Antecedentes de hecho
Primero.-Que por Resolución de esta Delegación Provincial de fecha 13/11/2007 publicada en el BOP de Almería nº 230 de 27/11/2007 se otorgo Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto de Ejecución de la instalación eléctrica que se cita, a petición de la mercantil Barloque, S.L., de acuerdo con el título VII, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
Segundo.-Que con fecha 5 de febrero de 2008 solicito la citada mercantil, la Declaración de Utilidad Pública en concreto. Tercero.-De acuerdo con los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en el B.O.P. de Almería n.º 82, de fecha 30 de abril de 2008; B.O.E. n.º 113, de fecha 9 de mayo de 2008 y en el Diario Ideal de Almería de fecha 10 de abril de 2008 y publicados en los tablones de edictos de los Ayuntamientos en cuyos términos municipales existían bienes o derechos afectados. Cuarto.-Que dentro del plazo de Información Pública no se han recibido en esta Delegación Provincial alegaciones a la Declaración de la Utilidad Pública, en concreto.
Fundamentos de Derecho
Primero.-Esta Delegación Provincial es competente para resolver el otorgamiento de la autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y su declaración de utilidad pública en concreto, según lo dispuesto en el artículo 49.1.a) del Estatuto de Autonomía de Andalucía, L. O. 2/2007, de 19 de marzo, en los Decretos del Presidente 10/2008, de 19 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías; Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Innovación , Ciencia y Empresa; Ley 54/1997, de 27 de noviembre del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; así como en la Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de autorización de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.
Segundo.-La autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones eléctricas de alta tensión están reguladas en los artículos 122 y siguientes del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre; y la declaración en concreto de utilidad pública, en los artículos 143 y siguientes del mismo Real Decreto.
Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho expresados más arriba, esta Delegación Provincial, resuelve:
Primero.-Conceder la declaración de utilidad pública en concreto al proyecto de la línea de MT 20/25 kV evacuación P.E. Cortijos Altos a Subestación Fines, en la provincia de Almería. Expte. AT-3374, cuyas características principales son las siguientes: Peticionario: Barloque, S. L.
Domicilio: C/ Claudio Coello, 106, 6º Dcha. (C.P. 28006) Madrid. Finalidad: Evacuación de energía generada por el parque eólico «Cortijos Altos». Origen: Celda de línea en centro de seccionamiento del Parque Eólico. Final: Barras de 25 kV de la subestación Fines. Longitud total (km): Subterránea: 0,067/Aérea: 2,489. Términos municipales afectados: Olula del Río, Fines. Tipo: Aérea-Subterranea. Tensión: 25 kV. Conductores: Subterránea: 3 (1x95 mm2) Al / Aérea: LA-110 (3x116,2 mm2) Al-Ac Aislamiento: Subterránea RHV 18/30 kV / Aérea: desnudo Procedencia de los materiales: Nacional. Presupuesto: 98.848,92 €.
Segundo.-La Declaración en concreto de la utilidad pública de la instalación eléctrica, a los efectos de la expropiación forzosa, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por la línea e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Tercero.-Antes de proceder a la puesta en servicio de estas instalaciones se deberá tener en cuenta lo siguiente:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso se soliciten y autoricen, así como con los condicionados emitidos, en su día, por los distintos organismos afectados.
2. El plazo de puesta en marcha será de dos años, contados a partir de la notificación de la presente resolución. 3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Provincial, a efectos del reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta de puesta en servicio.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso de Alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por Ley 4/1999 de 3 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Almería, 25 de julio de 2008.-El Delegado Provincial, Francisco Javier de las Nieves López.
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