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Documento BOE-B-2008-153058

Anuncio de la Sección de Atestados y Expedientes de la Agrupación ACAR Getafe, por la que se notifica el Acuerdo de Resolución relativo al Expediente Disciplinario 36/07 incoado a don Marcos Nicolás Rondelli Cercos, por la comisión de una falta grave prevista en el artículo 8.20 de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 25 de junio de 2008, páginas 7903 a 7903 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-B-2008-153058

TEXTO

Habiendo resultado infructuosos los intentos de notificación en el domicilio del expedientado que constan en las actuaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a Don Marcos Nicolás Rondelli Cercos, con documento nacional de identidad número 50554247, Informe de la Asesoría Jurídica del Mando Aéreo General, así como acuerdo de resolución del Excmo. Sr. General Jefe del Mando Aéreo General de fecha 10 de junio de 2008, relativo al Expediente Disciplinario 36/07, que se transcribe a continuación de forma literal:

«Ha tenido entrada en este mando Expediente Disciplinario 36/07 en fecha 29 de mayo del presente en el que se comunica que el Cabo (MPTM) Marcos Nicolás Rodelli, encartado en el expediente disciplinario por la presunta comisión de falta grave del artículo 8.20 de la Ley Orgáni-ca 8/1998, de 2 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas (LORDFAS), ha causado baja en las Fuerzas Armadas por resolución del compromiso, según Resolución 762/05066/08 de 3 de abril.

Antecedentes de hecho

Primero.-El expediente disciplinario número 36/07 fue incoado por Acuerdo de Su Autoridad, de fecha 20 de diciembre de 2007, al Cabo don Marcos Nicolás Rondelli Cercos, por la presunta comisión de la falta grave del artículo 8.20 de la Ley Orgánica del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas (LORDFAS), consistente en «La falta de subordinación cuando no constituya delito».

Segundo.-Por el citado Acuerrdo se nombra como instructor de dicho expediente al Teniente Don Juan Carlos López Pérez, quien ha diligenciado el presente expediente disciplinario con todas las garatías y requisitos exigidos en la ley hasta la Propuesta de Resolución. Tercero.-El Cabo don Marcos Nicolás Rondelli ha causado baja en este Ejercito por resolución de su compromiso por Resolución 762/05066/08 de 3 de abril del presente. (BOD número 66).

Fundamentos de Derecho

Primero.-El artículo 3.1 de la Ley Orgáncia 8/1998 de 2 de diciembre de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas (LORDFAS), establece que «están sujetos a lo dispuesto en la presente Ley los militares de carrera y los demás militares que mantienen una relación de servicios profesionales, salvo que, conforme a su legislación específica, pasen a situaciones administrativas en las que dejen de estar sujetos al régimen general de derechos y obligaciones del personal de las Fuerzas Armadas y a las leyes penales y disciplinarias militares». Por tanto resulta que el Cabo don Marcos Nicolás Rondelli Cercos ha dejado de estar sujeto a la Ley Disciplinaria Militar, circunstancia esta que exige acordar la terminación sin responsabilidad del presente expediente, y su archivo, sin perjuicio de su posterior reapertura si en el futuro volviera el interesado a estar sometido al régimen disciplinario militar y no hubiere prescrito la infracción presuntamente cometida.

Por todo lo anterior, vistos los artículos precitados y demás de general o especial aplicación, procede: Acordar la terminación del presente Expediente Disciplinario sin declaración de responsabilidad y el archivo de las actuaciones, por no serle exigible al Ex-Cabo don Marcos Nicolás Rondelli responsabilidad disciplinaria conforme a la Ley Orgánica 8/1998 de 2 de diciembre. V.E. no obstante resolverá.-El Asesor Jurídico, F. Javier Granados Peñacoba. De conformidad con el procedente informe de mi Asesor Jurídico y por sus propios fundamentos, vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación, acuerdo: La terminación del presente expediente sin declaración de responsabilidad y el archivo de las actuaciones. Notifíquese esta Resolución al interesado, haciéndole saber que contra la misma podrá interponer recurso por escrito debidamente fundamentado ante el Excmo. Sr. General Jefe del Estado Mayor del Aire, en un plazo de quince días que se iniciará el día siguiente al de la notificación, conforme a lo establecido en los artículo 75, 76 y siguientes LORDFAS.

El General Jefe del MAGEN, Carlos Gómez Arruche».

Getafe, 17 de junio de 2008.-El Instructor del Expediente, Juan Carlos López Pérez.

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