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Documento BOE-B-2008-149047

Anuncio del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas sobre notificación de liquidación de deudas en período voluntario previa a su exacción por vía de apremio a don Pedro Nieto Capote.

Publicado en:
«BOE» núm. 149, de 20 de junio de 2008, páginas 7785 a 7785 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-B-2008-149047

TEXTO

En cumplimiento de la obligación legal contenida en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por desconocerse su domicilio actual, se notifica a D. Pedro Nieto Capote, con DNI n.º 8792387Q, que con fecha 26 de mayo de 2008 se emitieron sendas notificaciones de liquidaciones de deudas en período voluntario previas a su exacción por vía de apremio, por impago de cánones de uso y servicios repercutibles de la vivienda de titularidad del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, sita en la Avenida de Madrid, n.º 75, 1.º 3 de Almería, que ocupó hasta el 8 de mayo de 2008. La deuda reclamada asciende a la cantidad de 5.446,01 euros, y corresponde a canon del período comprendido entre julio de 2004 y mayo de 2008, por importe de 5.283,77 euros, y Basura y Tasas de mayo de 2004, abril de 2005 y abril de 2006, por importe de 162,24 euros. Por la presente se le reclama el ingreso en período voluntario de la cantidad citada, al amparo de lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudación. Plazos para efectuar el ingreso (art. 62 de la Ley General Tributaria):

a) Si la publicación de la presente liquidación se realiza entre los días 1 y 15 del mes, desde dicha fecha hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la publicación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último del mes, desde esa fecha hasta el día 5 del segundo mes posterior, o el inmediato hábil siguiente.

Pago: Mediante transferencia o ingreso en la cuenta n.º 0182 2370 41 0200016883 del BBVA.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin que haya satisfecho la deuda, determinará la exigibilidad del recargo de apremio establecido reglamentariamente y el devengo de los intereses de demora hasta la fecha de ingreso en el Tesoro de la deuda tributaria, en aplicación de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Madrid, 10 de junio de 2008.-P.D. del Director General Gerente (Res. 4C0/38236/2004, de 2 de noviembre, BOE n.º 277), la Subdirectora General de Gestión, Isabel Truyol Wintrich.

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