36

4,471,762.22

E-31

487,902.76

4,471,565.08

E-33

487,885.78

4,471,318.68

E-35

487,935.37

4,471,172.92

E-37

487,948.00

4,471,112.35

E-39

487,945.65

4,470,970.44

E-41

487,920.14

4,470,793.90

E-43

487,961.76

4,470,625.69

E-45

488,094.54

4,470,525.49

E-47

488,138.29

4,470,237.31

E-49

488,199.58

4,470,073.74

E-51

488,226.90

4,469,892.84

E-53

488,342.14

4,469,708.64

E-55

488,467.24

4,469,530.98

E-57

488,459.49

4,469,373.25

E-59

488,553.15

4,469,182.23

E-61

488,559.25

4,469,024.83

E-63

488,502.21

4,468,777.45

E-65

488,585.16

4,468,617.89

E-67

488,501.31

4,468,435.48

E-69

488,438.36

4,468,339.08

E-71

488,394.99

4,468,243.59

E-73

488,341.63

4,468,131.80

E-75

488,310.56

4,467,997.79

E-77

488,144.87

4,467,991.74

E-79

488,066.57

4,467,876.39

E-81

487,934.94

4,467,716.64

E-83

487,897.69

4,467,541.54

E-85

487,910.37

4,467,464.64

E-87

487,876.05

4,467,307.93

E-89

487,942.31

4,467,110.38

E-91

488,185.98

4,467,084.79

E-93

488,130.51

4,466,901.01

E-95

488,010.42

4,466,842.10

E-97

487,921.13

4,466,810.17

E-99

487,751.01

4,466,829.38

E-101

487,665.36

4,466,691.71

E-103

487,572.22

4,466,492.35

E-105

487,448.85

4,466,403.55

E-107

487,439.03

4,466,354.98

E-109

487,329.36

4,466,390.53

E-111

487,232.77

4,466,290.32

E-113

487,183.38

4,466,134.18

E-115

486,966.43

4,466,040.56

E-117

486,815.71

4,465,938.61

E-119

486,676.24

4,465,809.79

E-121

486,509.13

4,465,759.84

E-123

486,447.04

4,465,678.09

E-125

486,399.01

4,465,584.12

E-127

486,328.91

4,465,404.43

E-129

486,187.86

4,465,306.62

E-131

486,111.61

4,465,205.22

E-133

486,041.74

4,465,113.73

E-135

485,896.23

4,465,021.75

E-137

485,735.20

4,465,054.84

E-139

485,644.74

4,465,025.80

Se significa que esta Resolución es firme en vía administrativa, pudiendo presentarse Recurso potestativo de Reposición en el plazo de un mes. Con carácter alternativo puede interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de la misma jurisdicción o la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de su notificación.» No habiéndose podido practicar la notificación de la anterior Resolución a los propietarios de las parcelas colindantes con el cauce que se relacionan a continuación, por resultar desconocidos o por ignorarse el lugar o el medio que permitiera tener constancia de la recepción por el interesado o su representante, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, sobre notificaciones, se hace público el presente Anuncio.

Parcela

Titular

Municipio

Provincia

Pol

Parc

Titular

Domicilio

C.P.

Municipio

Provincia

Fuentenovilla.

Guadalajara.

1

45

Valdés Armada, Juan.

Cl. Serrano 137.

28006

Madrid.

Madrid.

Fuentenovilla.

Guadalajara.

1

62

Racimero, Alejandro.

-

19113

Fuentenovilla.

Guadalajara.

Fuentenovilla.

Guadalajara.

1

63

Romo García, Urbano.

Cl. San Juan 21.

19113

Fuentenovilla.

Guadalajara.

Fuentenovilla.

Guadalajara.

1

64

Valdés Armada, Juan.

Cl. Serrano 137.

28006

Madrid.

Madrid.

Fuentenovilla.

Guadalajara.

1

76

Torres Concepción, M. Teresa.

Cl. Cogolludo 1 Es:a Pl:2 Pt:a.

19003

Guadalajara.

Guadalajara.

Fuentenovilla.

Guadalajara.

1

98

Sáez García, Lourdes.

Cl. Gustavo Adolfo Bécquer 17 Pl:bj Pt:b.

28805

Alcalá Henares.

Madrid.

Fuentenovilla.

Guadalajara.

1

98

Sáez García, Susana.

Cl. Alcalde López Casero 3.

28027

Madrid.

Madrid.

Fuentenovilla.

Guadalajara.

1

104

Eusebio Torres, Pablo.

Cl. Mariana Núñez 2.

19110

Mondéjar.

Guadalajara.

Fuentenovilla.

Guadalajara.

1

122

Parada Díaz, Paz de.

-

19113

Fuentenovilla.

Guadalajara.

Fuentenovilla.

Guadalajara.

1

176

Gregorio, Vicente de.

Pz. Mayor 2.

19110

Mondéjar.

Guadalajara.

Fuentenovilla.

Guadalajara.

1

177

Valdés Armada, Juan.

Cl. Serrano 137.

28006

Madrid.

Madrid.

Fuentenovilla.

Guadalajara.

1

194

Valdés Armada, Juan.

Cl. Serrano 137.

28006

Madrid.

Madrid.

Fuentenovilla.

Guadalajara.

1

195

González Martínez, José.

-

19113

Fuentenovilla.

Guadalajara.

Fuentenovilla.

Guadalajara.

1

216

Valdés Armada, Juan.

Cl. Serrano 137.

28006

Madrid.

Madrid.

Fuentenovilla.

Guadalajara.

1

235

Martínez Rivas, Blanca Flor.

Cl. Alameda 5.

28813

Torres de la Alameda.

Madrid.

Fuentenovilla.

Guadalajara.

1

241

Sáez García, Lourdes.

Cl. Gustavo Adolfo Bécquer 17 Pl:bj Pt:b.

28805

Alcalá Henares.

Madrid.

Fuentenovilla.

Guadalajara.

1

241

Sáez García, Susana.

Cl. Alcalde López Casero 3.

28027

Madrid.

Madrid.

Fuentenovilla.

Guadalajara.

1

243

Torres Eusebio, Natalio.

Cl. Ramón Luján 36.

28026

Madrid.

Madrid.

Fuentenovilla.

Guadalajara.

1

285

García Maroto, Pedro.

-

19113

Fuentenovilla.

Guadalajara.

Fuentenovilla.

Guadalajara.

1

287

Rivas Nafría, Trinidad.

Cl. Andrea Doria 13 Pl:1.

28804

Alcalá Henares.

Madrid.

Fuentenovilla.

Guadalajara.

1

290

González Martínez, José.

-

19113

Fuentenovilla.

Guadalajara.

Ambite.

Madrid.

4

13

Torres García, Jacoba de.

Pz Ayuntamiento 1.

28580

Ambite.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

17

López González, Pedro Juan.

Cl. Buenavista 13 Pl:4 Pt:iz.

28012

Madrid.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

23

Corral Yebes, Antonia e Hijos.

Cl. Carlos Ruiz 7.

28580

Ambite.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

23

Corral Yebes, Antonia e Hijos.

Cl. Carlos Ruiz 7.

28580

Ambite.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

28

Mejia Plaza, Demetrio.

Pz Conde Casal 8.

28007

Madrid.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

33

Bachiller Gómez, Candelas.

Cl. Río Segre 5 Pl:6 Pt:d.

28923

Alcorcon.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

40

Mejia Plaza, Demetrio.

Pz Conde Casal 8.

28007

Madrid.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

42

López González, Pedro Juan.

Cl. Buenavista 13 Pl:4 Pt:iz.

28012

Madrid.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

43

Bachiller Jiménez, María.

Cl. Carlos Ruiz 10.

28038

Madrid.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

44

Vázquez Cáceres, Teresiano.

Gt De Los Caidos 1.

28580

Ambite.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

45

Alcobendas Martínez, Arturo.

Cl. Maqueda 5 Pl:2 Pt:b.

28024

Madrid.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

48

Bachiller Gómez, María Dolores.

Cl. Río Segre 5 Pl:6 Pt:d.

28923

Alcorcon.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

49

Gómez Cuchillero, Trinidad Rosa.

Cl. Venancio Martin 39.

28038

Madrid.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

51

Jiménez de Torres, Ángel.

Cl. Entrearroyos 62 Pl:3 Pt:a.

28580

Madrid.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

61

Polo Pérez, Pedro.

-

28500

Ambite.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

62

Bachiller Solana, Justa.

-

28580

Ambite.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

210

Ramiro Romero SA, y Hj.

-

28580

Ambite.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

228

Gomez Cuchillero, Trinidad Rosa.

Cl. Venancio Martin 39.

28038

Madrid.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

230

Corregidor García, José Ignacio.

-

28580

Ambite.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

231

García Gómez, M. Val.

Cl. Nuñez De Guzman 32 Pl:4 Pt:b.

28802

Alcalá Henares.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

234

Machón Pérez, Felipe.

Cl. Molinos 8.

28580

Ambite.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

238

Corregidor de Torres, Guadalupe.

Cl. Luna 6.

28580

Ambite.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

273

Martínez Gómez, Florentino.

Cl. Calvo Sotelo 3.

28580

Ambite.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

288

Machon Pérez, Felipe.

Cl. Molinos 8.

28580

Ambite.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

291

Corregidor de Torres, Guadalupe.

Cl. Luna 6.

28580

Ambite.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

335

Bachiller González, Julián.

-

28580

Ambite.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

338

Torres, Francisco.

-

19110

Mondéjar.

Guadalajara.

Ambite.

Madrid.

4

345

Torres Sanchez, Francisco de.

-

28580

Ambite.

Madrid.

Ambite.

Madrid.

4

376

Tomas Loeches, Marcelino.

Cl. Las Viñas 48.

28580

Ambite.

Madrid.

Pezuela Torres.

Madrid.

4

5090

Hervás de Benito, Jesús Víctor.

-

28812

Pezuela Torres.

Madrid.

Pezuela Torres.

Madrid.

4

5091

Cantos-Figuerola Saiz de Carlos Ramón.

-

28812

Pezuela Torres.

Madrid.

Pezuela Torres.

Madrid.

4

5092

Cantos-Figuerola Saiz de Carlos Ramón.

-

28812

Pezuela Torres.

Madrid.

Pezuela Torres.

Madrid.

4

5093

Cantos-Figuerola Saiz de Carlos Ramón.

-

28812

Pezuela Torres.

Madrid.

Pezuela Torres.

Madrid.

4

5104

Cantos-Figuerola Saiz de Carlos Ramón.

-

28812

Pezuela Torres.

Madrid.

Pezuela Torres.

Madrid.

4

5125

Pérez de Agreda y Peñalba, Ángel.

-

28812

Pezuela Torres.

Madrid.

Pezuela Torres.

Madrid.

4

5140

Hervás de Benito, Pedro.

Cl. Del Agua 2.

28818

Santorcaz.

Madrid.

Pezuela Torres.

Madrid.

4

5146

Díaz Díaz, Antonio.

Av. Albufera 111 Es:1 Pl:1.

28038

Madrid.

Madrid.

Pezuela Torres.

Madrid.

4

5147

Espartosa Díaz, Guadalupe.

Cl. Galileo 11 Es:in Pl:3 Pt:f.

28015

Madrid.

Madrid.

Pezuela Torres.

Madrid.

4

5149

Espartosa Laborda, Encarnación.

Cl. Toboso 142 Pl:2 Pt:d.

28019

Madrid.

Madrid.

Pezuela Torres.

Madrid.

4

5149

Espartosa Laborda, Pablo.

Cl. Tomillo 13 Pl:bj.

28023

Madrid.

Madrid.

Pezuela Torres.

Madrid.

4

5168

García Ruiz, Josefa.

Cl. Jose Celestino Mutis 5 Pl:0.

28028

Madrid.

Madrid.

Pezuela Torres.

Madrid.

4

5171

Alonso Loriente, Manuel.

Cl. La Barca 7.

19005

Guadalajara.

Guadalajara.

Pezuela Torres.

Madrid.

4

5184

Castillo Díaz, Luis.

Cl. Río Tajuña 3 Pl:5 Pt:c.

28803

Alcalá Henares.

Madrid.

Pezuela Torres.

Madrid.

4

5191

Fraile Paez, Gavina.

Cl. Mayor 9.

28812

Pezuela Torres.

Madrid.

Pezuela Torres.

Madrid.

4

5271

Cantos-Figuerola Saiz de Carlos Ramón.

-

28812

Pezuela Torres.

Madrid.

Pezuela Torres.

Madrid.

4

5289

Castillo Díaz, Esteban.

Cl. Santa Ana 1.

28802

Alcalá Henares.

Madrid.

Pezuela Torres.

Madrid.

4

5860

Díaz Díaz, Antonio.

Av. Albufera 111 Es:1 Pl:1.

28038

Madrid.

Madrid.

Pezuela Torres.

Madrid.

4

5861

Yebra Hernández, Santos.

Cl. San Isidro 3 Pl:2 Pt:a.

28807

Alcalá Henares.

Madrid.

Pezuela Torres.

Madrid.

4

15183

Díaz Hervás, M. Jesús.

Av. Reyes Católicos 5 Es:b Pl:5 Pt:1.

28803

Alcalá Henares.

Madrid.

Mondéjar.

Guadalajara.

18

16

López Torres, Brígida.

Cl. Botica 4.

19110

Mondéjar.

Guadalajara.

Mondéjar.

Guadalajara.

18

17

López Torres, Manuela.

Cl. Mayor 33.

19110

Mondéjar.

Guadalajara.

Mondéjar.

Guadalajara.

18

25

López Sánchez, Enrique.

Cr Perales 65.

19110

Mondéjar.

Guadalajara.

Mondéjar.

Guadalajara.

18

55

Comunidad de Regantes.

Pz Mayor 2.

19110

Mondéjar.

Guadalajara.

Mondéjar.

Guadalajara.

18

69

Eusebio Pérez, Pedro.

Cl. Mayor 23.

19110

Mondéjar.

Guadalajara.

Mondéjar.

Guadalajara.

18

74

Ocaña González, Félix.

Av. Los Almendros 132.

28529

Rivas-Vaciamadrid.

Madrid.

Mondéjar.

Guadalajara.

18

75

Ocaña González, Félix.

Av. Los Almendros 132.

28529

Rivas-Vaciamadrid.

Madrid.

Mondéjar.

Guadalajara.

18

78

Torres Martínez, Guadalupe.

Cl. Moncada 102 Pl:7 Pt:c.

28021

Madrid.

Madrid.

Madrid, a 29 de mayo de 2008.-El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo, P.D., el Comisario de Aguas (Resolución de 13/07/2005, BOE n.º 185, de 4 de agosto de 2005), José Antonio Díaz Lázaro-Carrasco.

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