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Documento BOE-B-2008-141121

Resolución de la Delegación Provincial en Cádiz de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, por la que se reconoce a Sociedad Gestora de Parques Eólicos de Castilla y León, S.A., la Utilidad Pública en concreto de la línea eléctrica aérea de 66 kV (S/C) que discurre entre la S.E.T. «La Rabia» y el Apoyo entronque de la línea de evacuación del P.E. «El Olivillo»-S.E.T. «Puerto de Santa María». Nuestra Referencia: SIEM/E/AFA/JDC/mpb. Expediente: AT-8418/06.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 11 de junio de 2008, páginas 7454 a 7454 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2008-141121

TEXTO

Visto el escrito de solicitud formulado por Sociedad Gestora de Parques Eólicos de Castilla y León, S.A.

Antecedentes de hecho

Primero.-Con fecha 13 de Septiembre de 2006, la Delegación Provincial en Cádiz de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa dictó resolución por la cual fue otorgada Autorización Administrativa a Sociedad Gestora de Parques Eólicos de Castilla y León, S.A., para la instalación de la línea eléctrica aérea 66 kV (S/C) que discurre entre la S.E.T. «La Rabia» y el apoyo entronque de la línea de evacuación del P.E. «El Olivillo» - S.E.T. «Puerto de Santa María» en los términos municipales de Jerez de la Frontera y El Puerto de Santa maría y por resolución de fecha 13 de Abril de 2007 de la Delegación Provincial en Cádiz de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, se aprobó el proyecto de ejecución de la misma.

Segundo.-Con fecha 18 de Diciembre de 2006, la mercantil Sociedad Gestora de Parques Eólicos de Castilla y León, S.A. solicitó la Declaración de Utilidad Pública en concreto para la instalación de la línea eléctrica aérea 66 kV (S/C) que discurre entre la S.E.T. «La Rabia» y el Apoyo entronque de la línea de evacuación del P.E. «El Olivillo» - S.E.T. «Puerto de Santa María», en los términos municipales de Jerez de la Frontera y El Puerto de Santa María. Tercero.-Siguiendo las instrucciones de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, (02/02/2006) en aras de alcanzar los objetivos fijados en el Plan Energético de Andalucía y en virtud de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común, con fecha 14 de marzo de 2007 la Delegación Provincial en Cádiz de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa acordó declarar de urgencia el procedimiento referenciado. Cuarto.-De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (en adelante RD 1955/2000), se sometió el expediente, por el procedimiento de urgencia, a información pública, insertándose anuncio en el BOE número 194 de 14 de agosto de 2007, BOJA número 162 de 17 de agosto de 2007, BOP de Cádiz número 163 de 23 de agosto de 2007, diario «Jerez Información» de 28 de septiembre de 2007 y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Jerez de la Frontera y El Puerto de Santa María, como resultado de la cual, no se produjeron alegaciones. Así mismo, cumpliendo los preceptos reglamentarios, se dio traslado de separatas del proyecto por plazo de veinte días a fin de que los organismos afectados manifestaran sobre su conformidad u oposición y alegaciones a lo solicitado, para después seguir el procedimiento indicado en el citado Real Decreto, siendo los organismos mencionados:

Ayto. de Jerez de la Fra.

Ayto. del Puerto de Sta. María. D.P.M.A. (Dpto. Vías Pecuarias). Sevillana Endesa. Obteniéndose los siguientes resultados: Existe conformidad con: Ayto. de Jerez de la Frontera, D.P.M.A. (Dpto. Vías Pecuarias) y Sevillana Endesa. No han emitido alegaciones: Ayto. de El Puerto de Sta. María. A los anteriores antecedentes de hecho, le corresponden los siguientes:

Fundamentos de Derecho

Primero.-Esta Delegación Provincial es competente para Otorgar la citada autorización, según lo dispuesto en los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril y 4164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, así como los Decretos de Presidencia de la Junta de 11/2004, de 14 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y 201/2004, de 11 de mayo, sobre reestructuración de las Delegaciones Provinciales, así como en la Resolución de 23 de febrero de 2005 (Boja n.º 59, de 28/03/2005), de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delega competencias en materia de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de Innovación, Ciencia y Empresa.

Segundo.-Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico. Tercero.-Que la declaración de utilidad pública es el presupuesto de la operación expropiatoria y no un mérito trámite, razón por la cual la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, en sus artículos 1, 1.º y 9, en relación con el artículo 33 de la Constitución Española de 1978, establecen dicha declaración como imprescindible en todo procedimiento expropiatorio. Cuatro.-Se han cumplido todos los trámites exigidos por la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y demás normativa de aplicación. Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas, Resuelve:

Primero.-Declarar la utilidad pública en concreto de la línea eléctrica aérea 66 kV (S/C) que discurre entre la S.E.T. «La Rabia» y el apoyo entronque de la línea de evacuación del P.E. «El Olivillo»-S.E.T. «Puerto de Santa María», en los términos municipales de Jerez de la Frontera y El Puerto de Santa María, a los efectos de expropiación forzosa, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o de adquisición de los derechos afectados, e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. El procedimiento expropiatorio se tramitará por esta Delegación Provincial.

Segundo. Esta autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, teniendo en cuenta lo siguiente antes de proceder a la puesta en servicio de la instalación:

1. La declaración de utilidad pública se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y sólo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación.

2. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación. 3. La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se derive, según las disposiciones legales vigentes. 4. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionamientos que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación. Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso de Alzada, ante el Ilmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 115.1 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cádiz, 16 de noviembre de 2007.-Delegada Provincial. Angelina María Ortíz del Río.

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