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Documento BOE-B-2008-167076

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima la ampliación de la subestación a 400/220 kV de «Torrente», en el término municipal de Torrente, en la provincia de Valencia, y se declara su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 11 de julio de 2008, páginas 8446 a 8447 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2008-167076

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana, a instancia de Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima, con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes número 177, solicitando la autorización administrativa, la declaración de utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de la ampliación de la instalación que se cita. Resultando que la petición de Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en los artículos 124, 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en el artículo 15 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental aprobado por Real Decreto 1131/1988 de 30 de septiembre, no habiéndose presentado alegaciones en el plazo reglamentario. Resultando que remitidas por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana separatas del proyecto y solicitada la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127, 131 y 146 del referido Real Decreto 1955/2000, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, a Iberdrola Distribución Eléctrica Sociedad Anónima Unipersonal y al Ayuntamiento de Torrente, por el Ayuntamiento no se emite informe alguno y por Iberdrola se presentan alegaciones referentes al trazado del cable de 220 kV que son contestadas por Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima quien manifiesta que el trazado ha sido consensuado con personal responsable de Iberinco y de Iberdrola Distribución Eléctrica, no siendo aceptable por motivos de seguridad el recorrido alternativo que proponían. Dado traslado a Iberdrola de la contestación de Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima, no se recibe escrito alguno de Iberdrola en el plazo reglamentario por lo que ha de entenderse su conformidad. Resultando que remitida separata del proyecto al Ayuntamiento de Torrente, además de a los citados efectos del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, a los efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, por el mismo no se emite contestación alguna por lo que ha de entenderse su conformidad. Resultando que remitida separata del proyecto al Servicio Territorial de Planificación y Ordenación Territorial de la Generalidad Valenciana a los efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, por el mismo se emite informe del que no se deduce oposición alguna al proyecto. Resultando que el proyecto de la instalación y su Estudio de Impacto Ambiental han sido sometidos al procedimiento administrativo de Evaluación de Impacto Ambiental, según las normas establecidas en el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, habiendo sido formulada la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental mediante Resolución de fecha 28 de mayo de 2008 del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, donde se considera que el proyecto es ambientalmente viable, y se establecen las medidas preventivas, correctoras y el programa de vigilancia ambiental. Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana. Visto el informe de la Comisión Nacional de Energía aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 3 de abril de 2008. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, y en la Ley 13/2003, de 23 de mayo. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1. Autorizar a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima, la ampliación de la subestación a 400/220 kV de «Torrente», en el término municipal de Torrente, en la provincia de Valencia, cuyas características principales son: Nuevo parque de 400 kV, con entrada y salida de la línea de 400 kV La Eliana-Catadau, equipando un total de seis posiciones de interruptor.

Instalación de un banco de transformación AT6 400/220/24 kV, 600 (3x200) MVA, constituido por tres autotransformadores monofásicos. Construcción de una nueva posición AT6 en el parque a 220 kV, equipando una posición de interruptor. Conexión con cables aislados en 220 kV entre el secundario del transformador AT6 y su posición en el parque de 220 kV, con una longitud de 260 m y capacidad de transporte de 660 MVA. La modificación de la traza de la línea de 220 kV Torrente-Eliana 2, en su paso por los terrenos que van a ser ocupados por el parque de 400 kV, de capacidad de transporte 800 MVA según Real Decreto 2819/1998 y longitud de 0,36 Km. Nuevo parque de 400 kV. Se adoptará una configuración en interruptor y medio, con capacidad total, actual y futura para cinco calles, basada en dos tipos de embarrado: semiflexible con conexiones tendidas destinado a la interconexión principal y conexión entre aparellaje rígido a base de tubos de aluminio para las barras principales. El parque de 400 kV quedará equipado con las siguientes calles y posiciones:

Calle 1: Posición 11 Transformador AT5 400/132 kV.

Posición 21 Línea La Eliana. Calle 2: Posición 12 Transformador AT6 400/220 kV. Posición 22 Línea Catadau. Aparamenta: Se instalarán interruptores de mando unipolar, transformadores de intensidad, seccionadores de barras, seccionadores de salida de línea o autotransformador, seccionadores de aislamiento, seccionador rotativo, lado 220 kV del transformador AT6, transformadores de tensión capacitivos, bobinas de bloqueo, pararrayos autoválvula, aisladores de apoyo, conductores. Red de tierras inferiores y superiores. Estructuras metálicas y soportes de la aparamenta se construirán con perfiles de acero normalizados de alma llena. Servicios auxiliares de corriente alterna y corriente continua. Construcción de un edificio de control y dos casetas de relés. Sistemas de control y protección. Sistemas de comunicaciones por onda portadora, fibra óptica y telefonía interna. Sistemas de alumbrado y fuerza. Ampliación del parque de 220 kV. La nueva posición de 220 kV AT6 ocupará la posición 11 en el actual parque de 220 kV y vendrá conectada mediante un interruptor a la doble barra.

La disposición de posiciones en el parque de 220 kV quedará de la siguiente manera:

Posición 1 Transformador TR5.

Posición 2 Transformador TR2. Posición 3 Transformador TR3. Posición 4 Acoplamiento. Posición 5 Línea Patraix. Posición 6 Línea Fuente San Luís. Posición 7 Línea Catadau 2. Posición 8 Línea Catadau 1. Posición 9 Línea La Eliana 1. Posición 10 Línea La Eliana 2. Posición 11 Transformador AT6.

Aparamenta: Se instalará un interruptor, un transformador de intensidad, tres seccionadores rotativos de tres columnas, un seccionador rotativo de tres columnas con puesta a tierra, un transformador de tensión capacitivo, un pararrayos y una botella terminal cable aislado.

Redes de tierra inferiores y superiores. Las estructuras metálicas y soportes de la aparamenta se construirán con perfiles de acero normalizados de alma llena. Servicios auxiliares. Construcción de una caseta de relés. Sistemas secundarios de control y protección. Sistemas de comunicaciones. Línea subterránea de 220 kV para interconexión del transformador AT6 y su posición de 220 kV AT6. Características principales:

Sistema: corriente alterna trifásica.

Tensión nominal: 220 kV. Tensión más elevada en la red: 245 kV. Frecuencia: 50 Hz. Capacidad térmica de transporte por circuito: 660 MVA. Número de circuitos: Uno. Número de cables por fase: Uno. Tipo de cable: Aislamiento seco XLPE. Sección de conductor: 2.500 mm² Cu parcialmente esmaltado. Tipo de instalación: Zanja con tubos hormigonados. Configuración de los cables: Tresbolillo. Tipo de conexión a tierra de las pantallas metálicas: Single-point. Número de empalmes: Ninguno. Número de terminales exteriores: Seis. Factor de carga: 100%. Longitud aproximada: 260 metros. Términos municipales afectados: Torrente (Valencia).

Modificación de la línea a 220 kV Torrente-La Eliana 2.

Previamente a la construcción del parque de 400 kV y banco de transformación AT6, se deberá realizar la modificación de la línea a 220 kV «Torrente - La Eliana 2», ya que su traza actual discurre por la parcela donde se ubicarán las nuevas instalaciones. Esta modificación se efectuará entre los apoyos existentes identificados como: T0, origen de la línea, y T». La modificación consiste en la instalación de dos nuevos apoyos: T1 y T1bis, a intercalar entre los anteriores T0 y T2, el desmontaje de los tramos actuales de línea T0 - T1A - T2, además de desmontar el apoyo existente T1A. Características principales:

Sistema: corriente alterna trifásica.

Tensión nominal: 220 kV. Tensión más elevada en la red: 245 kV. Frecuencia: 50 Hz. Capacidad térmica de transporte por circuito: 800 MVA. Número de circuitos: Uno. Número de conductores por fase: Dos. Tipo de conductor: GULL. Número de cables: Un cable de tierra convencional. Tipo de aislamiento: Vidrio templado U-160. Apoyos: Torres metálicas de celosía. Cimentaciones: De zapatas individuales. Puesta a tierra: Anillos cerrados de acero descarburado. Longitud aproximada: 0,36 km. Términos municipales afectados: Torrente (Valencia).

La finalidad de la instalación es atender la necesidad urgente de reforzar la red de transporte existente en Valencia.

2. Declarar la utilidad pública de la instalación que se autoriza, a los efectos previstos en el título IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

Contra la presente Resolución cabe interponer Recurso de Alzada ante el Sr. Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 25 de junio de 2008.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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