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Documento BOE-B-2008-154054

Resolución de 26 de mayo de 2008, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se publica la convocatoria del X Concurso de Pintura del Parque Nacional de Timanfaya, 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 26 de junio de 2008, páginas 7943 a 7943 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2008-154054

TEXTO

«X Edición del concurso de pintura del Parque Nacional de Timanfaya 2008.

1. Convocatoria. Se convoca el "X Concurso de Pintura del Parque Nacional de Timanfaya. 2008", dotado con los siguientes premios: a) Primer premio, de dos mil euros (2.000,00 €), y Diploma.

b) Segundo premio, de quinientos euros (500,00 €), y Diploma. c) Tercer premio, de doscientos cincuenta euros (250,00 €), y Diploma.

Los premios serán sufragados con cargo a los Presupuestos Generales del Organismo Autónomo Parques Nacionales para el año 2008. 2. Objeto del concurso.

Es objeto del presente concurso fomentar la divulgación de los valores naturales del Parque Nacional de Timanfaya bajo una perspectiva y visión plástica y artística. Los trabajos a presentar tendrán como principal motivo el Parque Nacional de Timanfaya, sus valores naturales, paisajísticos, florísticos, geológicos, culturales, históricos, humanos o socioeconómicos del mismo.

3. Normas generales.

3.1 Podrán concurrir al X Concurso de Pintura del Parque Nacional de Timanfaya, nacionales o extranjeros, con obras cuyo tema esté relacionado o referido con cualquiera de los múltiples aspectos del Parque Nacional de Timanfaya o en las que figure algún elemento característico de este Parque Nacional.

3.2 Cada autor podrá presentar un número ilimitado de obras. Las obras presentadas a concurso podrán elaborarse con cualquier técnica de dibujo, respetando únicamente el formato establecido en las presentes bases. No serán admitidas las obras presentadas protegidas por cristal o cualquier otro elemento similar (metacrilato, plexiglas, etc.). 3.3 Todos los trabajos se remitirán a las Oficinas Administrativas del Parque Nacional de Timanfaya, calle La Mareta, 9, 35560 Tinajo-Lanzarote (Las Palmas), con la indicación «X Concurso de Pintura del Parque Nacional de Timanfaya». Las obras deberán tener entrada en el Registro General del Parque Nacional de Timanfaya, en horario de 09:00 a 14:30 (hora de Canarias) durante un periodo de tres (3) meses contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado. 3.4 Para su identificación, en el sobre cerrado que contenga la obra deberá figurar un Lema. Asimismo, se entregará un sobre aparte cerrado y precintado (Plica), donde se especificará en su cubierta el Lema de la obra, y en su interior los datos personales del autor (nombre y apellidos, Número de Identificación Fiscal, Dirección postal, teléfono, y optativamente, dirección de correo electrónico). 3.5 Para realizar cualquier consulta, los interesados podrán dirigirse a la Dirección del Parque Nacional de Timanfaya (928-840 238 ó timanfaya@mma.es). 3.6 Asimismo, y conforme a lo establecido en el artículo 13.2 apartado e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los beneficiarios de los premios deberán acreditar encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. 3.7 La Administración del Parque Nacional de Timanfaya no se hace responsable de los posibles deterioros que pudieran sufrir las obras desde su entrega a la Administración del Parque Nacional hasta su devolución, si bien cuidará de las mismas con el máximo celo. 3.8 Todas las obras presentadas al X Concurso de pintura serán propiedad de sus respectivos autores, incluidos las obras galardonadas con dotación económica. Por medio de la presente se entiende que el autor cede al Organismo Autónomo Parques Nacionales los derechos de explotación de las obras galardonadas. Dicha cesión se regirá por lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, que aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. 3.9 El plazo de retirada de las obras no galardonadas será -previa comunicación por el interesado (928-840238 ó timanfaya@mma.es) y posterior acreditación de su identidad- durante el plazo de un (1) mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la Resolución del Fallo del Jurado en el Boletín Oficial del Estado, en horario de lunes a viernes, de 09:00 a 14:30 horas (hora de Canarias). La remisión, en su caso, de las obras a los autores será por cuenta exclusiva del autor. 3.10 Las obras no retiradas en los plazos previstos en la presente Convocatoria, salvo comunicación escrita -en tiempo y forma- del propietario del método de devolución, pasarán a ser propiedad de la Administración del Parque Nacional de Timanfaya, por abandono o desistimiento de su propietario. 3.11 La participación en esta convocatoria supone la aceptación íntegra de las bases de la presente convocatoria.

4. Características.

Las obras que se presenten al X Concurso de Pintura del Parque Nacional de Timanfaya deberán ser inéditas, con medidas mínimas de 420 × 297 milímetros y máximas de 700 y 1000 milímetros.

5. Jurado.

5.1 El jurado que establecerá el fallo del concurso estará integrado por: El Presidente del Patronato del Parque Nacional de Timanfaya.

Un representante del Organismo Autónomo Parques Nacionales. Un representante del Gobierno de Canarias. Un representante del Ayuntamiento de Yaiza y otro de Tinajo. Un representante del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. Un representante de una de las Universidades Públicas Canarias. Un representante de los agentes sociales: empresarios o ecologistas. Dos artistas o profesionales artísticos. Un funcionario de la Administración del Parque Nacional de Timanfaya, que actuará simultáneamente como Secretario del Jurado.

5.2 El Jurado podrá constituirse al menos con seis (6) de sus miembros, siendo imprescindible que entre éstos se encuentren el Secretario del Jurado. 6. Proceso de selección.

El Jurado seleccionador procederá, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, a realizar la selección de los candidatos premiados, elevando su propuesta de adjudicación al Presidente del Organismo Autónomo Parques Nacionales.

7. Concesión y notificación.

El Presidente del Organismo Autónomo Parques Nacionales resolverá la concesión de los premios, que se comunicará a los beneficiarios en el plazo máximo de diez días, contados desde la fecha en que el acto se haya dictado de conformidad con lo establecido en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Se podrá declarar desierta esta convocatoria cuando se estime que las obras presentadas no reúnan las condiciones exigidas en la convocatoria o carezcan de la calidad y rigor inherentes a aquellas. Excepcionalmente, se podrán conceder las menciones honoríficas que considere oportunas, otorgando un diploma acreditativo, sin dotación económica. Los Premios podrán, en su caso, ser entregados en un acto oficial que se anunciará previamente.

8. Norma final.

A la presente Resolución le será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Madrid, el Presidente del Organismo Autónomo Parques Nacionales, P. D. (Res. de 29/6/2007, BOE 24/7/2007), el Vicepresidente, José Luis Herranz Sáez.»

Madrid, 9 de junio de 2008.-El Director, Juan Garay Zabala.

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