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Documento BOE-B-2008-184070

Edicto del Juzgado Marítimo Permanente de Canarias, sobre asistencias marítimas prestadas por la embarcación neumática «Jocezyn» a la embarcación de recreo «Overlander».

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 31 de julio de 2008, páginas 9177 a 9177 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-B-2008-184070

TEXTO

Don Pedro María Pinto y Sancristóval, Capitán Auditor, Juez Marítimo Permanente de Canarias, que habiendo resultado infructuosas las actuaciones tendentes a la identificación del armador de la embarcación asistida «Overlander»,

Hago saber: Que por Resolución n.º 660/00019/08, de fecha 3 de julio de 2008, expediente de asistencia marítima n.° 04/08, el Tribunal Marítimo Central ha dispuesto:

Que debe declarar y declara como constitutivo de un salvamento marítimo el servicio prestado por la embarcación neumática «Jocezyn» a la embarcación de recreo «Overlander» y fija como retribución total del mismo en concepto de premio la cantidad de cinco mil cuatrocientos euros (5.400 €) sin señalamiento alguno en el de indemnización por gastos y daños al no haberse reclamado por el armador de la embarcación asistente que se señala como correspondiente a su armador.

Al resultar desconocido el propietario de la embarcación «Overlander» el Juez Marítimo Permanente núm. 7 de Canarias procederá a subastar la misma, a la mayor brevedad posible, de conformidad con el art. 55 y siguientes del Reglamento para la aplicación de la Ley 60/1962, de 24 de diciembre.

Dicha resolución no pone fin a la vía administrativa, cabiendo interponer contra la misma Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Almirante Jefe de Estado Mayor de la Armada, Cuartel General de la Armada, 28071 Madrid, en virtud de la O.M. 1601/77, de 7 de septiembre, en el plazo de un mes, a partir de la fecha de la notificación, a la vista de lo previsto en el artículo 46 de la Ley 60/62, y de los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre.

En su consecuencia, por el presente se notifica la precitada resolución al obligado al pago de las cantidades derivadas de la presente asistencia marítima, para que haga su abono en el plazo de quince días, con apercibimiento de que, vencido éste, se procederá al embargo de la embarcación para su venta en pública subasta de acuerdo con lo dispuesto por el art. 55 del reglamento aprobado por D. 984/1967, de 20 de abril. Igualmente se le hace saber que las cantidades señaladas devengarán el interés legal de demora una vez que finalice el plazo concedido.

Las Palmas de Gran Canaria, 14 de julio de 2008.-El Juez Marítimo Permanente, Capitán Auditor, Pedro María Pinto y Sancristóval.

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