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Documento BOE-B-2008-15094

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se publica la solicitud de los permisos de investigación de hidrocarburos denominados «Bezana» y «Bigüenzo», situados en las Comunidades Autónomas de Cantabria y Castilla León.

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 17 de enero de 2008, páginas 524 a 525 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2008-15094

TEXTO

La Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, modificada por la Ley 12/2007, de 2 de julio, establece en su artículo 3 que corresponde a la Administración General del Estado en los términos previstos en dicha Ley otorgar los permisos de investigación de hidrocarburos cuando afecte al ámbito territorial de más de una Comunidad Autónoma. Asimismo, su Título II establece el régimen jurídico de la investigación de los yacimientos de hidrocarburos y determina el procedimiento para el otorgamiento de los permisos de investigación de hidrocarburos. Este procedimiento incluye la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las solicitudes realizadas por aquellos interesados que cumplan los requisitos establecidos para ser titulares de permisos de investigación de hidrocarburos. La empresa «Petroleum Oil & Gas España, S.A.» solicitó, con fecha 11 de julio de 2007, los permisos de investigación de hidrocarburos denominados «Bezana» y «Bigüenzo», localizados en las Comunidades Autónomas de Cantabria y Castilla-León, y que se describen a continuación con sus coordenadas geográficas referidas al meridiano de Greenwich. Expediente, 1.627. Permiso «Bezana» de 87.780 hectáreas y cuyos límites son:

Vértice

Latitud

Longitud

1

43º 05' 00'' N

4º 10' 00'' O

2

43º 05' 00'' N

3º 35' 00'' O

3

42º 55' 00'' N

3º 35' 00'' O

4

42º 55' 00'' N

4º 10' 00'' O

Expediente 1.628. Permiso «Bigüenzo» de 91.654,5 hectáreas y cuyos límites son:

Vértice

Latitud

Longitud

1

42º 55' 00'' N

4º 10' 00'' O

2

42º 55' 00'' N

3º 35' 00'' O

3

42º 54' 00'' N

3º 35' 00'' O

4

42º 54' 00'' N

3º 45' 00'' O

5

42º 52' 00'' N

3º 45' 00'' O

6

42º 52' 00'' N

3º 49' 00'' O

7

42º 46' 00'' N

3º 49' 00'' O

8

42º 46' 00'' N

3º 56' 00'' O

9

42º 43' 00'' N

3º 56' 00'' O

10

42º 43' 00'' N

4º 05' 00'' O

11

42º 42' 00'' N

4º 05' 00'' O

12

42º 42' 00'' N

4º 10' 00'' O

13

42º 40' 00'' N

4º 10' 00'' O

14

42º 40' 00'' N

4º 20' 00'' O

15

42º 50' 00'' N

4º 20' 00'' O

16

42º 50' 00'' N

4º 10' 00'' O

Lo que se hace público a los efectos señalados en el artículo 17 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, para que en el plazo de dos meses, a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», puedan presentarse ofertas en competencia o puedan formular oposición quienes se consideren perjudicados en su derecho.

Madrid, 21 de diciembre de 2007.-El Director General de Política Energética y Minas, Jorge Sanz Oliva.

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