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Documento BOE-B-2008-21136

Anuncio de Resolución del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras declarando la pérdida de la ayuda concedida a la empresa Ray Agua Universal, S. A. para Nueva Planta Industrial de fabricación de aparatos aire acuáticos (AAA).

Publicado en:
«BOE» núm. 21, de 24 de enero de 2008, páginas 791 a 791 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2008-21136

TEXTO

Antecedentes

Finalizado el procedimiento establecido por la orden de 17 de diciembre de 2001, la Resolución del Instituto, de 20-12-2004, concedió a la empresa Ray Agua Universal, S. A., una subvención a fondo perdido como apoyo financiero a la realización de un proyecto consistente en Nueva planta industrial de fabricación de aparatos aire acuáticos (AAA), por importe máximo de hasta 5.221.380,00 euros, sobre una inversión subvencionable de 13.053.449,67 euros y un compromiso de creación de 75 puestos de trabajo.

El 30-09-2005 finalizó el plazo para la ejecución de las inversiones objeto del proyecto y la autofinanciación mínima exigida en la Resolución de la concesión. Así mismo el 30-11-05 finalizó el plazo para la creación de los 75 puestos de trabajo. En el punto 1.4 de la Resolución se establece un plazo de 6 meses siguientes a la fecha establecida como final para la ejecución de la inversión, para la acreditación de la realización de la misma, y no se ha presentado ningún tipo de documentación que acredite la realización de la inversión. Con fecha 1 de octubre se comunicó a la empresa el Inicio del procedimiento para la revocación definitiva de la ayuda concedida a la empresa Ray Agua Universal, S. A., para el proyecto de nueva planta industrial de fabricación de aparatos aire acuáticos (AAA), al no cumplirse lo previsto en apartado decimoctavo de la Orden de 17 de diciembre de 2001 y del punto 1.4 de la Resolución de concesión de 20-12-2004. La comunicación fue recibida por la empresa el 25 de octubre de 2007, no habiéndose recibido a la fecha de la presente Resolución, alegaciones a dicho procedimiento.

Fundamentos de Derecho

Primero.-El Real Decreto 492/1998, de 27 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto, atribuye a su Presidente la facultad de establecer ayudas y subvenciones.

Segundo.-La Orden del Ministerio de Economía, de 17 de diciembre de 2001, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a proyectos empresariales, generadores de empleo, que promuevan el desarrollo alternativo de las comarcas mineras. En su apartado vigésimo segundo, por otra parte, se especifica que toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para concesión de la subvención podrá dar lugar a la revocación de dicha ayuda.

Sobre la base de lo anteriormente expuesto, este Órgano competente, resuelve:

Revocar la ayuda concedida a Ray Agua Universal, S. A., al no haberse acreditado la ejecución del proyecto empresarial subvencionado.

Esta Resolución es definitiva en la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 c de la Ley 29/98 Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Madrid, 15 de enero de 2008.-El Gerente del Instituto, Carlos Fernández Álvarez.

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