Al no haberse podido practicar la notificación personal a los interesados, conforme dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en aplicación de los dispuesto en el mismo artículo, deben publicarse a efectos de notificación las resoluciones de expedientes sancionadores. Contra las presentes resoluciones, cabe interponer recurso de alzada ante el Secretario General de Transportes, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de esta notificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. En caso de no interponer recurso de alzada, las sanciones deberán hacerse efectivas dentro de los quince días hábiles siguientes a la presente notificación mediante ingreso o transferencia al BBVA, sucursal del Paseo de la Castellana número 67 (Madrid) y cuyos datos son: 0182 9002 42 0200000470. Transcurrido el plazo sin haber sido satisfecho el importe de las sanciones se enviarán las deudas a recaudación en vía ejecutiva.
Número de expediente: IC-0369/06. Sancionado: «Rodríguez Álvarez, José». NIF: 05068401-Y. Precepto infringido: Artículo 140.25.21 Ley 16/1987, de 30 de julio de Ordenación de los Transportes Terrestres. Hecho sancionado: Carecer de Consejero de Seguridad. Cuantía de la sanción: 2.001 euros.
Madrid, 7 de julio de 2008.-El Director General de Transportes por Carretera, Juan Miguel Sánchez García.
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