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Documento BOE-B-2008-174053

Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía en Almería, de 3 de julio de 2008, por la que se autoriza, se aprueba el proyecto de ejecución y se declara la utilidad pública en concreto de la línea a 66 kV D/C de la línea Berja-Cosario (apoyo n.º 43) a la Subestación Ejido Norte, en el término municipal de El Ejido( Almería), expediente AT-5166.

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 19 de julio de 2008, páginas 8760 a 8761 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2008-174053

TEXTO

Antecedentes de hecho

Primero.-Que con fecha 11 de enero de 2008 se presentó ante esta Delegación Provincial proyecto de la instalación eléctrica que se cita, separatas para entidades y organismos afectados y relación de bienes y derechos afectados, para el que la mercantil Diseño y Desarrollo Integral de Infraestructuras Eléctricas de El Ejido, S.A. (DIEESA), solicitó Autorización Administrativa, Aprobación de Proyecto de ejecución y su Declaración de Utilidad Pública, en concreto, de la referida instalación eléctrica, de acuerdo con el Título VII, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

Segundo.-De acuerdo con los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en el B.O.P. de Almería n.º 70, de fecha 14 de abril de 2008; B.O.E., n.º 104, de fecha 30 de abril de 2008 y en el Diario Ideal de Almería de fecha 4 de abril de 2008 y publicados en los tablones de edictos de los Ayuntamientos en cuyos términos municipales existían bienes o derechos afectados. Tercero.-Que, de acuerdo con los artículos 131 y 146 del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, fueron notificados los Organismos y Entidades que pudieran resultar afectados en sus bienes y servicios: Ayuntamiento de El Ejido y Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U. De estos organismos y entidades, ambos remitieron condicionados que fueron aceptados por la empresa peticionaria. Cuarto.-Que, dentro del plazo de información pública se recibe en esta Delegación Provincial escrito de alegaciones de D. Emilio A. Alférez Vázquez, D. José E. Vázquez Álvarez, en nombre y representación de su padre D. Agustín Fernández Vázquez, D. Francisco J. Fernández Sánchez y D. Francisco Vázquez Fernández, en las que básicamente solicitaban el desvío de la traza de la línea.

Estas alegaciones fueron remitidas a la empresa solicitante y contestadas por esta.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Esta Delegación Provincial es competente para resolver el otorgamiento de la autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y su declaración de utilidad pública en concreto, según lo dispuesto en el artículo 49.1.a) del Estatuto de Autonomía de Andalucía, L.O. 2/2007, de 19 de marzo, en los Decretos del Presidente 10/2008, de 19 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías; Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa: Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; así como en la Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de autorización de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Segundo.-La autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones eléctricas de alta tensión están reguladas en los artículos 122 y siguientes del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre; y la declaración en concreto de utilidad pública, en los artículos 143 y siguientes del mismo Real Decreto. Tercero.-A las alegaciones formuladas de oposición a esta instalación, que anteriormente se han indicado, hay que manifestar que deben ser rechazadas por cuanto se han cumplido todos los trámites exigidos por la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y Título VII del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y demás normativa de aplicación.

Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho expresados más arriba, esta Delegación Provincial, resuelve:

Primero.-Conceder la Autorización Administrativa, Aprobación del Proyecto de Ejecución y su Utilidad Pública en concreto al proyecto de la Línea a 66 kV D/C de la Línea Berja-Cosario (apoyo núm. 43) a la Subestación Ejido Norte, en el término municipal de El Ejido (Almería), expediente AT-5166, cuyas características principales son las siguientes: Peticionario: Diseño y Desarrollo Integral de Infraestructuras Eléctricas de El Ejido, S.A.

Origen: Línea Berja-Cosario (apoyo núm. 43). Final: Subestación Ejido Norte. Longitud total: 978,35 m Aérea y 592 m Subterránea. Términos municipales afectados: El Ejido. Tipo: Aéreo-Subterránea. Tensión: 66 kV. Conductores: LARL-280 Aéreo y Hersatene RHZ-1 36/66 kV (72,5 kV) 1x1000 mm2 Al Subterráneo. Aislamiento: Cadena de Aisladores de Composite CS120SB 325/2250 Aéreo y Polietileno Reticulado (XLPE) 36/66 kV Subterráneo. Procedencia de los materiales: Comunidad Europea. Presupuesto: 902.323,31 €.

Segundo.-La Declaración en concreto de la utilidad pública de la instalación eléctrica, a los efectos de la expropiación forzosa, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por la línea e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Tercero.-Antes de proceder a la puesta en servicio de estas instalaciones se deberá tener en cuenta los siguiente:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso se soliciten y autoricen, así como los condicionados emitidos, en su día, por los distintos organismos afectados.

2. El plazo de puesta en marcha será de dos años, contados a partir de la notificación de la presente resolución. 3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Provincial, a efectos del reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta de puesta en servicio.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por Ley 4/1999, de 3 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Almería, 6 de julio de 2008.-El Delegado Provincial, Francisco Javier de las Nieves López.

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