Está Vd. en

Documento BOE-B-2008-150052

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Tajo relativo a la citación para el levantamiento de actas previas a la ocupación para la ejecución del proyecto de saneamiento y depuración de los municipios de Cedillo y Alcántara (Cáceres). Expediente 03.310.381/2101.

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 21 de junio de 2008, páginas 7817 a 7818 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2008-150052

TEXTO

La Resolución de la Confederación Hidrográfica del Tajo de 25 de abril de 2005 acuerda la aprobación definitiva del Proyecto de Saneamiento y Depuración de los municipios de Cedillo y Alcántara, declarado de interés general por la Ley 10/2001, de 5 de Julio, del Plan Hidrológico Nacional, y de urgente ocupación por la Ley 9/1998, de 28 de agosto. Con fecha 3 de julio de 2007 se cierra mediante Resolución dictada por la Presidencia de este Organismo el trámite de información pública de los bienes y derechos afectados por el citado proyecto, habiéndose cumplido los requisitos establecidos en la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954. Referencias legales. El expediente objeto de la presente resolución supone el desarrollo de actuaciones administrativas, requeridas para la expropiación forzosa de los terrenos ocupados por las obras e imposición de la servidumbres relativa a las conducciones, en su caso, así como de los terrenos requeridos para la ejecución de las obras, regulada en la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y en el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957. La competencia para conocer, tramitar y resolver este tipo de expedientes está atribuida al Organismo de Cuenca correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la vigente Ley de Aguas y 24 del Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica. La Confederación Hidrográfica del Tajo de acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho citados precedentemente y en virtud de las facultades otorgadas por los artículos 23 y 24 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto 1/2001, de 20 de julio, artículo 33 del Real Decreto 927/88, de 29 de julio, y Real Decreto 984/1989, de 28 de julio, resuelve:

Primero.-Que debido a la modificación del trazado de los colectores en el término municipal de Alcántara, lo que afecta a diversas parcelas que figuraban en el anuncio publicado en el BOE de 22 de marzo de 2007, queda suspendida la tramitación relativa a las mismas, con la excepción de la parcela 94 del polígono 20, en que se ubica la EDAR de Estorninos. Una vez aprobados definitivamente los trazados mencionados, las parcelas afectadas serán objeto de la tramitación correspondiente, que se efectuará posteriormente con carácter complementario a la que se refiere la presenten Resolución.

Segundo.-Se expropia el pleno dominio de los terrenos requeridos para la construcción de las obras permanentes y en la extensión que se detalla, sita en el Término Municipal de Alcántara, necesaria para la ejecución de la obra de la EDAR ubicada en Estorninos, comprendida en el Proyecto Saneamiento y Depuración de los municipios de Cedillo y Alcántara (Cáceres). Tercero.-Convocar a los titulares de los bienes y derechos afectados por Proyecto de Saneamiento y depuración de los municipios de Cedillo y Alcántara al Levantamiento de Actas Previas a la Ocupación, en aplicación del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, conforme se detalla en el Anejo I de la presente resolución, de la cuál se efectuará la preceptiva publicidad en el Boletín Oficial del Estado, así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, en un periódico de la provincia de Cáceres, y en el Tablón de Anuncios del correspondiente Ayuntamiento, donde podrá ser consultado el citado anejo, además de en la sede de la Confederación Hidrográfica del Tajo, Avenida de Portugal, n.º 81, 28071 de Madrid.

El orden para el Levantamiento de Actas se comunicará individualmente a los titulares afectados mediante la oportuna cédula de notificación, por correo certificado y con acuse de recibo, en la que se detallará fecha y hora para su comparecencia en los Ayuntamientos de los Términos Municipales respectivos, sin perjuicio de trasladarse a las fincas, si alguno de los afectados así lo solicita.

Los actos de tramitación propios del expediente podrán continuarse en días y horarios posteriores si fuera preciso, bastando a tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se trate y con ocasión del Levantamiento de la última acta que se extienda, haciéndose saber públicamente a los asistentes. El objeto de esta comparecencia será el Levantamiento de Acta Previa de Ocupación, en la que se describirá el bien o derecho expropiable y se harán constar todas las manifestaciones y datos que se aporten y que sean útiles para determinar los derechos afectados, sus titulares, el valor de aquellos y los perjuicios derivados de su rápida ocupación. A dicho acto deberán comparecer los titulares de los bienes y derechos afectados, por sí o mediante representante, exhibiendo los documentos acreditativos tanto de su personalidad (D.N.I./N.I.F.), como de la titularidad de los mismos (Certificado del Registro de la Propiedad, Escritura Pública o fotocopias compulsadas de estos documentos, así como los dos últimos recibos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles), pudiendo hacerse acompañar, a su costa, de Perito y Notario; advirtiéndose que en caso de incomparecencia se entenderán las ulteriores diligencias con el Ministerio Fiscal, según previene el artículo 5 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de Diciembre de 1954. Según lo dispuesto en el artículo 24 de la referida Ley de Expropiación Forzosa, durante el transcurso del acto se propondrá la adquisición de los bienes y derechos afectados por mutuo acuerdo. La publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres servirá de notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos, a aquellos de los que se ignore su domicilio y a los que, intentada su correspondiente notificación, ésta no se hubiese podido practicar, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Por otro lado, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 56.2 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, se advierte a los interesados que, una vez publicada la relación y hasta el momento de levantamiento de acta previa, podrán formular por escrito ante este Organismo alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan padecido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación.

Término municipal de Alcántara.

N.º Orden Parcela Proyecto: 5. Paraje: Puente Romano. Polig.: 20. Parc.: 94. Subp.: A1, Superficie parcela (ha): 33,646. Uso del suelo: Pastos. Superficie afectada (m2): Superf. a expropiar: 5388,78, Servidumbre: 606,23, Ocupación temporal: 616,25, Nombre del titular catastral: Iberdrola, Citación: Día: 9/7/2008, Hora: 9:00.

Madrid, 4 de junio de 2008.-El Presidente, José María Macías Márquez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid