Antecedentes de hecho
Primero.-Que con fecha 21 de junio de 2007 se presentó ante esta Delegación Provincial proyecto de la instalación eléctrica que se cita, Estudio de impacto ambiental, separatas para entidades y organismos afectados y relación de bienes y derechos afectados, para que Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U. solicitó Autorización Administrativa, Aprobación de Proyecto de ejecución y su Declaración de Utilidad Pública, en concreto, de la referida instalación eléctrica, de acuerdo con el título VII, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
Segundo.-De acuerdo con los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en el BOP de Almería n.º 160, de fecha 17 de agosto de 2007; BOE n.º 248, de fecha 16 de octubre de 2007 y en el Diario La Voz de Almería de fecha 11 de septiembre de 2007 y publicados en los tablones de edictos de los Ayuntamientos en cuyos términos municipales existían bienes o derechos afectados. Tercero.-Que, de acuerdo con los artículos 131 y 146 del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, fueron notificados los Organismos y Entidades que pudieran resultar afectados en sus bienes y servicios: Ayuntamiento de Huércal Overa, Ayuntamiento de Vélez Rubio, Diputación Provincial de Almería, Consejería de Obras Públicas y Transportes, Agencia Andaluza del Agua, Ministerio de Fomento, Telefónica. De estos organismos y entidades, unos remitieron condicionados que fueron aceptados por la empresa peticionaria y otros no contestaron, por lo que una vez reiterada la solicitud de informe sin recibir tampoco contestación, se dio por aceptada la propuesta del solicitante. Cuarto.-Consta en el expediente de referencia LE/07, Declaración de Impacto Ambiental favorable, de fecha 28 de marzo de 2008, emitida por la Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Medio Ambiente, que se publicó en el BOP de Almería n.º 77, de 23 de abril de 2008. Quinto.-Que, dentro del plazo de información pública se recibe en esta Delegación Provincial escrito de alegaciones de D.ª Aymee Álvarez Brito, en nombre y representación de Abo Wind, S.A., D.ª Clotilde Pilar López Meca, D. Jesús Miguel Alonso Soto, en nombre y representación de Coditasa, S.L., D.ª M.ª Eugenia Guirao García, D. Martín García Pérez, D. Pedro Antonio Parra Trillas y D. Pieter Van Eck Cornelis.
Todos ellos presentan alegaciones en términos similares, oponiéndose al proyecto por afectar a sus propiedades, o proponiendo, en algún caso, trazados alternativos.
Todas estas alegaciones fueron remitidas a la empresa solicitante y contestadas por ésta.
Fundamentos de Derecho
Primero.-Esta Delegación Provincial es competente para resolver el otorgamiento de la autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y su declaración de utilidad pública en concreto, según lo dispuesto en el artículo 49.1.a) del Estatuto de Autonomía de Andalucía, L.O. 2/2007, de 19 de marzo, en los Decretos del Presidente 10/2008, de 19 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías; Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa; Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; así como en la Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de autorización de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.
Segundo.-La autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones eléctricas de alta tensión están reguladas en los artículos 122 y siguientes del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre; y la declaración en concreto de utilidad pública, en los artículos 143 y siguientes del mismo Real Decreto. Tercero.-A las alegaciones formuladas de oposición a esta instalación, que anteriormente se han indicado, hay que manifestar que deben ser rechazadas por cuanto se han cumplido todos los trámites exigidos por la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y título VII del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y demás normativa de aplicación.
Visto los antecedentes de hecho y los fundamentos de Derecho expresados más arriba, esta Delegación Provincial, resuelve:
Primero.-Conceder la Autorización Administrativa, Aprobación del Proyecto de Ejecución y su Utilidad Pública en concreto al Proyecto de la Línea aérea a 66 kV D/C entre la Subestación de Huércal Overa y la Subestación de Vélez Rubio, con preparación de aislamientos y apoyos para 132 kV cuyas características principales son las siguientes: Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U.
Origen: Subestación Huércal Overa. Final: Subestación Vélez Rubio. Longitud total: 35,192 Km. Términos municipales afectados: Huércal Overa y Vélez Rubio. Tipo: Área D/C. Tensión: 66 kV. Conductores: LARL-280. Cable de tierra: OPGW. Aislamiento: Tipo Polimérico. Procedencia de los materiales: Nacional. Presupuesto: 4.266.360,78 euros.
Segundo.-La Declaración en concreto de la utilidad pública de la instalación eléctrica, a los efectos de la expropiación forzosa, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por la línea e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Tercero.-Antes de proceder a la puesta en servicio de estas instalaciones se deberá tener en cuenta lo siguiente:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso se soliciten y autoricen, así como con los condicionados emitidos, en su día, por los distintos organismos afectados.
2. Se tendrá, asimismo, en cuenta lo indicado en la Declaración de Impacto Ambiental emitida por la Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Medio Ambiente de fecha 28 de marzo de 2008. 3. El plazo de puesta en marcha será de dos años, contados a partir de la notificación de la presente resolución. 4. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Provincial, a efectos del reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta de puesta en servicio.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por Ley 4/1999, de 3 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Almería, 29 de abril de 2008.-El Delegado Provincial, Fco. Javier de las Nieves López.
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